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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (28/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 157752 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de febrero de 1998 efectuada por el Jefe del Area de Gobernación, señor José Alcázar La Rosa; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos luego de evaluado el presente caso, y teniendo en cuenta el apercibimiento señalado en el numeral 2) de la Resolución Directoral Nº 005-98-OP-DMA-MML de fecha 9 de enero del presente, es de opinión en recomendar a la autoridad la apertura de Proceso Administrativo Discipli- nario a don MIGUEL MAYTA MORENO por supuesta falta disciplinaria contemplada en los incisos a) y c) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo opinado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrati- vo Disciplinario al trabajador obrero MIGUEL MAYTA MORENO en base a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Poner a disposición de Personal a don MIGUEL MAYTA MORENO, trabajador obrero del Area de Gobernación. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 2212 MUNICIPALIDAD DE ATE Amplían plazo para que propietarios de bienes inmuebles cumplan con pre- sentar Declaraciones Juradas del Im- puesto Predial y de ocupantes DECRETO DE ALCALDIA Nº 006 Ate, 25 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Visto el Informe Nº 094-98-OATR presentado por la Oficina de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son autónomos en materia administrativa, política y económica, y son competentes para administrar sus bienes y rentas de conformidad con la Constitución Política del Perú; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 denominado Ley de Tributación Municipal, establece en su Artículo 14º que los contribuyentes del tributo denominado Impuesto Pre- dial están obligados a presentar Declaración Jurada anual- mente, el último día hábil del mes de febrero; Que, resultando necesaria la presentación por parte de nuestros contribuyentes de una Declaración Jurada con carácter de masiva y de una Declaración de Ocupan- tes para poder actualizar nuestra información de natura- leza tributaria, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 01-98 mediante el cual se establecía como fecha máxima de presentación de estas Declaraciones Juradas el día 27 de febrero de 1998; Que, el Artículo 14º inciso a) del Decreto Legislati- vo Nº 776 faculta a las Municipalidades a prorrogar la fecha máxima de presentación de la Declaración Ju- rada;Que, es política de la presente administración municipal brindar las mayores facilidades para que todos sus contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones económicas con la Municipalidad, por lo que se ha estimado pertinente ampliar el plazo de presentación de la Declaración Jurada predial masi- va 1998 y de la declaración jurada de ocupantes, así como el pago del impuesto hasta el 31 de marzo de 1998, ampliación que corresponde ser aprobada me- diante Decreto de Alcaldía; En uso de las facultades que confiere a la Alcaldía la Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIESE el plazo hasta el 31 de marzo de 1998 para que las personas naturales o jurídicas propietarias de bienes inmuebles ubicados en la jurisdicción distrital de Ate cumplan con presentar sus respectivas Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y de Ocupantes. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración Tributaria y Rentas y a la Oficina de Adminis- tración el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Por tanto mando se registre y cumpla. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 2225 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Sancionan con destitución y cese tem- poral a ex funcionario y servidores de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00151-98-ALC/MDLV La Victoria, 21 de enero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: El Proceso Administrativo Nº 009-97-CEPAD/ MDLV, y demás documentos relacionados por la falta administrativa de carácter disciplinario del ex funciona- rio JOSE MANCHEGO BARRIOS, en su calidad de ex Director Municipal de Gestión Institucional; Proceso aper- turado por haber incurrido en faltas tipificadas en el Art. 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 01547-97- ALC/MDLV, el Alcalde de la Municipalidad de La Victoria instauró Proceso Administrativo Disciplina- rio al ex funcionario JOSE MANCHEGO BARRIOS, ex Director Municipal de Gestión Institucional, imputándosele la presunta comisión de falta por in- cumplimiento de las Normas establecidas en el D. Leg. Nº 276 y su Reglamento, así como por negligen- cia en el desempeño de sus funciones, ambas faltas previstas en el Art. 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, del Informe Nº 006-97-OAI-MDLV aparece que el ex funcionario JOSE MANCHEGO BARRIOS, en forma evidente ha incumplido sus obligaciones, incurriendo en falta de carácter disciplinario, al haber cobrado irregular- mente la suma de S/. 200.00 (doscientos) nuevos soles, a un representante de la Comunidad Cívica del Perú; cobro irregular por una gestión que estaba fuera de sus funcio- nes y atribuciones;