TEXTO PAGINA: 3
Pág. 160189 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de mayo de 1998 DECRET O DE URGENCIA Nº 020-98 TRANSFERENCIA DE RECURSOS DE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECT ORALES A LA OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL PARA EL PAGO DE PENSIONIST AS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26894 se aprobó, entre otros, el Presupuesto para 1998 del Pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, mediante el Decreto Ley Nº 25967, modificado y ampliado por la Ley Nº 26323 se creó la Oficina de Norma- lización Previsional - ONP, con la función de administrar el Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como otros Sistemas de Pensiones administrados por el Estado; Que, es necesario autorizar al Titular del Pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales a transferir los recursos que resulten necesarios para atender el pago de las pensiones de su personal que se transfiera a la Oficina de Normalización Previsional; De conformidad con lo establecido en el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Titular del Pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE- a trans- ferir al Pliego Presupuestario Oficina de Normalización Previsional -ONP- los recursos que resulten necesarios para atender el pago de las pensiones de su personal que se transfiera a la ONP; para tal efecto la Oficina Nacional de Procesos Electorales queda autorizada a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes. Artículo 2º.- En ningún caso las indicadas pensiones se homologarán o referirán a las remuneraciones que pague el Pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales al personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada. Artículo 3º.- Deróganse o déjanse en suspenso, en su caso, las disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Decreto de Urgencia, el mismo que será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 5722 P C M Encargan el Despacho de la Presiden- cia de la República al Primer Vicepresi- dente RESOLUCION SUPREMA Nº 278-98-PCM Lima, 23 de mayo de 1998CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente Constitucional de la Repúbli- ca, Ing. Alberto Fujimori Fujimori, viajará a la República de Bolivia, los días 23 y 24 de mayo del presente año, para llevar la ayuda humanitaria a la población afectada por el terremoto del día viernes 22; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho Presidencial en tanto dure la ausencia del señor Presidente Constitucional de la República; De conformidad con el segundo párrafo del Artículo 115º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar el Despacho de la Presi- dencia de la República al ingeniero Ricardo Márquez Flores, Primer Vicepresidente de la República, en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5725 Designan Asesor Ad Honorem del Pri- mer Vicepresidente de la República RESOLUCION SUPREMA Nº 279-98-PCM Lima, 27 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que el tercer párrafo del Artículo 111º de la Constitu- ción Política del Perú, establece que junto con el Presi- dente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos requisitos y por igual término los Vice- presidentes; Que el Primer Vicepresidente de la República además de las funciones que le son inherentes a su cargo, viene ejecutando por encargo del Presidente de la República diversas acciones destinadas al desarrollo de la pequeña y micro empresa, para la generación de empleo, así como los demás encargos que se le encomiende; Que para la ejecución de las acciones encomendadas es conveniente contar con un asesor para que preste apoyo permanente al Primer Vicepresidente de la República; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha de publica- ción de la presente Resolución Suprema al doctor José Ezeta Carpio, como Asesor Ad Honorem del Primer Vice- presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese y comuníquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5726