Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 1998 (28/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELLEPIANE MASSA Titular del Pliego del Poder Judicial 2260

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de febrero de 1998

JNE
Declaran que el MORDAZA del Concejo Provincial de Carhuaz debe continuar en el ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 097-98-JNE MORDAZA, 26 de febrero de 1998 VISTOS: El recurso de revision recibido el 18 de diciembre de 1997, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Provincial de Carhuaz, contra el acuerdo de sesion de Concejo y la Resolucion Nº 159-97-MPC, ambos de fecha 10 de diciembre de 1997, que declaran la vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado municipio; alegando que el MORDAZA no puede inasistir a una sesion de Concejo, porque es el unico que puede convocarla y presidirla, habiendose realizado sesiones en forma irregular al no haber sido convocadas por su persona; y, que la sola denuncia penal no es causal de vacancia del cargo; El Oficio Nº 074-98-MPC/TA, recibido el 11 de febrero del ano en curso, remitido por don MORDAZA MORDAZA Apena, Regidor del Concejo Provincial de Carhuaz, comunicando que en sesion de Concejo del 10 de diciembre de 1997 se acordo declarar la vacancia en el cargo de MORDAZA que venia ejerciendo don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por inasistencia injustificada a mas de 3 sesiones de Concejo, uso del vehiculo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la region, ausencia de la localidad sin autorizacion del Concejo utilizando recursos economicos del municipio, acciones irregulares en la ejecucion de obras; CONSIDERANDO: Que, del analisis de autos aparece que el Concejo Provincial de Carhuaz en sesion del 10 de diciembre de 1997, acordo por mayoria declarar la vacancia en el cargo de MORDAZA correspondiente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA por las causales de inasistencia injustificada a mas de 3 sesiones de Concejo, uso del vehiculo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la region, ausencia de la localidad sin autorizacion del Concejo utilizando recursos economicos del municipio y acciones irregulares en la ejecucion de obras; habiendose obtenido la siguiente votacion: 5 votos a favor de la vacancia y 2 se abstuvieron, tal como aparece de fojas 104 a 114; que, la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; que en el caso de autos la mayoria del numero legal de miembros del Concejo Provincial de Carhuaz es de 10 integrantes; requiriendose 6 votos conformes para declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor del citado municipio; razon por la cual se ha incumplido con el presupuesto de procedimiento establecido por el Articulo 27º de la acotada MORDAZA juridica; Que, es competencia del MORDAZA, entre otras, convocar y presidir las sesiones de Concejo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 47º de la Ley Organica de Elecciones Nº 23853; que, en caso que el MORDAZA no convoque a sesion de Concejo dentro de los 5 dias siguientes a la peticion, podra realizarla el MORDAZA MORDAZA o cualquier Regidor, previa notificacion escrita al Alcalde; entre la convocatoria y la sesion mediaran 2 dias habiles; de conformidad con lo establecido por el Articulo 39º de la acotada ley; procedimiento que en el caso de autos tampoco se ha seguido;

Que, los hechos que se imputan al MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de hacer uso del vehiculo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la region, acciones irregulares en la ejecucion de obras y tener denuncias penales en su contra por ante el Ministerio Publico; no constituyen causales de vacancia establecidas en la ley, salvo en lo que se refiere el haber sido sentenciado por la comision de delito doloso, o tambien puede constituir causal de suspension del cargo el tener MORDAZA penal en su contra con mandato de detencion que MORDAZA quedado firme; asimismo, no se ha adjuntado prueba que acredite en forma fehaciente que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA se MORDAZA ausentado de la localidad sin autorizacion del Concejo utilizando recursos economicos del municipio; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Carhuaz, en consecuencia, NULOS el acuerdo de sesion de Concejo y la Resolucion Nº 159-97-MPC, ambos de fecha 10 de diciembre de 1997, que declaran la vacancia de su cargo de MORDAZA en el citado municipio; dejandose a salvo el derecho del regidor recurrente para acudir ante las autoridades competentes respecto a la comunicacion de presuntas irregularidades cometidas por don MORDAZA MORDAZA Leiva. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe continuar en el ejercicio de su cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Carhuaz, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2215

Llaman a candidato proclamado para que asuma provisionalmente cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura
RESOLUCION Nº 098-98-JNE MORDAZA, 26 de febrero de 1998 VISTOS: La solicitud recibida el dia 27 de enero del ano en curso, remitida por don MORDAZA MORDAZA Santome MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Liberatto y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidores del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, comunicando que por Acuerdo de Concejo Nº 01-98 del dia 17 de enero del presente ano, han declarado la suspension en el cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en causal prevista por el numeral 3) del Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, solicitan confirmar la suspension del MORDAZA del Concejo Distrital de Hualmay e indicar que la referida suspension sera hasta la culminacion del MORDAZA penal que se sigue en su contra; Las comunicaciones recibidas el 3 y 17 de febrero del ano en curso, remitidas por don MORDAZA Santome MORDAZA, Regidor del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, solicitando se ratifique la suspension en el cargo de MORDAZA correspondiente de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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