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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (07/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

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Pág. 157129 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de febrero de 1998 mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la Empresa de Transportes VULKANO S.A. la Concesión de Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta Resolución, en la ruta: Trujillo-Piura y viceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :TRUJILLO-PIURA y viceversa ORIGEN :TRUJILLO REGION: LA LIBERTAD DESTINO :PIURA REGION: GRAU ITINERARIO :DIRECTO FRECUENCIAS :Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR :Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Un (1) ómnibus: UO-9574 (1994) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UO-9578 (1994) HORARIOS :Salida de Trujillo :08.00 horas Salida de Piura :20.00 horas La tarjeta de circulación será expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposi- ciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC. En caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado Regla- mento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General Dirección General de Circulación Terrestre 1400 AGRICULTURA Declaran nula resolución y título de propiedad de terreno ubicado en la provincia de Camaná, departamento de Arequipa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0044-98-AG Lima, 2 de febrero de 1998 VISTA: La solicitud de nulidad presentada por don Moisés Medardo Lizardo Yáñez Febres contra la Resolución Direc- toral Nº 188-94-MGA-DRAA-OAL, de 21 de junio de 1994, expedida por la Dirección Regional Agraria de la Región Arequipa. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 188-94-MGA-DRAA- OAL, la Dirección Regional Agraria de la Región Arequipa incorporó al dominio del Estado la extensión de 2.33 ha. de terrenos eriazos del predio "Mal Paso", ubicado en el distritoha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Conce- sión objeto de la solicitud de concesión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión, y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013- 93-TCC, Nº 006-94-TCC y Nº 007-97-MTC; Con la opinión favorable del Viceministro de Comuni- caciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa YOMEL PERU S.A., la concesión para la explotación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende la ciudad de Jaén, de la provincia de Jaén, del departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a cele- brarse con la empresa YOMEL PERU S.A., para la presta- ción del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) Cláusulas, dos (2) Dispo- siciones Transitorias y dos (2) Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Con- cesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará cancelada automáticamente, sin necesidad de acto administrativo expreso, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo de sesenta (60) días, compu- tados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1382 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL Nº 179-98-MTC/15.18 Lima, 26 de enero de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 970258 organi- zado por la Empresa de Transportes VULKANO S.A., sobre Concesión de Ruta: Trujillo-Piura y viceversa e Informe Nº 044-98-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presen- tar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del Regla- mento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 088-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 059-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-