Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 1998 (06/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

para que se anule el acta de Mesa de Sufragio N" 044381 del Distrito Electoral de Surquillo, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Declarar NULA la votacion realizada en la Mesa de Sufragio N" 011381 y nula el Acta Electoral de dicha mesa de sufragio. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente relacion al MORDAZA Nacional de Elecciones, y a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima. para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA F. RODRlGUEZ MORDAZA Miembro Titular MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA 12744 MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA RESOLUCION W 085-98-JEEL Exp. N" 723-98 MORDAZA, 28 de octubre de 1998 VISTO; en sesion privada y con el quorum de ley, en ausencia de la MORDAZA Miembro Titular de este *Jurado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez; la solicitud resentada por el candidato a la Alcaldia del distrito de San P,. por el ms. Movimiento Independiente Vamos Vecino don MORDAZA MORDAZA Suclla MORDAZA or el que pone en conocimiento de este MORDAZA Electoral `8speclal dwersas irregularidades que refiere haber constatado,. en la revision de las actas electorales; y, teniendose a la vista las actas originales a que hace referencia el recurrente, se ha llegado a establecer lo siguiente: CONSIDERANDO: Primero.- Que alega que en la Mesa de Sufra `o N 042082, la Secretaria de la misma se retiro MORDAZA de Y 12 as del dia. Verificada el acta original se tiene que la Secretaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como los demas miembros de la Mesa de Sufragio y los Personeros de las agrupaciones liticas, han firmado el acta de instalacion y la de sufragio, p"que evidencia que esta ha estado hasta la culminacion del o escrutinio de los votos emitidos, no apreciandose por ello elemento valido para que este MORDAZA confirme apreciativamente la supuesta ausencia alegada, siendo en todo caso res onsabilidad de los miembros de la Mesa de Sufragio que dic fla acta electoral MORDAZA sido suscrita anteladamente por la Secretaria; debiendose tener presente que en materia electoral es la propia acta la que genera derecho de su propia revision o su nulidad; por lo que dicha acta mantiene su validez. Segundo.- Alega que en la Mesa de Sufragio W 042085, el computo de los votos del Acta de Escrutinio no es claro. Verificada el acta original se tiene que el escrutinio de los votos es el correcto, por lo que dicha acta mantiene su validez. Tercero.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042086, en el acta de sufragio faltan las firmas y los datos de los personeros, y el computo de los votos provinciales y distritales resultan distintos. Que revisada el acta original se tiene que no se ha hecho ninguna observacion a la misma, encontrandose el acta conforme, manteniendo la misma su validez. Cuarto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042092, en el Acta de Instalacion, Sufragio y Escrutinio no concuerda el numero de cedulas de sufragio con el numwo de ciudadanos que votaron, asi como con las cedulas no utilizadas. Que revisada el Acta Electoral no se advierte observacion al na sobre los puntos a que se hace referencia, y revisada `i"misma esta mantiene su validez. a Quinto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042098, en el acta de escrutinio el computo total de los votos distritales consignados no es correcto. Que revisada el Acta Electoral original se advierte que &a no se encuentra observada; y. verificada se observa que en la parte distrital los votos alcanzan un total de 126, por lo que en este caso se debe de estar a lo dispuesto en la primera parte del inciso b) del Articulo 315" de la Ley Or MORDAZA de Elecciones; manteniendo en consecuencia su vafIdez dicha acta. .

Sexto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042099, el acta de instalacion y de sufragio no concuerda al consignarse el numero de cedulas recibidas y utilizadas. Que revisada el Acta Electoral original se puede comprobar que esta no se encuentra observada, debiendose de tener en cuenta que la diferencia de cedulas recibidas y utilizadas no es ninguna irregularidad, ni mucho menos causal de nulidad, por lo que esta acta mantiene su validez. Setimo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042103, en el Acta de Sufragio se deja MORDAZA que se permitio votar a un ciudadano pese ano encontrarse registrado en el Padron Electoral. Que el fundamento no es materia de nulidad, sino de impugnacion de la identidad del elector, por lo que esta acta mantiene su validez. Octavo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N' 042106, en el acta de instalacion y de sufragio, no existe concordancia al consignarse el numero de cedulas de sufragio y de sobrantes. Revisada el acta original no se advierte observacion alguna, ademas la diferencia en el numero de cedulas recepcionadas y utilizadas no es causal de nulidad, por lo que esta acta mantiene su validez. Noveno.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042108, en el acta de instalacion se ha omitido consignar el numero de cedulas de sufraeio recibidas. ienorandose la cantidad real de las empleadas y destruid&;que la alegacion formulada por el recurrente no es causal de nulidad de las actas, por lo que estas mantienen su validez. Decimo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042109, se ha omitido consignar los datos pertinentes en el acta de sufragio, ignorandose el numero de ciudadanos ue votaron! asI como el numero de cedulas no utiliza3as. Que rewsada el acta original se ha verificado que esta si contiene los datos a que hace referencia, en consecuencia esta acta mantiene su validez. Decimoprimero.- Alega que en la Mesa de Sufragio N' 042112, el computo de los votos distritales considerados en el acta de escrutinio no es el correcto. Que revisada el acta original se tiene que se ha anotado como escrutinio la suma de 126 votos emitidos, siendo el correcto de 125. habiendose incurrido en un error material, por lo que debe estarse a lo establecido en la primera parte del inciso b) del Articulo 315" de la Ley Organica de Elecciones; en consecuencia esta acta es valida. Decimosegundo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N 042116, en el acta de sufragio no se han consignado el numero real de ciudadanos que votaron, como de las cedulas no utilizadas. Revisada el acta original esta se encuentra conforme, ya que en MORDAZA obra los datos a que hacen referencia, ademas que esta acta no se encuentra observada, en consecuencia esta acta es valida. Decimotercero.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042118, el computo total de los votos distritales consignadas en el Acta de Escrutinio no es el correcto. Que revisada el acta original, se tiene que el escrutinio de los votos es el correcto, por lo que esta acta es valida. Decimocuarto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042120, en el acta de sufragio se ha omitido consignar en cifras el numero de ciudadanos que votaron, asi como las cedulas no utilizadas, siendo estos menores. Que revisada el acta original esta se encuentra conforme, y el reclamo del recurrente no tiene relevancia. por lo que esta acta es valida. Decimoquinto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 042174, en el acta de instalacion y de sufragio, no concuerdan el numero de cedulas recibidas con el de los ciudadanos que votaron y cedulas no utilizadas, siendo estas menores. Que el reclamo formulado por el recurrente es irrelevante, y este no es causal de nulidad; por lo que esta acta es valida. Decimosexto.- Alega que en la Mesa de Sufragio N 045904, en el acta de instalacion no se consi de cedulas recibidas, no existiendo concor ci"" el numero ancla con los datos consignados en el Acta de Sufragio. El reclamo formulado por el recurrente es irrelevante, ya que este no es causal de nulidad, por lo que esta acta mantiene su validez. Decimoseptimo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 045907, en el acta de instalacion no se consigna la hora, cantidad de cedulas de sufragio recibidas, asi como el numero de ciudadanos que votaron y las cedulas no utilizadas, apreciandose la carencia del holograma de la ONPE. Revisada el acta original se observa que los datos a que hace referencia el recurrente se encuentran en la misma, por lo que esta acta es valida. Decimooctavo.- Alega que en la Mesa de Sufragio N" 045911, en el acta de instalacion y de sufragio no esta consignada la hora, cantidad de cedulas de sufragio recibidas, asi como el numero de ciudadanos que votaron, y cedulas no utilizadas. Asi mismo, las actas carecen de las firmas de los miembros de mesa y personeros. Verificada con la acta original, se puede apreciar que no se encuentra

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