Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 1998 (07/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 7 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

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Declaran inadmisible impugnacion contra la R.J. Nº 161-97-AGN-J interpuesta por la Asociacion de Pensionistas del Archivo General de la Nacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-98-JUS MORDAZA, 3 de febrero de 1998 Visto el recurso de apelacion interpuesto por la Asociacion de Pensionistas del Archivo General de la Nacion, contra la Resolucion Jefatural Nº 161-97-AGN-J, de fecha 15 de octubre de 1997; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Jefatural Nº 161-97-AGN-J, de fecha 15 de octubre de 1997, notificada el 29 de dicho mes y ano, se declaro improcedente el pago de subvencion con cargo a ingresos propios solicitada por la Asociacion de Pensionistas del Archivo General de la Nacion; Que contra la citada Resolucion, la asociacion recurrente interpone recurso de apelacion, argumentando que sus miembros integrantes gozan de pension renovable y por consiguiente, tienen derecho a todas las remuneraciones adicionales que con el nombre de subvenciones se vienen otorgando a los servidores en actividad; Que de la revision de los actuados se observa que la Asociacion de Pensionistas del Archivo General de la Nacion interpuso el recurso de apelacion el 21 de noviembre de 1997, resultando extemporaneo porque se formulo cuando la apelada se encontraba consentida al no impugnarse dentro del termino legal de 15 (quince) dias como lo dispone el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 010-98-JUS/OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0294-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar inadmisible por extemporaneo, el recurso de apelacion interpuesto por la Asociacion de Pensionistas del Archivo General de la Nacion, contra la Resolucion Jefatural Nº 161-97-AGN-J, de fecha 15 de octubre de 1997. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Archivo General de la Nacion y a la interesada, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 1374

bienes que efectuara la empresa Petroleos del Peru S.A. PETROPERU S.A.-, a favor de diversas instituciones, de conformidad con los Acuerdos de Directorio Nºs. D/028 y D/ 099-97; Que, la Asociacion MORDAZA de Convivencia "Juan MORDAZA II", es una de las entidades beneficiadas con la referida donacion, la cual no pertenece al Sector Publico, por lo que es necesario modificar el Articulo 2º de la precitada Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 152-97-EM, por el siguiente texto: "Articulo 2º.- La aceptacion de la donacion de bienes a que se refiere el Articulo 1º, para las entidades del Sector Publico sera aprobada mediante Resolucion Ministerial del Sector al cual pertenece la entidad beneficiaria de la donacion. En el caso de la Asociacion MORDAZA de Convivencia "Juan MORDAZA II", la donacion debera ser aceptada por su MORDAZA organo directivo." Articulo 2º.- La Asociacion MORDAZA de Convivencia "Juan MORDAZA II" comunicara de la aceptacion de la donacion a PETROPERU S.A. en un plazo de 30 dias a partir de la fecha de publicacion de la presente norma. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Energia y Minas y de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 1462

Imponen servidumbres de acueducto a favor de empresa de generacion electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 030-98-EM/VME MORDAZA, 19 de enero de 1998 Visto, el Expediente Nº 12060797, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1160042 y 1164219, presentado por Empresa de Generacion Electrica del Sur S.A. - EGESUR, solicitando la imposicion de servidumbre de acueducto para el MORDAZA Vilacota - Ancoaque, ubicado en el distrito de Susapaya, provincia de Tarata, departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, EGESUR, empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito a la Resolucion Suprema Nº 092-95-EM de fecha 27 de noviembre de 1995 y Resolucion Suprema Nº 004-96-EM de fecha 25 de enero de 1996, ha solicitado la Imposicion de servidumbre de acueducto, sobre los predios que corresponde cruzar al MORDAZA Vilacota Ancoaque; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, al no existir propietario afectado por la imposicion de servidumbre, ya que el terreno en el que se encuentra ubicado el MORDAZA, es de propiedad del Estado, no se procedio a fijar indemnizacion alguna por el establecimiento de la presente servidumbre; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 001-98-EM/DGE;

ENERGIA Y MINAS
Modifican la R.S. Nº 152-97-EM, mediante la cual se autorizo donacion de bienes efectuada por PETROPERU
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-98-EM MORDAZA, 6 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 152-97-EM, de fecha 16 de diciembre de 1997, se autorizo la donacion de

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