Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 1998 (16/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 16 de febrero de 1998

NORMAS LEGALES

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el presente Reglamento Interno. Sin embargo, CORIL SAFMI podra considerar el reparto de beneficios a los participes en caso decida no reinvertirlas, para tal efecto realizara los cambios necesarios de acuerdo a lo establecido en el Articulo 51º del presente Reglamento Interno. COMISIONES Y GASTOS Articulo 27º.- Comisiones Las comisiones a favor de CORIL SAFMI seran las siguientes: · Suscripcion: Hasta 0.5% del monto suscrito, esta comision sera cargada al participe. · Administracion: Hasta 2.0% anual, calculado sobre el Patrimonio Neto del FONDO. Esta comision se devengara con una frecuencia diaria a partir de la fecha de inicio de la etapa operativa del FONDO. La cobranza se realizara mensualmente. · Rescate: Hasta 0.5% del monto rescatado. Esta comision sera aplicada solo si el rescate se produce MORDAZA de 30 dias calendario desde la suscripcion de la cuota. Estos tres tipos de comisiones estan gravadas con el Impuesto General a las Ventas. Cualquier otro tributo que grave las comisiones tambien se adicionaran sobre las comisiones. Articulo 28º.- Gastos Los gastos asumidos por el FONDO seran los siguientes. · Intermediacion: El FONDO asumira gastos por intermediacion hasta por 0.5% del monto negociado. En este porcentaje se incluyen la comision de la Sociedad Agente de Bolsa, Conasev, CAVALI, Bolsa de Valores de MORDAZA y los impuestos. · Auditoria: El FONDO asumira los honorarios de la empresa auditora, reembolso que no superara el limite de Quince Mil Dolares Americanos (US$ 15 000,00) por ano. · Comite de Vigilancia: El FONDO asumira los gastos por los honorarios de los miembros del Comite de Vigilancia, reembolso que no superara el limite de Doce Mil Dolares Americanos (US$ 12 000,00) por ano. · Clasificacion de Riesgo: El FONDO asumira los gastos por concepto de clasificacion de riesgo, reembolso que no superara el limite de Diez Mil Dolares Americanos (US$ 10 000,00) por ano. Los limites fijados en este articulo incluye los impuestos correspondientes. INFORMACION A LOS PARTICIPES Articulo 29º.- Valor de la Cuota CORIL SAFMI se compromete a publicar diariamente la valorizacion de las cuotas de participacion del FONDO, al dia habil siguiente a la fecha del cierre contable, en un lugar visible de sus instalaciones Articulo 30º.- Cartera de Inversiones CORIL SAFMI se compromete a publicar mensualmente la cartera de inversiones del FONDO, incluyendo la composicion del resto de sus activos y pasivos, en un diario de circulacion nacional. Articulo 31º.- Estados de Cuenta CORIL SAFMI enviara gratuitamente a todos los participes un estado de cuenta con una frecuencia minima trimestral, conteniendo informacion sobre el FONDO y sus operaciones, la indicacion de la oportunidad en que se encuentre a sus disposicion el informe del Comite de Vigilancia. El formato del estado de cuenta estara de acuerdo con lo dispuesto por el inciso a) del numeral 2 del Articulo 94º del Reglamento. SUSCRIPCION, RESCATE, TRANSFERENCIA Y RENDENCION Articulo 32º.- Participes La calidad de Participe se adquiere mediante cualquiera de los siguientes actos, junto con la suscripcion del contrato: · Suscripcion de cuotas: En el momento en que CORIL SAFMI recibe el aporte del participe mediante deposito en el banco senalado por esta al contado, en dinero en efectivo, en cheque de gerencia o en cheque certificado. Si el deposito se efectua con un cheque comun, la suscripcion se tomara en cuenta cuando el importe sea percibido efectivamente por CORIL SAFMI. · Transferencia: La cual se efectuara, mediante la firma de la Solicitud de Traspaso ante CORIL SAFMI o ante el

representante de un agente de intermediacion. Por el hecho de suscribir el traspaso, el cesionario acepta todas las normas que rigen el FONDO. · Sucesion: Por causa de muerte u otras formas permitidas por las leyes. CORIL SAFMI entregara a cada MORDAZA participe el Prospecto de Colocacion, el Reglamento Interno, y una MORDAZA del Contrato suscrito. Articulo 33º.- Certificados de Participacion Las cuotas de participacion seran representadas por Certificados de Participacion, los que podran adoptar las siguientes formas: Titulos fisicos, Registros o anotaciones en cuenta, en este ultimo caso de acuerdo a las normas que dicte CONASEV. Los Certificados de Participacion podran quedar en custodia en las oficinas de CORIL SAFMI o de la entidad con quien se MORDAZA contratado para tal efecto, servicio que no tendra costo alguno. Si un participe solicita que se le entregue el Certificado, se emitira en un plazo de tres (3) dias habiles, sin costo alguno. Articulo 34º.- Etapa Preoperativa Los aportes que efectuen los Participes en la etapa preoperativa del FONDO, seran depositadas en el Banco del Progreso, bajo la modalidad de libreta de ahorros en moneda extranjera, sujeta a la tasa de interes que pague este banco. La suscripcion en esta etapa se realizara de acuerdo al valor nominal de las cuotas mas el interes devengado desde la fecha de la primera suscripcion. Articulo 35º.- Etapa Operativa Una vez iniciada la Etapa Operativa del FONDO, la suscripcion se realizara de acuerdo al valor vigente de las cuotas. Si la suscripcion ocurre MORDAZA de la hora de inicio de la MORDAZA de Bolsa, regira el valor de la cuota del dia calendario anterior, y si la suscripcion ocurre despues de dicha hora regira el valor de la cuota del dia. Tambien se podra concertar la suscripcion de cuotas MORDAZA que el valor de las mismas MORDAZA sido determinado, sujetandose la cantidad de cuotas que se suscriba al importe del pago efectuado. Articulo 36º.- Suspension de la suscripcion de cuotas CORIL SAFMI o CONASEV en circunstancias excepcionales tales como las establecidas en el Articulo 1315º del Codigo Civil, entre otras, podra suspender la aceptacion de nuevas suscripciones, de rescate, de distribucion de beneficios. Previamente CORIL SAFMI debera ser autorizada por CONASEV. Articulo 37º.- Transferencia La transferencia de las cuotas de participacion se opera mediante la firma del traspaso, por parte de los intervinientes, ante CORIL SAFMI o el representante de un agente de intermediacion. Al suscribir el traspaso, el cesionario acepta todas las normas que rigen el FONDO. La transferencia no surte efecto contra CORIL SAFMI, mientras no le sea comunicada por escrito; ni contra terceros, en tanto no se les MORDAZA anotado en el Registro de Participes que llevara CORIL SAFMI, la cual inscribira sin tramite alguno las transferencias que le soliciten. CORIL SAFMI entregara la documentacion senalada en el Articulo 32º al cesionario dejando MORDAZA escrita de dicha entrega. Articulo 38º.- Rescate El participe puede solicitar a CORIL SAFMI un rescate parcial o total, en el momento que crea conveniente, desde la fecha que se inicie la etapa operativa, con sujecion a las limitaciones establecidas en el presente Reglamento Interno y el Reglamento. El derecho de rescate se ejercera dando aviso a CORIL SAFMI mediante una Solicitud de Rescate, la cual tendra la fecha y hora de presentacion. El monto minimo a rescatarse es de una (1) cuota. El participe no podra poseer en ningun caso, una participacion inferior a diez (10) cuotas luego de producido el rescate. En caso de rescate significativos, superiores al tres (3) por ciento del Patrimonio Neto del FONDO, los titulares deberan preavisar a CORIL SAFMI, con un plazo no menor de tres (3) dias utiles, MORDAZA de la MORDAZA de la Solicitud de Rescate. En caso que el total de rescates solicitados en un periodo de 10 dias utiles consecutivos, represente el 5% o mas, del promedio de 10 dias consecutivos del valor cierre del Patrimonio Neto del FONDO; el importe de dichos rescates se abonara en un plazo que no excedera de los diez (10) dias habiles de presentada la solicitud. Los participes podran retirar sus aportaciones si el FONDO no entra en la etapa operativa dentro de un plazo de noventa (90) dias de efectuada la suscripcion. La liquidacion se efectuara a cabo en el plazo de tres (3) dias habiles de haber sido solicitada..

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