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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 1998 (25/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 162564 cl ?&l#lnr> @$l dh 1 titI:\ 1 &a Lima, sábado 25 de julio de 1998 Inmueble de Puno; devolviéndose el expediente a la citada Dirección Regional Agraria para su archivamiento. Registrese y comuníquese RODOLFO MmANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 8260 Autorizan a procurador interponer de- manda de Amparo contra resolución expedida por sala de la Corte Superior de Lima en proceso sobre expropiación RESOLUCION MINISTERIAL W 0358~SS-AG Lima, 23 de julio de 1996 VISTO: El Oficio N” 1050~9%PP/AG, de fecha 25 de junio de 1998, de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, sobre autorización para inter- poner acción judicial; CONSIDERANDO: Que mediante el oficio del visto, la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultu- ra, informa que en el juicio seguido por la ex Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural contra Le Tourneau del Pení Inc. sobre expropiación, la Sala Corpora- tiva Transitoria Especializada en lo Contencioso ildminis- trativo de la Corte Superior de Lima, ha dictado la rosolución de fecha 29 de mayo de 1998. ordenando que el Juez fije un monto indemnizatorio en base a dictámenes periciales pre- sentadoaenelprocesocuyopromedioesdeUS$29’155,977.00 (veintinueve millones ciento setenticinco mil novecientos setentisiete dólares americanos); Que dicha resolución resulta arbitraria y leswa a los intereses del Estado, puesto que contraviene el texto expreso del Articulo 2” del Decreto Ley N” 18409, que establece que para el caso materia del proceso la entidad expropiante es la encargada de presentar la valorización de los bienes a expropiarse conforme a las normas del Texto Unico Concor- dado del Decreto Ley N” 17716 y contraviene asimismo las propias resoluciones dictadas en el proceso por el ex Tribunal Agrario y la Sala Agraria mediante resoluciones de 15 de setiembre de 1971 y 23 de octubre de 1995, respectivamente, que ordenaron que sea la entidad expropiante la que presen- te la valorización correspondiente: Que en consecuencia, existiendo indicios razonables de un procedimiento judicial irregular en perjuicio dc los inte- reses y derechos del Estado, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura para que interponga la demanda de Amparo correspondiente; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Jurfdica y de conformidad con el Artículo 47” de la !:onstitu- ción Política del Perti y Decretos Leyes N”s. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador l’úblico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en nombre y representación del Estado interponga demanda de Amparo contra la resolución de fecha 2S de mayo de 1998, expedida por la Sala Corporativa Transitoria Espe- cializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Supe- rior de Lima, por los hechos expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolucion Regístrese y comuníquese. RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 8261 Autorizan a procurador iniciar proceso judicial a personas naturales por con- cepto de responsabilidad civil RESOLUCION MINISTERIAL W 0359-SS-AG Lima, 24 de julio de 1998VISTO: El Oficio N” 065-98-CGiPDR-CT/2DA.I, de 2 de julio de 1998. del Subcontralor General de la Remíblica. con el oue remite copia autenticada de la Resolución de Contralorfa’N” 046.98-CG, expedida en el Proceso de Determinación de Responsabilidades N” 22-SO-CG. CONSIDERANDO: Que dentro del Proceso de Determinación de Respon- sabilidades instaurado por la Contralorfa General de la República (Expediente N” 22-SO-CG), como consecuencia del Examen Especial practicado al contrato suscrito entre el Ministerio de Agricultura (PROCOMPRA) y EMEX S.A. el 26 de enero de 1982, el Contralor General de la Re ública ha dictado la Resolución de Contraloria N” 046-98-C e, de 14 de abril de 1998; Que el Artículo 3” de la mencionada Resolución de Con traloria, ha establecido presunta responsabilidad civil en el aue han incurrido los rindentes don Joree Oswaldo Wone Luck por Pesetas 186’131,720, más intereses legales y g 34’191,584 más intereses legales, como consecuencia de los hechos materia de los reparos 7 y 9, respectivamente y don Fernando Talleri Pinillos, ex Director General Ejecutivo de PROCOMPRA, por las sumas de Pesetas 12’450,431 más intereses legales (reparo 2.2); Pesetas 1’761,036 más intere ses legales (reparo 11); Pesetas 29’974,750 más intereses legales (reparo 12); Pesetas 3’685,161 más intereses legales (reparo 18.3); Pesetas 3’272,274 más intereses le ales (repa- ro 18.4); Pesetas 2’554,998 más intereses lega es f(reparo 18.5); Pesetas 74’942,500 más intereses legales (reparo 18.6); Pesetas 6’049,527 más intereses legales (reparo 18.7); Que la Contraloría General de la República ha puesto en conocimiento de este Ministerio el contenido de esa resolu- ción, a fin de que, como señala su Artículo 5”, se adopten las acciones pertinentes a que hubiese lugar, que de conformi- dad con lo establecido en el numeral 3 de las Dis siciones Complementarias de la Directiva N” 002-93-C Cr/PDR-CT, aprobada por Resolución de Contraloría N” 193-93-CG,, Nor- mas de Procedimientos de Sustanciación de Expedientes sobre Determinación de Responsabilidades pendientes de resolver, son de ejecución inmediata por el Titular de la entidad examinada; Que en consecuencia, es necesario autorizar al Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que demande a los nombrados rindente el pago de los montos establecidos por la Contraloría General de la República como responsabilidad civil; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con el Artículo 47” de la Constitu- ción Política del Perú y Decretos Leyes N”s. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Agricultura, para que en nombre y representación del Estado, demande judicialmente a don Jorge Oswaldo Wong Luck y don Fer- nando Talleri Pinillos, el pago de los montos establecidos por la Contraloria General de la República en la Resolución de Contraloría N” 04698-CG por concepto de responsabilidad civil: remitiéndosele los antecedentes del caso para los fmes consiguientes. Registrese y comuníquese RODOLFO MUÑANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 8332 Declaran de interés nacional la realíza- ción de la feria AGROTEC, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima RESOLUCION MINISTERIAL IV‘- 0360-98-AG Lima, 24 de julio de 1998 CONSIDERANDO: Que la empresa “Feria Internacional del Pacffíco” esta. organizando un MEGAEVENTO que incluirá la 12” AGRO- TEC - Feria Internacional para la Industria Agropecuaria, Agroindustrial y Pesquera, la que permitirá a los empresa- rios nacionales y extranjeros mostrar los últimos avances