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Pág. 157395 NORMAS LEGALES Lima, lunes 16 de febrero de 1998 "El Martos" y "El Alvarillo", ubicados en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; por cuanto la Constitución Política no contempla la afectación ni expropiación de predios rústicos con fines de reforma agraria; devolviéndose los actuados a la Dirección Regional Agraria de la Región La Libertad para su archiva- miento. Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 1690 M T C Precisan alcances de resolución que otorgó a empresa renovación de per- miso de operación de servicio de trans- porte aéreo internacional RESOLUCION MINISTERIAL Nº 072-98-MTC/15.16 Lima, 13 de febrero de 1998 Visto el Recurso de Reconsideración presentado por la Compañía VARIG S.A. (VIACAO AEREA RIO GRANDE- SE) contra la Resolución Ministerial Nº 639-97-MTC/15.16. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 639-97-MTC/ 15.16 del 10 de diciembre de 1997, se otorgó a VARIG S.A. (VIACAO AEREA RIO GRANDESE), de conformidad al "Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Perú y los Esta- dos Unidos del Brasil" y la "VIII Reunión de Autoridades Aeronáuticas del Perú y Brasil", la Renovación con Modifi- cación de su Permiso de Operación de Servicio de Transpor- te Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo por el plazo de tres (3) años; Que, VARIG S.A. (VIACAO AEREA RIO GRANDESE) en la impugnación interpuesta, solicita se precise que se le concede cinco (5) frecuencias con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire, de las cuales podrán operar tres (3) frecuencias con derechos de tráfico de Quinta Libertad del Aire más allá y tres (3) frecuencias con dere- chos de tráfico de Quinta Libertad del Aire intermedias; Que, la impugnación se presenta dentro del plazo legal correspondiente y adjuntándose nueva prueba instrumen- tal tal como lo requiere el Artículo 98º del D.S. Nº 02-94-JUS - Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que, visto los términos del "Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Perú y los Estados Unidos del Brasil" y el Acta de la "VIII Reunión de Consulta entre Autoridades Aero- náuticas del Perú y Brasil", la Dirección General de Trans- porte Aéreo opina que se precise lo concedido a la empresa VARIG S.A. (VIACAO AEREA RIO GRANDESE), por lo que es necesario dictar el acto administrativo correspon- diente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 98º del D.S. Nº 02- 94-JUS - Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legis- lativo Nº 670, Ley Nº 25862 y Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar FUNDADO el Recurso de Recon- sideración interpuesto por VARIG S.A. (VIACAO AEREA RIO GRANDESE) contra la Resolución Ministerial Nº 639- 97-MTC/15.16, en consecuencia, precísase los siguientes términos del Artículo 1º de dicha Resolución en el sentido siguiente: RUTAS Y FRECUENCIAS: RIO DE JANEIRO - SAO PAULO - LIMA y vv., hasta cinco (5) frecuencias semanales, con derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire. LIMA - LOS ANGELES - TOKIO y vv., hasta tres (3) frecuencias semanales, con derechos de tráfico de Quinta Libertad del Aire.LIMA - SANTA CRUZ DE LA SIERRA y vv., hasta tres (3) frecuencias semanales, con derechos de tráfico de Quin- ta Libertad del Aire. Las frecuencias están referidas en aeronaves de fusela- je angosto. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Ministerial Nº 639-97-MTC/15.16 del 10 de diciembre de 1997 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1676 JUSTICIA Autorizan la realización de fórum "Análisis de la Nueva Ley General de Sociedades", a llevarse a cabo en Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-98-JUS Lima, 13 de febrero de 1998 Visto el Oficio Nº 014-98-JUS/DNAJ de fecha 6 de enero de 1998 de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que es función del Ministerio de Justicia sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión, así como ejecutar o coordinar su edición oficial; Que habiéndose publicado con fecha 9 de diciembre de 1997 la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades, norma que contiene una serie de innovaciones respecto a la legis- lación anterior sobre la materia, se ha programado la realización de un fórum que permita analizar dicha ley, así como sus alcances y repercusión en la economía nacional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Artículo 2º e inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos la realización del Fórum denominado "ANALISIS DE LA NUEVA LEY GENERAL DE SOCIE- DADES", a llevarse a cabo del 18 al 20 de febrero de 1998 en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración y la Oficina de Imagen Institucional brindarán a la Dirección Nacional organizadora del citado certamen, la colaboración necesaria para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 1674 PESQUERIA Otorgan licencia de operación a em- presa para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidro- biológicos RESOLUCION DIRECTORAL Nº 013-98-PE/DNPP Lima, 13 de febrero de 1998