Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 1998 (28/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 28 de febrero de 1998 DECRETA:

NORMAS LEGALES

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de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos a que se refiere el articulo anterior". 2300

Articulo 1º.- Apruebase la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 81 aprobado por Decreto Supremo Nº 039-96-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y MORDAZA Minerals Peru L.L.C., Sucursal Peruana. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con MORDAZA Minerals Peru L.L.C., Sucursal Peruana, la modificacion que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 2294 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 007-98-EM Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 007-98-EM, publicado en nuestra edicion del dia viernes 27 de febrero de 1998, en la pagina Nº 157708 En el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 007-98-EM DICE: "Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos a que se refiere el articulo anterior". DEBE DECIR: "Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con Atlantic Richfield Peru, Inc., Sucursal del Peru, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos a que se refiere el articulo anterior". FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 008-98-EM Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 008-98-EM, publicado en nuestra edicion del dia viernes 27 de febrero de 1998, en la pagina Nº 157709. En el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 008-98-EM DICE: "Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con Atlantic Richfield Peru, Inc., Sucursal del Peru, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos a que se refiere el articulo anterior". DEBE DECIR: "Autorizase a PERUPETRO S.A. a suscribir con Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru, el Contrato

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de representantes en el Grupo de Trabajo MORDAZA de Zarumilla para participar en reunion a realizarse en Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 083-98-RE MORDAZA, 27 de febrero de 1998 Debiendo iniciarse el 1 de marzo de 1998, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, las labores del Grupo de Trabajo peruano-ecuatoriano sobre el MORDAZA de Zarumilla, de conformidad con lo establecido en el Cronograma de Aplicacion de la Declaracion de Brasilia, del 26 de noviembre de 1997; Vista la Resolucion Suprema Nº 49-98-RE, de 6 de febrero de 1998, que designo a los Representantes peruanos a las Comisiones peruano-ecuatorianas establecidas en el Cronograma de Aplicacion de la Declaracion de Brasilia; De conformidad con el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los Articulos 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 03189-EF; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes Representantes peruanos en el Grupo de Trabajo MORDAZA de Zarumilla establecido en el Cronograma de Aplicacion de la Declaracion de Brasilia, del 26 de noviembre de 1997, asi como el de sus Asesores, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Ecuador, a fin de participar en la reunion del mencionado Grupo: 1. Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Coordinador) 2. Capitan de Navio AP MORDAZA Soldi Soldi 3. Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asesores: 1. Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2º.- El viaje de los representantes y los asesores se MORDAZA efectivo del 1 al 7 de marzo de 1998, y los gastos que irrogue por concepto de pasajes US$ 2,124.00, viaticos US$ 8,000.00, tarifa por uso de aeropuerto US$ 125.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 2299

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