Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 1998 (06/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, vicmcs h dc noviembre

de IYYX

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Cuarto.- DEROGAR el numeral 119 del indice de usos de actividades urbanas aprobado mediante Resolucion N" 182-95MLM-AMSMDU de fecha 11 de agosto de 1995. Registrese, comuniquese y pase a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, para su cumplimiento. MORDAZA MORDAZA LEMBCKJX MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 12668

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 191" establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la MORDAZA constitucional precitada establece como competencia de las Municipalidades, la planificacion del desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, siendo asi que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en su condicion de Municipalidad Provincial y de conformidad con la Ley N" 23853 - Ley Organica de Municipalidades tiene la atribucion entre otras, de aprobar. ejecutar y supervisar el Plan de Desarrollo MORDAZA Y el Plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia, lo que a su vez implica la determinacion de la zonificacion y del uso del suelo y de las actividades que de acuerdo a ello MORDAZA compatibles; Que, el Decreto Supremo N" 0%95-EM mediante el cual el Ministerio de Energia y Minas aprueba el reglamento para la comercializacion de combustibles liquidos derivados de los hidrocarburos, establece la eliminacion de restricciones de areas t,anto para la construccion de las Estaciones de Servicios, asi MORDAZA para las distancias entre cada una de estas, ron lo que se esta generando la proliferacion de este MORDAZA de negocios, que en algunos casos por estar permitida su construccion en areas pequenas, no cumplen las caracteristicas de funcionalidad que debe tener una Estacion de Servicios propiamente dicha; Que, ante tal situacion la Municipalidad Metropolitana de Lima. en aras de cautelar la autonomia politica y administrativa con que la Constitucion la enviste, mediante Resolucion N" 182-95MLM-AX-SMDC de fecha 11 de agosto de 1995 aprobo la Actualizacion del Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, estableciendose en la misma ciertas restricciones que el Decreto Supremo aludido en el considerando anterior eliminaba: Que, inclusive el Decreto Supremo N' 030-98EM del 1 de agosto de 1998, que aprueba el MORDAZA Reglamento para la Comercializacion de Combustibles liquidos derivados de los Hidrocarburos, pese a derogar el anterior Decreto Supremo, no determina un area minima especifica, considerando como minimo lo que respecta al radio de giro por MORDAZA medido desde cada surtidor y al diseno tecnico integral del proyecto, persistiendo asi la prc,blematica generada con la anterior normatividad gubernamental; Que, sin embargo, es de advertirse que la MORDAZA administrativa emitida por la Municipalidad Metropolitana ademas de resultar, de acuerdo a la estructura jerarquica del Sistema Juridico normativo del Peru, una MORDAZA de menor nivel que el Decreto Supremo. contiene algunas omisiones que en cierta forma colaboran con la proliferacion a que se hace alusion en el tercer considerando y que es necesario corregir, asi como resulta necesario adecuar la MORDAZA a la que verdaderamente corresponde a un acto de gobierno municipal, de tal manera que tambien permita jerarquizar la misma para lograr su respeto dentro de la normatividad juridica del Peru; Estando a lo informado por la Unidad Tecnico Legal de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano, la visacion de la Direccion Municipal de Desarrollo ITrbano, la opinion favorable del Instituto Metropolitano de Planificacion; DECRETA: Primero.- MODIFICAR el numeral 119 del Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas aprobado por Resolucion N" 18%95.MLM-AMSMDU del 11 de agosto de 1995 y el Item 12 1 del Codigo y Modo de Empleos del Indice de Usos referido; en el sentido de que: "los puestos de venta de combustibles (grifos~ y de estaciones de servicio encuentran ubicacion conforme solo en areas calificadas con zonificacion comercial o industrial,, siempre y cuando se encuentren ubicados en esquina de vias expresas, arteriales, colectoras o avenidas ientendiendose dentro de estas a las vias de doble sentido de MORDAZA y separador central 1; y su area sea igual o mayor a 600.00 m2." Segundo.- AMPLIAR los alcances del Item 191 del Codigo y Modo de Empleo del Indice de Usos, referid<' en el articulo que antecede, en el extremo de considerarse que la distancia minima que debe existir entreuna y otra Estacion de servicio es la de 1,000 ml medidos a lo largo de la wa. En el caso de vias expresas o arteriales. la distancia sera medida en cada sentido de MORDAZA de la misma. Tercero.- DISPONER que la ubicacitin conforme de los grifos o estaciones de servicio ests sujeta al cumplimiento. en todos sus extremos, de lo dispuesto en los articulo precedentes.

Aprueban reubicacion temporal de comerciantes de MORDAZA ferial
RESOLUCION DE ALCALDIA N" 4236 MORDAZA, 28 de octubre de 1998 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTOS: El Oficio N' 175~98-MML-PROMUDER-DE, el Oficio N" 1152-98-MMGPROLIMADE, el Oficio N" lOOO-98-DMCDC-MML, el acta de la reunion de trabajo de la Comision Bipartita; CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza N" 062-94 - Reglamento de la Administracion del Centro Historico en su Articulo 137" senala que el comercio en la via publica debera ser erradicado progresivamente, reubicandolo fuera del Centro Historico de Lima; Que, mediante el Decreto de Alcaldia N" 141 de fecha 31 de diciembre de 1996, se aprobo el plan estrategico 1997, para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el cual se consigno como objetivo estrategico II. Recuperar y revalorizar el Centro Histnrico de MORDAZA, como patrimonio cultural de la humanidad, para lo cual debera cumplirse con el objetivo especifico de concluir con el plan de formalizacion del comercio ambulatorio: Que, de conformidad con la Resolucion de Alcaldia N" 1151 de fecha 24 de MORDAZA de 1997, se autorizo a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, asi como a las diversas Direcciones y Empresas Municipales la realizacion de las acciones correspondientes para culminar y consolidar el MORDAZA de reubicacion de los comerciantes informales y su reordenamiento; Que, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA ha informado que es necesario despejar las vias para dar inicio al programa de reordenamiento de MORDAZA y circulacion vial de la Av. Grau; De conformidad con el MORDAZA legal resenado la Municipalidad lV4etropolitana de MORDAZA, debera disenar un operativo de reubicacion temporal de los comerciantes informales que aun ocupan las vias publicas, principalmente la MORDAZA de la Av. Grau; Para hacer posible la reubicacion la Municipalidad debera ejecutar la habilitacion basica del area donde se reubicaran a los comerciantes informales, que se retiraran voluntariamente de dichas vias publicas; Que, de conformidad con el estudio realizado por la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, se ha determinado como una area posible para la reubicacion temporal de los informales de libros del "Campo Ferial Grau", registrados ante la Direccion de Comercio Informal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en la losa deportiva del Jr. Amazonas, Que, de conformidad con la Ordenanza N" 062-94, en su Articulo 139' se establece la excepcion temporal de la prohibicion del ejercicio del comercio ambulatorio para los comerciantes de los giros que cumplen una funcion cultural y turistica, tales como los libreros y solo en las areas determinadas por la Municipalidad, En respeto de las competencias y responsabilidades de las distintas Direcciones, Programas y Empresas Municipales, se ha realizado las coordinaciones con las areas involucradas en este operativo de reubicacion; dado que se ha previsto como posible MORDAZA de reubicacion la losa deportiva del ,Jr. &4mazonas. la misma que se encuc:nt,ra bajo la administracion del Programa Municipal de Deportes ,y Recreacion I'ROMUDER, Mediante Oficio N" 17598-MML-PROMUCSR-DE, el Programa Municipal de Deportes y Recreacion - PROMIJ-

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