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Pág. 157738 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de febrero de 1998 De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013- 93-TCC, Nº 006-94-TCC y Nº 007-97-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SMR DIRECT PERU S.R.LTDA. la concesión para la explotación del Servicio Público de Buscapersonas, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende la provincia de Lima, del departamento de Lima y la Provin- cia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con SMR DIRECT PERU S.R.LTDA., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veintitrés (23) Cláusulas, dos (2) Disposiciones Transitorias y tres (3) Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará cancela- da automáticamente, sin necesidad de acto administrati- vo expreso, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo de sesenta (60) días, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2253 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 091-98-MTC/15.03 Lima, 24 de febrero de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa YOMEL PERU S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público de Distribución de Radio- difusión por Cable en la ciudad de Piura, de la provincia y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicacio- nes aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribucio- nes y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Públicos de Distribución de Radiodifu- sión por Cable, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 203-97-MTC/15.03.UECT y 005-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es proce- dente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa YOMEL PERU S.A.; habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legisla- ción para el otorgamiento de concesión del Servicio de Distribución de Radiodifusión por Cable; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho orga- nismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesión, objeto de la solicitud de concesión presen- tada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicita- da, aprobar el contrato de concesión y autorizar la suscrip- ción del mismo;De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013- 93-TCC, Nº 006-94-TCC y Nº 007-97-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa YOMEL PERU S.A., la concesión para la explotación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que compren- de la ciudad de Piura, de la provincia y departamento de Piura. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa YOMEL PERU S.A., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) Cláusulas, dos (2) Disposiciones Transitorias y dos (2) Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Minis- terial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministe- rial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará cancela- da automáticamente, sin necesidad de acto administrati- vo expreso, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo de sesenta (60) días, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2254 AGRICULTURA Aprueban cuotas máximas de comercialización y precios por dere- cho de extracción de cueros de espe- cies de fauna silvestre para 1998 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0085-98-AG Lima, 26 de febrero de 1998 Visto el Oficio Nº 003-98-INRENA-J-DGANPFS del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRE- NA, referido a la propuesta de cuotas de comercialización de cueros y precios por derecho de extracción de produc- tos de especies de fauna silvestre; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902 se crea el Insti- tuto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organis- mo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultu- ra, con el objetivo de promover el manejo y aprovecha- miento racional e integral de los recursos naturales reno- vables y su entorno ecológico para lograr el desarrollo sostenible a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-97-AG de fecha 3 de diciembre de 1997, se precisó que por Resolu- ción Ministerial de Agricultura, a propuesta del Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, se aprobarán, entre otros, los precios por derecho de extrac- ción de las especies y productos de fauna silvestre al estado natural y los calendarios regionales de caza; Que, el Decreto Supremo Nº 158-77-AG, en su Artícu- lo 34º establece que la comercialización de los despojos