Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 1998 (16/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 16 de febrero de 1998
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de modificacion de la Resolucion Ministerial Nº 102-93-PE para acceder a los recursos bacalao de profundidad o mero y congrio y asimismo la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA MORDAZA en la extraccion de los citados recursos con destino al consumo humano directo, presentada por CASAMAR S.A., por la razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de las Regiones Grau, Nor Oriental del Maranon, La MORDAZA, Chavin, Los Libertadores - Wari, MORDAZA y Moquegua-Tacna-Puno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Director Nacional de Extraccion 1706

MORDAZA en Valores para administrar Fondos Mutuos de Inversion en Valores. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion de CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversion en Valores en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- El reglamento interno de CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversion en Valores y el modelo de contrato a suscribir con los participes forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion al senor MORDAZA MORDAZA Hoces, representante de los organizadores de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA FUN Vicepresidente REGLAMENTO INTERNO CARACTERISTICAS GENERALES

CONASEV
Autorizan el funcionamiento de Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores
RESOLUCION CONASEV Nº 046-98-EF/94.10 MORDAZA, 10 de febrero de 1998 VISTOS: El Expediente Nº 97/01241 presentado por MORDAZA MORDAZA Hoces, representante de los organizadores de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores, asi como el Informe Nº 026-98-EF/ 94.40 de fecha 5 de febrero de 1998 de la Gerencia del MORDAZA de Valores, con la opinion favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2112-97-EF/94.11 de fecha 9 de MORDAZA de 1997 esta Comision Nacional autorizo la organizacion de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores; Que, mediante escrito de fecha 26 de noviembre de 1997 el senor MORDAZA MORDAZA Hoces, representante de los organizadores de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores solicito a esta Comision Nacional la autorizacion de funcionamiento de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores para administrar Fondos Mutuos de Inversion en Valores, asi como la inscripcion del fondo denominado CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversion en Valores; Que, de conformidad con la documentacion presentada, CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversion en Valores cumplen, respectivamente, con los requisitos establecidos en los Capitulos II y III del Titulo II del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 078-97-EF/94.10 y en el Titulo IX de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861; y, Estando a lo dispuesto en el literal l) del Articulo 11º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobada por Decreto Ley Nº 26126, en los Articulos 241º y 259º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, y en los Articulos 9º y 15º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 078-97EF/94.10, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional reunido en sesion de fecha 9 de febrero de 1998; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inver-

Articulo 1º.- La Administradora "CORIL Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores S.A.", en adelante CORIL SAFMI, es una sociedad anonima, constituida por Escritura Publica de fecha 17 de noviembre de 1997 otorgada ante Notario Publico de MORDAZA, MORDAZA E. MORDAZA Sussoni, encontrandose inscrita en la Ficha Nº ________ del Registro Mercantil de MORDAZA, autorizada por Resolucion CONASEV Nº _______________. Articulo 2º.- Objeto de la Administradora CORIL SAFMI tiene como unico objetivo la administracion de Fondos Mutuos de Inversion en Valores, con sujecion a lo dispuesto en el Titulo IX del Decreto Legislativo Nº 861 "Ley del MORDAZA de Valores", a las normas contenidas en el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras (Resolucion CONASEV Nº 078-97-EF/94.10), en adelante el Reglamento. Articulo 3º.- El Fondo Mutuo CORIL SAFMI ha constituido un Fondo Mutuo de Inversion en Valores de Capital Abierto, de modalidad Renta Fija, denominado "CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversion en Valores" o "CORILFONDO RF USD - FMIV"; en adelante denominado EL FONDO, cuyo plazo de duracion es indefinido. EL FONDO ha sido inscrito en el Registro Publico del MORDAZA de Valores por Resolucion CONASEV Nº______EF/94.10.0. El FONDO se regira por las disposiciones del presente Reglamento Interno y por las disposiciones establecidas en las normas legales vigentes. POLITICA DE INVERSIONES Articulo 4º.- Objetivo de Inversion del Fondo EL FONDO tiene como objetivo ofrecer una alternativa de inversion en instrumentos de renta fija, buscando un mayor rendimiento. Las inversiones se realizaran de acuerdo a lo establecido por la Ley, el Reglamento y los criterios de diversificacion establecidos en los siguientes articulos. Articulo 5º.- Estrategia de Inversion CORIL SAFMI se cenira a los siguientes lineamientos para la toma de decisiones sobre la inversion de los recursos captados de las cuotas de los participes de EL FONDO. Articulo 6º.- MORDAZA de Emisores Los recursos del FONDO se invertiran en titulos emitidos por emisores nacionales y/o extranjeros. En caso de los emisores extranjeros, estos deberan contar con la aprobacion de CONASEV Articulo 7º.- Diversificacion por Criterios La inversion debe efectuarse con un criterio de diversificacion de modo que: · Debera mantenerse por lo menos el cincuenta por ciento (50%) en valores negociados en mecanismos centralizados, o en depositos emitidos o garantizados por el Estado o por entidades financieras constituidas en el pais; · No se posea mas del quince por ciento (15%) de las obligaciones en circulacion emitidas o garantizadas por una misma entidad; · No se invierta mas del quince por ciento (15%) del activo total del FONDO en valores emitidos o garantizados por una misma entidad, ni mas del veinticinco por ciento (25%) de dichos activos en valores emitidos o garantizados por un mismo grupo economico;

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