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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (21/02/1998)

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Pág. 157604 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de febrero de 1998 De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 773, la 4ta. Disposición Final del Decreto Legis- lativo Nº 776, y de la Ley Nº 23853, Orgánica de Munici- palidades, con cargo a dar cuenta, a la Sesión de Concejo; SE DECRETA: Artículo Primero.- Establecer la obligatoriedad, para la generalidad de contribuyentes del distrito de Barranco, de presentar la Declaración Jurada del Impuesto Predial de 1998, desde el día 2 hasta el 28 de febrero de este año. Artículo Segundo.- Precisar que la obligatoriedad a que se refiere el artículo precedente, también alcanza a los pensionistas propietarios de un solo inmueble, que refiere el Art. 19º del Decreto Legislativo Nº 776. Artículo Tercero.- Establecer el monto mínimo a pagar por Impuesto Predial para el presente año, en la suma de S/. 14.40 (CATORCE Y 40/100 NUEVOS SO- LES). Artículo Cuarto.- Establecer el costo de los formula- rios de Declaración Jurada del Impuesto Predial 1998, en S/. 10.50 (Diez y 50/100 Nuevos Soles) el juego (2H y 2PU), más una hoja adicional de Cuadro Valores de Construc- ción y Tabla de Depreciación, y en S/. 5.20 (Cinco y 20/100 Nuevos Soles), por cada hoja adicional. Artículo Quinto.- Los contribuyentes obligados que no cumplan con presentar la Declaración Jurada del Impuesto Predial, estarán afectos a la multa tributaria correspondiente. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO SILVA CHECA Alcalde 1986 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan plazo de amnistía tributaria otorgada a contribuyentes del distrito mediante Ordenanza Nº 010-97-MDCH ORDENANZA Nº 003-98-MDCH Chorrillos, 16 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordina- ria del 13 de febrero de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 002-98-MDCH esta entidad edilicia concedió una prórroga de la Amnistía Tributaria hasta el 16 de febrero del presente año con el objeto de otorgar facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias pendientes; Que, en atención a las múltiples solicitudes de los contribuyentes del distrito, es necesario prorrogar la Amnistía Tributaria hasta el 2 de marzo de 1998 preci- sando que corresponde a todos los contribuyentes que no hubieran cumplido con sus obligaciones formales y sus- tanciales de los años anteriores hasta el 31 de diciembre de 1997; Estando a lo expuesto, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores, en uso de las facultades conferidas al Con- cejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 enconcordancia con el Artículo 41º del Código Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR LA AMNISTIA TRIBUTARIA dispuesta mediante Ordenanza Nº 010-97- MDCH en la Jurisdicción del distrito de Chorrillos hasta el 2 de marzo de 1998 para todos los contribuyentes que no hubieran cumplido con sus obligaciones formales o sus- tanciales por años anteriores hasta el 31 de diciembre de 1997, respecto a los tributos y/o tasas municipales si- guientes: - Impuesto Predial - Impuesto a los Terrenos sin construir - Impuesto de Alcabala - Tasa de Licencia de Funcionamiento - Licencia de Anuncios y Publicidad - Licencia Especial y a la Venta de Bebidas Alcohólicas - Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario y Parques y Jardines - Arbitrios de Serenazgo - Licencia de Construcción - Renovación de Licencia de Funcionamiento Artículo Segundo.- La Oficina de Rentas y la Jefatu- ra de Administración quedan encargadas de efectuar las acciones complementarias destinadas a dar cumplimien- to a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Publíquese en el Diario Ofi- cial El Peruano el contenido del presente dispositivo para conocimiento general y cumplimiento de los contribuyentes que se encuentran en calidad de omi- sos y/o morosos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. PABLO GUTIERREZ WESELBY Alcalde 1923 Declaran procedente impugnación interpuesta contra la R.A. Nº 5178-97- MDCH RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 745-98/MDCH Chorrillos, 11 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE CHORRILLOS VISTO: el recurso de reconsideración interpuesto con el Expediente Nº 1491, por el Dr. Miguel Yépez Sánchez, contra la Resolución de Alcaldía Nº 5178-97-MDCH; y, CONSIDERANDO: Que el recurrente sustenta su recurso en nueva prue- ba instrumental; Que se ha verificado el error material en que incurre la Resolución de Alcaldía Nº 5178-97-MDCH, al imputar al recurrente el cargo a que se contrae el numeral 1.34, referido a la negociación colectiva de 1995; En uso de la prerrogativa conferida por el Art. 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administra-