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- 1 I.ima, sábado 25 de julio de 1998 Que, el pago oportuno por explotación de un Casino de Juego es una de las principales obligaciones a que se compromete una empresa que ha obtenido una autoriza- ción del MITINCI para explotar un Casino de Juego, asimismo debe considerarse que no hay justificación para que una empresa titular efectúe pagos diferidos pues éstos provienen directamente del ingreso que percibe el casino de las apuestas hechas por el público, por lo tanto, además de los intereses que legítimamente corresponden al Esta- do por la demora en el pago, también corresponde la aplicaci6n de una sanci6n por la apropiación o retención indebida que hace la empresa titular de un casino de un ingreso que Que, sien åor ley corresponde al Estado; o la Comisiún Nacional de Casmos de Juego la autoridad administrativa competente para imponer sancio- nes, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con el Decreto Legislativo W’ 812, el Decreto Ley N” 25836, el Reglamento de Casinos de Juego, aprobado mediante el Decreto Supremo N” Ol-95- ITINCI y los Artículos ‘7”, 8” y 11” del Decreto Supremo N 014-96-ITINCI; así com?,a lo acordado por los miembros cle ygt;;misi6n en su seslon ordinana de fecha 10 de junio SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sancionar a la empresa CASINOS MUNDIALES S.A. con una AMONESTACION, por incum- plir con el pago del Impuesto a los Casinos de Juego corres- ndiente al mes de abril de 1998, previsto en la Ley deF.aemos de Juego y su Reglamento, dentro de los plazos y oportunidades establecidas. Registrese y comuníquese. GREGORIO LEONG CHAVEZ Presidente de la Comisión Nacional de Casinos de Juego 8261 ~..‘? .’ :. .,::,. :,i: . . . . . . .; .:(, ,:.. : . . ‘... : : -:;y::g.. :i ::; -’ ,: .; ,j?~~A$!$fLPLAf$ ::’ .:s ,:,::: ‘. .. . . Autorizan viaje de representantes de la SBS a Colombia, México y El Salva- dor, en comisión de serviciosf /SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar en tia de regularización el viaje le la señorita Ruth Villafuerte Fuentes? Especialista en qormatividad de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a la :iudad de Santafé de Bogotá D.C., Colombia, del 3 al 6 de unio de 1998, para los fines expuestos en la parte considera- .iva de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cump1imient.o iel presente dispositivo legal por concepto de Tarifa de >ORPAC, ascendente a US$ 25,00 serán cubiertos con ‘ecursos del Presupuesto de la Superintendencia de Ban- :a y Seguros. Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana le cualquier clase o denominación a favor de la servidora :uyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 8357 RESOLUCION SUPREMA W 112-9%EF Lima, 23 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Information Systems Audit and Control Associa- tion -ISACA- cursó invitación a la Suoerintendencia de Banca y Seguros para que participe en 18 3era. Conferencia Anual Latinoamericana de Auditotia, Control y Seguridad de Cómputo -Latin CACS’98- y Talleres, evento que se llevó a cabo del 21 al 25 de junio de 1998, en la ciudad de México, D.F., Estados Unidos Mexicanos; Que, con Oficio N” 4436-98 de fecha 8 de junio de 1998, la Superintendencia de Banca y Seguros informa que mediante Resoluciones SBS N”s. 478-98 y 542-98 designó a la seaora María Cristina Rojas Layes, Jefe de la Oficina de Auditorla Interna y señor Alejandro Medina Moreno, Inspector de Instituciones Financieras de la Superintendencia A unta de Banca, a fin de que participen en la mencionada Co x2eren- cia, solicitando se autorice su viaje a la indicada ciudad del 20 al 26 de junio de 1998; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje cuyos gastos fueron cubiertos con recursos del Presupuesto de la Suaerintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 1998;_ - De conformidad con lo establecido en la Directiva N” 009.RESOLUCION SUPREMA IV ll l-98-EF Lima, 23 de julio de 1998 Visto, el Oficio N” 4870-98 de la Superintendencia de Banca y Seguros de fecha 19 de junio de 1998.96-OIOE, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolucitin Ministenal N” 165-96-EF/15, precisada por Resoluci6n Mi- nisterial N” 171-96-EF/15 y prorrogada por el Artículo 3” de las Resoluciones Ministeriales N”s. 019-97-EF/15 y 065-9% EF/15; y, CONSIDERANDO: Estando a lo acordado; Que, el Fondo Latinoamericano de Reservas -FLAR- oranizó la “Primera Reunión TBcnica de Armonización de Po tIcas Macroeconómicas a Nivel Andino”, la misma que se 5. llev6 acabo del 4 al 5 de ‘unio de 1998, en la ciudad de Santafé de Bogotá D.C., Colomka; Que, mediante documento del visto la Superintenden- cia de Banca y Seguros informa que con Resolución SBS N” 541-98 designó a la señorita Ruth Villafuerte Fuentes, Especialista en Normatividad de la Superintendencia*unta de Asesoría Jurídica, para que participe en la mencionada reunió.n,, solicitando se autorice en vía de regularización su viaje a la indicada ciudad dei 3 al 6 de junio de 1998;SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar en vía de regularización el viaje de la señora María Cristina Rojas Laynes, Jefa de la Oficina de Auditoría Interna y señor Alejandro Medina Moreno, Inspector de Instituciones Financieras de la Superintenden- cia Adjunta de Banca de la Superintendencia de Banca y Seguros a la ciudad de México, D.F., Estados Unidos Mexi- canos, del 20 al 26 de junio de 1998, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje or concepto de pasajes y viáticos, fueron de la Comunidad Andina,. de- de Banca y Seguros asumw el costo de la Tarifa de CORPAC con cargo a los recursos de su Presupuesto correspondiente al ejercicio 1998; De conformidad con lo establecido en la Directiva N” 009- %OIOE,, “Norma de Viajes”, aprobada mediante Resolución Ministenal N” 165-96-EF/15, precisada por Resolución Mi- nisterial NO, 1’71-96-EY y prorrogada por el Artículo 3” de ~;,~~yluc~ones Mnusteriales N”s. 019-97-EFIl y 06598- ; > Estando a lo acordado;Artículo 2”.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros: Pasajes Viáticos Tarifa de CORPAC Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. ,.._ c,...a .’ ,./1, :,;..... . . .US$1 373,52 3 080,OO 50.00