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Pág. 157973 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de marzo de 1998 no y El Caribe del IOI, y en tal capacidad, integra el Consejo Directivo de este instituto, por lo que correspon- de su participación en la mencionada conferencia inter- nacional; Que, adicionalmente, el Defensor del Pueblo ha sido invitado para intervenir en representación del IOI en la apertura de la conferencia, y tendrá a su cargo la sesión del día martes 10 de marzo del presente, sobre El Om- budsman y la Protección y Promoción de los Derechos Humanos en El Caribe; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) financiará los gastos que irrogue la estadía y los pasajes internacionales del Defensor del Pueblo para asistir a ese compromiso, debiendo autorizar- se a la Gerencia de Administración y Finanzas que dispon- ga, con cargo al presupuesto institucional, los gastos relativos al impuesto por uso de aeropuerto y al equiva- lente de un día de viáticos por concepto de gastos de instalación; Que, a fin de asegurar la continuidad de la gestión institucional durante los días que dure la conferencia y los requeridos por itinerario de viaje, es necesario encargar el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Defensor Adjunto, de conformidad con el Artículo 8º de la Ley Orgánica de la Defensoría, Ley Nº 26520 y el Artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Defensorial Nº 041-97/DP; y, En concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 135- 90-PCM, 163-81-EF y 031-89-EF, y en uso de las atribu- ciones conferidas por los Artículos 5º y 9º inciso 7) de la Ley Nº 26520 y 7º incisos a) y k) del citado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho del Defensor del Pueblo al señor doctor don WALTER ALBAN PERALTA, Primer Defensor Adjunto, del 6 al 15 de marzo del presente año, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje expresado en la parte considerativa de la presente Reso- lución, se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Defensoría del Pueblo según el detalle siguiente: US$ 240.00 por gastos de instalación y US$ 25.00 por concepto de tarifa de CORPAC; total: US$ 265.00. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) asumirá los gastos correspondientes a la estancia y los pasajes internacionales. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derechos a exoneración de impuestos o de derechos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 2519 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presunto responsable de delito contra la Fe Pública en agra- vio del Estado RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-98-IDENTIDAD Lima, 5 de marzo de 1998Visto el Memorándum Nº 152-98-GAJ/IDENTIDAD emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 27 de febrero de 1998; CONSIDERANDO: Que en virtud de la documentación sustentatoria del Memorándum del Visto se desprende que tercera persona ha incurrido en comportamiento de hacer uso de un documento falsificado como si fuese legítimo, para fines de su inscripción electoral y la consecuente obtención de Documento de Identidad, suplantando la identidad de la ciudadana María Paula Pereyra Chipana; Que el hecho antes descrito constituye indicio razona- ble de la comisión de presunto delito contra la fe pública en las modalidades de falsedad impropia y genérica, previstas y sancionadas en los Artículos 427º y 438º del Código Penal; Que en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en contra de quien resulte responsable, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, cuidando de poner los hechos en conocimiento de la División Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, a fin de que asuma las investigaciones conducentes a identificar en la persona que ha usurpado la identidad de María Paula Pereyra Chipana y ponerla a disposición de la justicia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por presunto delito contra la fe pública en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO VARGAS-PRADA MENDIOLA Jefe Nacional 2516 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban el Reglamento Interno del Comité de Desarrollo del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 004 Ate, 19 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 029 de fecha 13 de noviembre de 1997, se creó el Comité de Desarrollo del distrito de Ate, como Mesa de Concertación Interinstitu