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Pág. 157740 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de febrero de 1998 Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE DELLEPIANE MASSA Titular del Pliego del Poder Judicial 2260 J N E Declaran que el Alcalde del Concejo Provincial de Carhuaz debe continuar en el ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 097-98-JNE Lima, 26 de febrero de 1998 VISTOS: El recurso de revisión recibido el 18 de diciembre de 1997, presentado por don Pastor Toscano Leiva, Alcalde Provincial de Carhuaz, contra el acuerdo de sesión de Concejo y la Resolución Nº 159-97-MPC, ambos de fecha 10 de diciembre de 1997, que declaran la vacancia de su cargo de Alcalde en el citado municipio; alegando que el Alcalde no puede inasistir a una sesión de Concejo, porque es el único que puede convocarla y presidirla, habiéndose realizado sesiones en forma irregular al no haber sido convocadas por su persona; y, que la sola denuncia penal no es causal de vacancia del cargo; El Oficio Nº 074-98-MPC/TA, recibido el 11 de febrero del año en curso, remitido por don Gaspar Villanueva Apeña, Regidor del Concejo Provincial de Carhuaz, comu- nicando que en sesión de Concejo del 10 de diciembre de 1997 se acordó declarar la vacancia en el cargo de Alcalde que venía ejerciendo don Pastor Toscano Leiva, por ina- sistencia injustificada a más de 3 sesiones de Concejo, uso del vehículo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la región, ausencia de la localidad sin autoriza- ción del Concejo utilizando recursos económicos del munici- pio, acciones irregulares en la ejecución de obras; CONSIDERANDO: Que, del análisis de autos aparece que el Concejo Provincial de Carhuaz en sesión del 10 de diciembre de 1997, acordó por mayoría declarar la vacancia en el cargo de Alcalde correspondiente a Pastor Toscano Leiva por las causales de inasistencia injustificada a más de 3 sesiones de Concejo, uso del vehículo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la región, ausencia de la localidad sin autorización del Concejo utilizando recursos económicos del municipio y acciones irregulares en la ejecución de obras; habiéndose obtenido la siguiente vota- ción: 5 votos a favor de la vacancia y 2 se abstuvieron, tal como aparece de fojas 104 a 114; que, la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; que en el caso de autos la mayoría del número legal de miembros del Concejo Pro- vincial de Carhuaz es de 10 integrantes; requiriéndose 6 votos conformes para declaratoria de vacancia del cargo de Alcalde o Regidor del citado municipio; razón por la cual se ha incumplido con el presupuesto de procedimien- to establecido por el Artículo 27º de la acotada norma jurídica; Que, es competencia del Alcalde, entre otras, convocar y presidir las sesiones de Concejo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 23853; que, en caso que el Alcalde no convoque a sesión de Concejo dentro de los 5 días siguientes a la petición, podrá realizarla el Teniente Alcalde o cualquier Regidor, previa notificación escrita al Alcalde; entre la convocatoria y la sesión mediarán 2 días hábiles; de conformidad con lo establecido por el Artículo 39º de la acotada ley; procedimiento que en el caso de autos tampoco se ha seguido;Que, los hechos que se imputan al Alcalde don Pastor Toscano Leiva de hacer uso del vehículo oficial para realizar viajes no autorizados fuera de la región, acciones irregulares en la ejecución de obras y tener denuncias penales en su contra por ante el Ministerio Público; no constituyen causales de vacancia estable- cidas en la ley, salvo en lo que se refiere el haber sido sentenciado por la comisión de delito doloso, o también puede constituir causal de suspensión del cargo el tener proceso penal en su contra con mandato de detención que haya quedado firme; asimismo, no se ha adjuntado prueba que acredite en forma fehaciente que don Pas- tor Toscano Leiva se haya ausentado de la localidad sin autorización del Concejo utilizando recursos económi- cos del municipio; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revisión interpuesto por don Pastor Toscano Leiva, Alcalde del Concejo Provincial de Carhuaz, en conse- cuencia, NULOS el acuerdo de sesión de Concejo y la Resolución Nº 159-97-MPC, ambos de fecha 10 de di- ciembre de 1997, que declaran la vacancia de su cargo de Alcalde en el citado municipio; dejándose a salvo el derecho del regidor recurrente para acudir ante las autoridades competentes respecto a la comunicación de presuntas irregularidades cometidas por don Pastor Toscano Leiva. Artículo Segundo.- Declarar que don Pastor Tosca- no Leiva debe continuar en el ejercicio de su cargo de Alcalde del Concejo Provincial de Carhuaz, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumpli- miento de la presente resolución, bajo responsabilidad. Regístrese y comuníquese. SS. CHOCANO MARINA; CATACORA GONZALES; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 2215 Llaman a candidato proclamado para que asuma provisionalmente cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Hual- may, provincia de Huaura RESOLUCION Nº 098-98-JNE Lima, 26 de febrero de 1998 VISTOS: La solicitud recibida el día 27 de enero del año en curso, remitida por don Oscar Benilde Santome Benites, don Nicanor Fernández Félix, don Carlos Manuel Delgado Liberatto y don Críspulo Eddie Jara Salazar, Regidores del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, comunicando que por Acuerdo de Concejo Nº 01-98 del día 17 de enero del presente año, han declarado la suspensión en el cargo de Alcalde de don Luis Alberto Romero Loza, por haber incurrido en causal prevista por el numeral 3) del Artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, solicitan confirmar la suspensión del Alcalde del Concejo Distrital de Hualmay e indicar que la referida suspensión será hasta la culminación del proceso penal que se sigue en su contra; Las comunicaciones recibidas el 3 y 17 de febrero del año en curso, remitidas por don Oscar Santome Benites, Regidor del Concejo Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, solicitando se ratifique la suspensión en el cargo de Alcalde correspondiente de don Luis Alberto Romero