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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 1998 (25/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

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Lima, sábado 25 de julio dc 199X cl- Pág.162561 CONSIDERANDO: Que mediante el documento de visto se efectuaron las investigaciones correspondientes a la denuncia presentada r la Subdirectora de Defensa Gratuita y Asesoría del i;p .rabajador, Miriam Acevedo Lecca al haber detectado un grupo de cédulas de notificación para diligencia de concilia- ción con sello de su oficina; Que nor otro lado. se establece aue dichas cédulas de not&&n han sido incautadas a un t%lso inspector Arman- do Rocio Mendoza; Que de acuerdo a lo manifestado en la Hoja Informativa No 097-98TIUOII se recomienda que ésta sea remitida a la comisaria de Chacarilla-Surco a fin de que se pueda determi- nar la responsabilidad de los hechos, al haberse formalizado la denuncia según el Oficio N” 204-98-TRPP de fecha 8 de julio de 1998; Que de lo expuesto se considera que existen documentos razonables y suficientes que ameritan la autorización al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social para que proceda a iniciar las acciones legales a que hubiera lugar con la finalidad de salvaguardar los intereses y derechos del Sector; Que de conformidad con lo dispuesto por el Art 12” de la Constitución Politica del Per& el Artículo 12” del Decreto Lay N” 17537, modificado por el Artículo Unico del Decreto Ley N” 17667; y el Artículo 61” de la Resolución Ministerial N” 012-93-TR, incorporado por la Resolución Ministerial N” 071-93-TR, SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social, para que en representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones correspondientes contra los que resulten responsables, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2”.- Remítase la documentación Y demás ante- cedentes del caso, al Procurador General para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 6327 RESOLUCION MINISTERIAL W 066-9%TR Lima, 20 de julio de 1998 VISTO; la Hoja Informativa N” 021-98OIlfOINI de Ins- torfa Kial; y,General del Ministerio de Trabajo y Promoción CONSIDERANDO: Que con fecha 3 de abril de 1998 la empresa “Tapicería La Italiana S.A.” ha presentado queja contra la Jefa de la Oficina de Defensa Legal Gratuita del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Que mediante el documento de visto se concluye que se ha adulterado la copia del Acta de Inspección llevada a cabo en la empresa “Tapicetia La Italiana S.A.” que fue presentada por el señor Crisóstomo Salazar Páucar en el juicio que sigue ante el Décimo Tercer Juzgado Laboral sobre pago de Bene- ficios Laborales; Que de acuerdo a lo expuesto se considera que existen elementos razonables suficientes ue ameritan la autoriza- ción al Procurador Pu hco encarga o de los asuntos judicia- 2. 1 les del Ministerio de Trabajo y Promoción Social para que Proceda a iniciar las acciones legales a que hubiera lugar con a finalidad de salvaguardar los derechos del Sector; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47” de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley N” 17537, modi- ficado por el Decreto Ley N” 17667; y el Articulo 61” de la Resolución Ministerial N” 012-93-TR, incorporado por la Resolución Ministerial N” 071-93-TR; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público del Estado encareado de los asuntos iudiciales del Ministerio de Trabajo Promoción Social, para que en nombre y representa- ción de os derechos e intereses del Estado, interponga las P acciones correspondientes contra los que resulten responsa- bles, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolución, remitiéndose los antecedentes del casoRegístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 8328 Otorgan concesión a empresas para que presten servicio público de trans- porte terrestre interprovincial de pasa- jeros RESOLUCION DIRECTORAL W 924-98.MTCY15.18 Lima, 16 de julio de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros N”s. 01808010 01851010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTE 8 TURISMO NACIONAL S.A., sobre Concesión de Ruta: Tru- jillo-Chiclayo y viceversa e Informe N” 652-98-MTC/ 15.18.04.atr de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presen- tar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Regla- mento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N” 05-95MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Su- premo N” 019-97-MTC, para la prestación del servicio pro- puesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N” 2041.9%MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 761.98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Su remo h” 05.95MTC. Ley N” 25035 y su Reglamento apro%ado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA1 aprobado por Decreto Su- premo N” 019.97-MTC y Decreto Ley W 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES TURIShIO NACIONAL S.A. la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: Trujillo-Chiclayo y viceversa de acuer- do a los siguientes términos: RUTA : TRUJILLO - CHICLAYO y viceversa ORIGEN : TRUJILLO DESTINO : CHICLAYO FRECUENCIAS : Dos (2) diarias FLOTA VEHICULAR : Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) ÓmnibusVG-1844 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (11 ómnibus: UO- (1994) HORARIOS : Salidas de Trujillo: 0703 y 16.00 horas Salidas de Chiclayo: 12.00 y 19.00 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en relaci6n al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsa. bilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 0595MTC y demás disosiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de &ansporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar ei servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu.. tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Na 05-95 MTC; en caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo parrafo del Artículo 16” del citado Reglamento.