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Pág. 165924 c[ m c’bl ;IA I:~ WI 1 a Lima, jueves 19 de noviembre de 1998 municaciones, según los Informes N”316-98-MTC/15.19.03.2. y 475-98-MTC/15.19..01., consideran procedente la solicitud de la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., al haber cumplido con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N°s. 013-93- TCC, 06-94-TCC, 005 y 022-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgara la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por elplazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una esta-ción Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial porTelevisión en la Banda de VHF, en la ciudad de San Juan de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca, departa- mento de Ica, de acuerdo a las siguientes características técni- cas: Estación : BC-TV Frecuencia : Vídeo : 211.25 MHz Audi o: 215.75 MHz Canal : 13 Indicativo : OAV-5U Potencia : Vídeo : 100 w. Audio : 10 w. Emisión : Vídeo : C3F Audio : F3E Horario : H24 Ubicación de la Planta Retransmisora : Cerro de Las Antenas, Dist. Marco- na, Prov. Nasca, Dpto. Ica Coordenadas: L.O. 75” 09’ 49.8” L.S. 15” 21’ 21.0” El plazo de la autorización y el permiso concedido se compu- tará a partir del día siguiente de publicada la presente resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2”.- Dentro de los treinta (30) días de publicada la presente resolución, el titular de la autorización deberá cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autoriza- ción, canon anual y por la publicación de la resolución. Trans- currido dicho plazo sin que se haya cumplido con los pagosindicados, la presente autorización quedará sin efecto de pleno derecho. Artículo3”.- La EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., en su condición de titular de la presente autorización, estáobligada a solicitar la mspección técnica a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del vencimiento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastosde viaje y viáticos que demande dicha diligencia. Estos gastosdeben ser cancelados al Ministerio antes de la fecha fijada parala inspección. Artículo 4”.- La presente autorización quedará sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y suReglamento General, si el titular de la autorización .+e encuen- tra incurso en los siguientes casos: 1” No hubiera solicitado inspección tecnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3”. 2”Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el período de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5”.- Si la inspección técnica a la estación autoriza- da es satisfactoria, se concederá autorización a la EMPRESARADIODIFUSORA 1160 S.A., hasta por el plazo de diez (10) años, comprendiéndose en éste el período de instalación y prue- ba autorizado. Artículo 6”.- El titular de la autorización está obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características técnicas a que se contraeel Artículo l”, sin la autorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese.PERCY FERNANDEZ PILCOViceministro de Comunicaciones 13363R.ESOLUCIONVICEMINISTERIAL w321-98-MTc/15.03 Lima, 14 de noviembre de 1998 VISTO el expediente organizado por la COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., para establecer una estación Retransmisora del Servicio de Radiodi-fusión Comercial por Televisión, en el distrito de Huacho, pro-vincia de Huaura; departamento de Lima; CONSIDERANDO:Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo N” 013.93.TCC, en sus Artículos 22”, 48Oy49”prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunica- ciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomu-nicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo N” 06-94-TCC, y modifi- cadop0rD.S. N”005-98-MTC,ensusArtículos 16l”yl62”indica la información y documentación que deberá acompañar la per- sona solicitante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titularinstalará los equipos requeridos para la prestación del servicioy se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Tele- comunicaciones, segúnlosInformesN”329-98-MTCXj.19.03.2. y 459.98.MTC/15.19.01., consideran procedente la solicitud de la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., al haber cumplido con Ia información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones; De conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013-93- TCC!, 06-94-TCC, 005 y 022.98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo Io.-Otorgar a la COMPAÑIA LATINO- AMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., autorización y per- miso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce(12) meses, para operar una estación Retransmisora del Servi- cio de Radiodifusión Comercial por Televisión en UHF, en el distrito de Huacho, provincia de Huaura, departamento de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación FrecuenciaCanal Indicativo PotenciaEmisión Horario Ubicación de la Planta RetransmisoraBC-TV Vídeo : 513.25 MHz Audi o: 517.75 MHz 21 OAS4S Vídeo : 500 w. Audio : 50 w. Vídeo: C3F Audio : F3E H24 Cerro Los Negritos, Dist. Huacho, Prov. Huaura, Dpto. Lima Coordenadas: L.O. 77” 35’ 49” L.S. 11” 07’ 50” El plazo de la autorización y el permiso concedido se compu- tará a partir del día siguiente de publicada la presente resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2”.- Dentro de los treinta (30) días de publicada la presente resolución, el titular de la autorización deberá cumplircon nagar. ante el Ministerio. el derecho de autorización. canon anual y por la publicación de la resolución. Artículo 3”.- La COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSIONSA., en su condición de titular de la presente autorización, está obligada a solicitar la inspección técnica a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del venci-miento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento General mencionado, debiendoasumir los gastos de viaje y viáticos que demande dicha diligen- cia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio antes de la fecha fijada para la inspección. Artículo 4”.- La presente autorización quedará sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorización se encuen-tra incurso en los siguientes casos: