Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 1998 (25/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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utilizacion del simbolo que identifica a la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru", consistente en la figura de un corazon delineado en color MORDAZA, con la inscripcion interior "SOMOS PERU" en color azul; Que, mediante el documento de visto, el Personero de la citada Agrupacion ha acompanado el grabado de un diseno con la siguiente modificacion al simbolo aprobado: alargamiento del perfil o silueta del corazon en la parte inferior y media del lado MORDAZA, de tal suerte que la palabra "PERU' queda en su lado MORDAZA por dentro y el segmento del perfil ue se alarga llega hasta la primera letra "S" de "SOMOS", 3ando la impresion de un corazon mas dibujado; Que, no habiendose aprobado a la fecha el diseno de la cedula de sufragio a utilizarse en las proximas Elecciones Municipales, procede acceder a la peticion formulada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atrihuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion del simbolo ue identifica a la Agrupacion Independiente "Movimiento ?ndependiente Somos Peru" solicitada por el recurrente, con las caracterfsticas expuestas en el MORDAZA considerando y que aparecen del diseno que forma parte de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA MORDAZA, MLJNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8315

MORDAZA, sabado 25 de MORDAZA de 199X

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MU&IOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 8316

Establecen conformacion de diversos Jurados Electorales Especiales
RESOLUCION IV 469-98JNE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N" 410-98JNE se dispuso la :onformacion de los Jurados Electorales Especiales con motivo de las Elecciones Municipales del dia MORDAZA ll de octubre proximo; encontrandose pendientes de determinar por el MORDAZA Nacional de Elecciones los organos temporales que funcionaran en las provincias de Andahuaylas, Azangaro, Bellavista, Cajabamba, Cangallo, Caraveli, Caylloma, Chepkn, Contumaz& Huaytara, Mariscal MORDAZA, Padre MORDAZA, Parinacochas, San MORDAZA de Putina, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, debe senalarse la constitucion de los mismos; Que, con fechas 22 y 24 de MORDAZA ultimo, este organo electoral, ha realizado el sorteo de los miembros que conformaran los Jurados Electorales de Contralmirante MORDAZA, Ell MORDAZA, Huancabamba, Lauricocha, MORDAZA y Yarowilca; debiendose determinar los integrantes de dichos Jurados; Que, habiendo designado la Corta Superior de Justicia de Amazonas, a nuevos integrantes que presidiran los Jurados Electorales Especiales de Bongara y Luya, corresponde llamar a dichos miembros reemplazantes, en la presente resolucion; Que, la ciudadana designada para integrar el MORDAZA Electoral Es ecial de San MORDAZA, MORDAZA Sidlia MORDAZA MORDAZA, fue MORDAZA ata y resulto elegida y proclamada Regidora del 3 Concejo Provincial de San MORDAZA, en las Elecciones Generales de 1995, segun comunicacion del personero de Accion Popular, hecho corroborado y que aparece de la lista de candidatos y de los Resultados del MORDAZA Municipal General de 1995 de fecha 17 de noviembre de ese ano; por lo que de conformidad con los Articulos 12" literal h) y 35" de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones N" 26486 y Articulo 47" de la Ley Organica de Elecciones N" 26859, se encuentra impedida de integrar dicho MORDAZA, por lo que debe quedar sin efecto la designacion efectuada mediante Resolucion N" 410-98-JNE y senalarse al miembro reemplazante; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Los Jurados Electorales Es eciales que funcionaran en las provincias de Andahuaylas, xzangaro, Bellavista, Cajabamha, Cangallo, Caravelf, Caylloma, Chepen, Contralmirante MORDAZA, Contumaza, El MORDAZA, Huancabamba, Huaytara, Lauricocha, Mariscal MORDAZA, MORDAZA, Padre MORDAZA, Parinacochas, San MORDAZA de Putina, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Yarowilca, constituidos para las elecciones municipales del dia 11 de octubre del presente ano, estaran conformados de la siguiente manera: DEPARTAMENTO DE MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembros: MORDAZA MORDAZA LLAVE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNARES DEPARTAMENTO DE MORDAZA MORDAZA Electoral Esoecial de Caraveli Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembros: MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA VALDMESO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de Caylloma Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Declaran improcedenteapelacion interpuesta contra la R.J. N"074-9&J/ONPE y sancionan con multa a ciudadano
RESOLUCION W 468-98-JNE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1998 VISTO: El Oficio N" 911-98-J/ONPE, recibido el 21 de MORDAZA de 1998, mediante el cual el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales eleva el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Alcazar MORDAZA, contra la Resolucion Jefatura1 N" 074-98-J/ONPE del 14 de MORDAZA de 1998, quien afirma que la recurrida establece un plazo mayor al que senala la Ley N" 26300 en su Articulo 10" para completar el numero de adherentes requeridos para la interposicion de una solicitud de referendum: Con los informes orales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatura1 N" 074-98-JIONPE del 14 de MORDAZA de 1998, publicada el 15 de dicho mes y ano, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha establecido el procedimiento al que se sujetara la verificacion de firmas de adherentes; Que, no se aprecia que la Resolucion Jefatura1 materia de la presente apelacion, establezca plazo mayor al que senala la Ley N" 26300 en su Articulo 10"; Que, siendo la Resolucion Jefatura1 N" 074-98-J/ONPE un reglamento de caracter general, es improcedente el recurso de apelacion planteado; Que, en la interposicion del recurso materia de autos, es manifiesta la mala fe con la que ha actuado el ciudadano impugnante; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 35" de la Ley Organica de Elecciones N" 26859, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el concesorio de apelacion e IMPROCEDENTE el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Alcazar MORDAZA, contra la Resolucion Jefatural N" 074-98-J/ONPE, del 14 de MORDAZA de 1998. Articulo Segundo.- Imponer a don MORDAZA ,4lcazar MORDAZA, una multa de 10 Unidades de Referencia Procesal, en aplicacion del Articulo 110" del Codigo Procesal Civil.

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