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Lima. jueves 19 de noviembre de 1998 c{m Pág. 165937 Con la opinión favorable del Viceministro de Energía; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 027-93-EM; SE RESUELVE: Artículo l°.- El aporte que efectúen en el período compren- dido de enero a diciembre de ‘1999, los concesionarios de genera- ción, transmisión y distribución de energía eléctrica, así como las entidades que desarrollen exclusivamente las actividades de generación mediante autorización, será de 1% de la facturación que se realice durante el citado período, distribuid o en la forma siguiente: a) Dirección General de Electricidad 0.25% de la facturación del Ministerio de Energía y Minas b) Comisión de Tarifas Eléctricas 0,29% de la facturación c) Organismo Supervisor de la 0,46% de la facturación Inversión en Energía - OSINERG Artículo 2”.- Los obligados a efectuar el aporte, realizarán una autoliquidación mensual de sus contribuciones aplicandolos porcentajes establecidos en el artículo anterior a su factura- ción del mes, debiendo depositar los montos resultantes dentrode los quince (15) días calendario del mes siguiente. Dentro del mismo plazo remitirán a cada entidad la boleta de depósito correspondiente. Artículo 3”.- Los depósitos se harán en cuentas bancarias especiales e intangibles del Ministerio de Energía y Minas, laComisión de Tarifas Eléctricas y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG que estos organismos seña- len. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIELHOKAMA Ministro de Energía y Minas 13316 PESQUERIA Otorgan a empresa autorización para la instalación de establecimiento in- dustrial pesquero RESOLUCIONDIRECTORAl~ No 202-9%PE/DNPP Lima, 16 de noviembre de 1998 Visto los escritos con Registros Ns. CE-237001 y 03172003 de fechas 21 de julio y 8 de setiembre de 1998 respectivamente, presentados por la empresa OLDTM S.A. CONSIDERANDO: Que los Artículos 43” inciso b) numeral 4, 44” y 46” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, el que constituye derecho específicoque el Ministerio de Pesquena otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Artículo 55” del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, modificado por el Artículo 4” del Decreto Supremo N” 09-94-PE, establece que las personas naturales y jurídicas que se dediquen al procesamiento o transformación de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto requerirán de autori-zación para la instalación o aumento de la capacidad de opera-ción del establecimiento industrial; Que mediante Resolución Ministerial N” 03998-PE de fecha 29 de enero de 1998, se establecen las normas para el funciona-miento de plantas de harina de pescado residual, la cual tiene por objeto somet,er a un proceso gradual de transformación a dicho pescado residual a fin de contribuir con el aprovcchamien- to integral y racional de los recursos hidrobiológicos destinadosa las actividades de enlatado, congelado y curado, complemen- tando la función del sistema de tratamiento de residuos y desechos;Que mediante los escritos del visto la empresa OLDIM S.A. solicita se le otorgue autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero en el que desarrollará lasactividades de enlatado, curado y harina de pescado residual,ron las capacidades proyectadas de 1000 cajaskurno, 20 t/mes y 7 tJh respectivamente, a ubicarse en el Jr. Malecón Grau, Mz. J, lotes Nos. ll, 12 y 13 del asentamiento humano Florida Baja, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; Que la Dirección del Medio Ambiente mediante Oficio N” 713-9%PE/DIREMA de fecha 18 de setiembre de 1998, mani- fiesta que ha recaído calificación favorable sobre el Estudio deImpacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, mediante In- forme N” 163-98-PE/DNPP-Dn de fecha 14 de setiembre de 1998, que sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y que señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos estable-cidos en el Procedimiento N” 16 del Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado porDecreto Supremo N” OOl-98-PE, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43” inciso b) numeral 4,44” y 46” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 55”, 57”, 59” y 60” de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N” Ol-94-PE, modificado por Decreto Supre- mo N” 09-94-PE, las Resoluciones Ministeriales Ns. 322-95PE y 039-98-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo N” OlO-97-PE; SE RESUELVE: Artículo lo.- Otorgara la empresa OLDIM S.A. autoriza- ción para la instalación de un establecimiento industrial pesquero en el que desarrollará las actividades de enlatadoycurado de productos hidrobiológicos, y una planta de harinade pescado residual de carácter accesorio y de uso exclusivopara el procesamiento de los residuos de pescado y especies desechadas ylo descartadas provenientes de sus actividades principales antes mencionadas, a ubicarse en el Jr. Malecón Grau, Mz. J, lotes N”s. ll, 12 y 13 del asentamiento humano Florida Baja, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, con las siguientes capacidades proyectadas:EnlatadoCurado Harina de pescado residual: 1000 cajaskurno : 20 tlmes : 7t/h de procesamiento de residuos de pescado yespecies desechadas ylo descartadas. Artículo 2”.-La empresa OLDIM S.A. deberá instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujeción alas normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídicopesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad indus- trial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá contar con un sistema decontrol de proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como deberá cumplir con ejecutar el Estudio de Impac- to Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección del Medio Ambiente a través del Oficio N” 713-98-PE/DIREMA de fecha 18 de setiembre de 1998. Artículo 3”.- Otorgar el plazo de un (lj año, contado a partir de la fecha de expedida la presenta resolución, renovable por una sola vez y por igual período,previa presentación de la información relativa al avance de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalación de su establecimiento industrial. Previo al inicio de su actividadproductiva solicitará la inspección técnica correspondiente parala determinación de las capacidades instaladas y el otorgamien-to de las licencias de operación. Artículo 4”.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2”y 3” será causal de caducidad del derecho otorgado. Artículo 5”.- Transcríbase la presente Resolución Directo- ral a la Dirección Regional de Pesquería Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SHIMABUKURO MIYASATODirector Nacional de Procesamiento Pesquero (ej 13312