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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (21/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 157593 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de febrero de 1998 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conceder a la doctora Flora Ade- laida Bolívar Arteaga, Fiscal Suprema de la Fiscalía Suprema de Control Interno autorización para que viaje en comisión de servicios al Distrito Judicial de Arequipa, del 20 al 22 de febrero de 1998. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de la Fis- calía Suprema de Control Interno al doctor Pedro Miguel Angulo Arana; Fiscal Superior a la referida Fiscalía, por el término que dure la licencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 1979 S B S Autorizan a empresa bancaria la aper- tura de oficina especial en el distrito de San Sebastián, provincia del Cusco RESOLUCION SBS Nº 187-98 Lima, 11 de febrero de 1998 LA SUPERINTENDENTA ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Bancosur requi- riendo, en vía de regularización, la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una oficina especial en el Aeropuerto "Teniente FAP Alejandro Velasco Aste- te" ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco; y, CONSIDERANDO: Que la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" me- diante Informe Nº ASIF"C"-020-OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financie- ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar, en vía de regularización, al Banco Bancosur la apertura de una oficina especial en el Aeropuerto "Teniente FAP Alejandro Velasco Astete" ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y depar- tamento del Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 1920Fijan tasa anual de contribución a la SBS a cargo de empresas del sistema financiero, seguros de vida y almace- nes generales de depósito RESOLUCION SBS Nº 211-98 Lima, 19 de febrero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el Artículo 373º de la Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de la Superintendencia es aprobado por el Superintendente de Banca y Seguros, quien tiene a su cargo la administración, ejecución y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelan- tadas a cargo de las empresas supervisadas; Que, los numerales "1, 3 y 4" del Artículo 374º de la referida Ley dispone que tratándose de empresas del Sistema Financiero, empresas de Seguros de Vida, y de otras instituciones sujetas a su control, las contribuciones no deben exceder de un quinto del uno por ciento en proporción al promedio trimestral de sus activos, que previamente determine esta Superintendencia. Que, dentro de la clasificación de otras instituciones sujetas al control de esta Superintendencia, se encuen- tran comprendidos los Almacenes Generales de Depósito; En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 87º de la Constitución Política del Estado y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar a las empresas del Siste- ma Financiero, Empresas de Seguros de Vida y Almace- nes Generales de Depósito una tasa anual de contribu- ción en un diecisieteavo del uno por ciento (1/17% del 1%) para el año 1998, que se aplicará sobre el promedio trimestral del activo y créditos contingentes en el caso de empresas del Sistema Financiero, y empresas de Segu- ros de Vida; y sobre el promedio trimestral del activo y almacenaje financiero en caso de los Almacenes Genera- les de Depósito. El importe de la contribución trimestral para cada una de ellas será ajustado de acuerdo con el compor- tamiento que observen las bases de los cálculos establecidos por esta Superintendencia, y que regis- tren cada una de las instituciones materia de la presente resolución, durante el trimestre anterior al período de pago. Artículo Segundo.- Las contribuciones que corres- pondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero, serán abonados por las empresas del Sistema Financiero dentro de los diez (10) días siguientes de la publicación de la presente resolución y/o al requeri- miento que trimestralmente en su oportunidad determi- ne este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribución fijada, ésta devengará intereses, por el período de atraso, aplicándose la tasa de interés activa promedio en moneda nacional (TAMN), que publica esta Superintendencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Superintenden- cia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente reso- lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 1978