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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 1998 (28/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 160192 NORMAS LEGALES Lima, jueves 28 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 75- 1-98 se confirmó la Resolución de Intendencia Nº 085-4- 01065, que declaró improcedente la reclamación inter- puesta contra las Resoluciones de Multa Nºs. 93004914K0202801 y 93004914K229801; Que, con fecha 17 de marzo de 1998, la Intendencia Regional de Piura recepcionó el Recurso de Queja inter- puesto por el señor Juan Alamo Adrianzén contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 075-1-78, en el que solicita que por haber sido emitida luego de vencido el plazo de seis meses señalado en el primer párrafo del Artículo 150º del Código Tributario, se declare la Nulidad de dicha resolución; Que, el Artículo 150º del Código Tributario establece que el Tribunal Fiscal resolverá las apelaciones dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de ingreso de los actuados al Tribunal; Que, el Tribunal Fiscal no incurre en responsabilidad si resuelve fuera del citado plazo, porque no existe norma legal que establezca que finalizado aquél dicho Tribunal queda impedido de pronunciarse; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 155º del Código Tributario - Decreto Legislativo Nº 816; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar INFUNDADO el recur- so de queja interpuesto por el señor JUAN ALAMO ADRIANZEN contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 75-1-98 de fecha 20 de enero de 1998, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 5681 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-98-EF/10 Lima, 25 de mayo de 1998 Visto, el Recurso de Queja interpuesto por el señor JULIO ALCIBIADES SIERRA VARGAS contra la Reso- lución del Tribunal Fiscal Nº 881-96. CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de mayo de 1998, este Ministerio recepcionó el recurso de queja interpuesto por el señor JULIO ALCIBIADES SIERRA VARGAS contra la Reso- lución del Tribunal Fiscal Nº 881-96 que declaró nulo e insubsistente el concesorio de la apelación interpuesta contra la Resolución de Intendencia Nº 155-96-ADUA- NAS/07 y dispuso la devolución de los actuados a la Superintendencia Nacional de Aduanas para que proceda conforme a ley; Que, el Artículo 155º del Código Tributario aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816, dispone que el recurso de queja se presenta cuando existan actuaciones o proce- dimientos que afecten directamente o infrinjan lo estable- cido por dicho Código, debiendo ser resuelto por el Minis- tro de Economía y Finanzas cuando se trate de recurso de queja contra el Tribunal Fiscal; Que, del análisis del recurso de queja materia de la presente resolución se desprende que el recurrente pre- tende que el Ministerio de Economía y Finanzas revise aspectos de fondo de la Resolución Nº 881-96 del Tribunal Fiscal, lo que no se ajusta a los supuestos establecidos en el citado Artículo 155º, por lo que dicho recurso debe ser declarado infundado; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 155º del Código Tributario - Decreto Legislativo Nº 816;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Queja interpuesto por JULIO ALCIBIADES SIERRA VARGAS contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 881- 96, por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas 5682 RELACIONES EXTERIORES Oficializan el "Primer Seminario del Proyecto Sistema Interamericano de Información sobre Mercados Labora- les", a realizarse en Lima RESOLUCION SUPREMA Nº 250-98-RE Lima, 27 de mayo de 1998 Teniendo en cuenta el Oficio Nº 272-98-INEI/J, del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática, de 13 de mayo de 1998, mediante el cual solicita la oficialización del "Primer Seminario del Proyecto Siste- ma Interamericano de Información sobre Mercados Labo- rales" (SISMEL), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, los días 9, 10 y 11 de junio de 1998; CONSIDERANDO: Que, la Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo en su Reunión celebrada en Washington D.C., Estados Unidos de América, en abril de 1996, resolvió solicitar a la OEA la aprobación de un Proyecto Multina- cional para diseñar e implementar un mecanismo de carácter interamericano orientado a la solución de los requerimientos de información precisa y oportuna sobre los Mercados Laborales de los países miembros de la OEA; Que, el Proyecto SISMEL se formaliza en marzo de 1998, mediante el Acuerdo de Ejecución de Proyecto suscrito entre la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral (SEDI) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) del Perú, como Organismo Ejecutor, e inicia sus actividades el 1 de abril del presente año; Que, en el Proyecto SISMEL participan 18 Ministerios y Organismos Rectores de los Sistemas Nacionales de Estadística de igual número de países miembros de la OEA, de manera que el Proyecto integra la coordinación entre los usuarios del Sistema que son los Ministerios de Trabajo y los productores de información, de los siguien- tes países: Argentina, Barbados, Belice, Bolivia, Colom- bia, Costa Rica, Chile, Guatemala, Honduras, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominica- na, Saint Lucia, Uruguay y Venezuela; Que, el Proyecto SISMEL tiene como objetivo crear un Sistema de Información Interamericano sobre Mercados Laborales, para la construcción de indicadores homogé- neos sobre la situación laboral de los países de la Región, que permita conocer el impacto de la política económica y social sobre la situación laboral y efectuar comparaciones entre los países. Asimismo, desarrollará una Red de Información sobre mercados laborales, tanto en materia e información básica e indicadores, así como de aspectos referidos al impacto de la situación laboral y de empleo sobre el nivel de bienestar de la población; Que, el Primer Seminario del Proyecto SISMEL, se realizará en la ciudad de Lima, Perú, en la sede de la Comunidad Andina, los días 9, 10 y 11 de junio del presente año, cuya organización está a cargo del Instituto