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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (05/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 157066 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de febrero de 1998 309 Por prestar servicio de guardianía de carretillas, triciclos y similares sin autorización 60% 310 Por reparación de vehículos en la vía Pública 60% 311 Por no exhibir las tarifas de las playas de estacionamiento por el servicio de parqueo o guardianía en lugar visible 10% Espectáculos (400) Código Descripción de la Infracción % UIT Sanción Acce soria 401 Por no exhibir la capacidad, precios, horarios y puertas de escape en lugares visibles 30% 402 Por montar un espectáculo sin Autorización Municipal 60% 403 Por utilizar boletaje no autorizado por la Municipalidad o sellado en la Oficina correspondiente 60% 404 Por venta de boletaje mayor a la capacidad del Local 50% 405 Por permitir el ingreso de menores de edad a espectáculos para mayores 45% 406 Por permitir el ingreso de personas con signos de ebriedad o drogadicción 20% 407 Por carecer de seguridad médica y de primeros auxilios en el caso de espectáculos 80% Mercados (500) Código Descripción de la Infracción % UIT Sanción Acce soria 501 Por vender artículos deteriorados o en estado de descomposición 15% 502 Por no tener el puesto en buen estado de higiene 10% 503 Por acumular basura en el puesto y/o en el interior del mercado. 10% 504 Por no pintar ni numerar su puesto. 10% 505 Por obstruir los pasadizos con mercaderías, mesas, sillas etc. 10% 506 Por ocupar mayor área de la que le corresponde sin Autorización Municipal 10% Sanidad (600) Código Descripción de la Infracción % UIT Sanción Accesoria 601 Por criar animales no domésticos y/o aves 10% de corral en casas habitación 602 Por vender animales de consumo que hayan muerto por enfermedad 30% Decomiso 603 Por vender productos de consumo no higiénicos o en mal estado 10% 604 Por exponer los alimentos a la contaminación al momento de transportarlos o almacenarlos. 20% 605 Por volver a usar envases desechables en el expendio de los alimentos 10% 606 Por mantener la vajilla y utensilios de cocina en mal estado de conservación o higiene. 20% 607 Por tener los pisos y techos sucios o en mal estado. 20% 608 Por no desinfectar, fumigar y/o desratizar los locales comerciales e industriales 20% 609 Por no tener limpios los tanques cisternas de :  Locales comerciales. 20%  Edificios 10%  Casa de Habitación. 10% 610 Por carecer de recipientes de desperdicios los locales comerciales que expenden alimentos 30% 611 Por carecer de gorros y uniformes en restaurantes y puestos de comidas. 10% 612 Por expender alimentos al público sin elementos de higiene 10%613 Por tener o vender alimentos en estado de descomposición destinado al consumo humano :  Fábricas 120% Decomiso  Restaurante 60% Decomiso  Mercados 20% Decomiso  Vendedores en Vía Pública 20% Decomiso 614 Por expender alimentos que contengan productos tóxicos químicos o combustibles. 40% Decomiso 615 Por utilizar en los comercios de alimentos las sobras para preparar nuevos alimentos. 30% 616 Por usar los servicios higiénicos como depósito de mercadería. 30% Limpieza Pública (700) Código Descripción de la Infracción % UIT Sanción Accesoria 701 Por arrojar basura, desperdicios, desmonte, maleza en terrenos sin construir. 30% 702 Por arrojar animales muertos en la Vía Pública o terrenos sin construir. 30% 703 Por quemar basura en la Vía Pública. 30% 704 Por sacar basura o desperdicios después del camión recolector:  Casa Habitación 5%  Locales Comerciales 10%  Locales Industriales 15% 705 Por arrojar aguas servidas en la vía pública 20% 706 Por dañar o destruir papeleras de propiedad del Municipio. 20% 707 Por usar como letrina la Vía Pública o terrenos sin construir. 10% Obras Privadas (800) Código Descripción de la Infracción Valor 801 Por construir sin licencia Regularización voluntaria 100% del valor de la licencia 802 Por detectarse construcción sin licencia 300% del valor de la licencia 803 Por construcción antirreglamentaria dentro de la propiedad 20% del valor de lo construido 804 Por construcción antirreglamentaria fuera de la propiedad 60% del valor de lo construido 805 Por construir en retiro municipal con material liviano y visible desde el exterior 50% del valor de lo construido 806 Por techar el carport sin autorización, con material liviano 10% del valor de lo construido 807 Por techar el car-port sin autorización, con material liviano 20% del valor de lo construido 808 Por cambio de uso del área techada:  Por los primeros 100 m2 1.5% UIT por m2  Por el exceso de 100 m2 1.0% UIT por m2 809 Por no exhibir cartón de licencia 10% UIT 810 Por no revestir o tarrajear el lado lateral y posterior de su propiedad:  A partir del 2do. piso, no visible 10% del valor de revestimiento  A partir del 2do. piso, visible 20% del valor de revestimiento 811 Por provocar daños en las instalaciones sanitarias que afecten a otros predios o a la vía pública. 45% UIT 812 Por corte de fluido eléctrico y/o desagüe por personas ajenas. 30% UIT 813 Por construir habitaciones precarias en las azoteas de inmuebles sin Licencia. 90% UIT 814 Por aperturar puertas y ventanas sin Autorización. 50% UIT 815 Por desacato a concurrencia a las citaciones que se formule 15% UIT 816 Por tener aleros antirreglamentarios 2% del cuadro de valores sumando las columnas 2 y 5. En una tasación de oficio será: (2=D) y (5=F). 817 Por construir muros calados o instalar cerco de rejas 10% de la obra 818 Por construir muros macizos 20% de la obra