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Pág. 165928 c[ m(Ini) w 1 Nd:\ 1 *a Lima, jueves 19 de noviembre de 1998 Estación : BC-TV Frecuencia : Vídeo : 55.25MHz Audi0 : 59.75 MHz Canal : 2 Indicativo : OBY-90 Potencia : Vídeo : 20 w Audio : 2 w Emisión : Vídeo : C3F Audi0 : F3E Horario : H24 Ubicación de la Planta Retransmisora : Cerro Brujopata, Dist. La Peca, Prov. Bagua, Dpto. AmazonasCoordenadas: L.O. 78” 30’ 38” L.S. 05° 38’ 07” El plazo de la autorización y el permiso concedido se compu- tará a partir del día siguiente de publicada la presente resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2°.- Dentro de los treinta (30) días de publicada la presente resolución, el titular de la autorización deberá cumplircon pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorización, canonanual y por la publicación de la resolución. Articulo 3°.- La COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., en su condición de titular de la presente autorización, está obligada a solicitar la inspección técnica a sus instalaciones hasta antes de los 60 días calendario del venci-miento del período de instalación y prueba de conformidad con el Artículo 162” del Reglamento General mencionado, debiendoasumir los gastos de viaje y viáticos que demande dicha diligen-cia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio antes de lafecha fijada para la inspección. Artículo 4°- La presente autorización quedará sin efecto, además de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorización se encuen- tra incurso en los siguientes casos: 1° No hubiera solicitado inspección técnica dentro del plazo previsto en el Artículo 3”. 2°Si vencido el período de prueba, la inspección no se hubiera realizado por causas que le sean imputables. 3” Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el período de prue ba no hubiera cumplido con realizar la instalación de los equipos. Artículo 5”.- Si la inspección técnica a la estación autoriza- da es satisfactoria, se concederá autorización ala COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., hasta por el plazo de diez (10) años, comprendiéndose en éste el período de instalación y prueba autorizado. Artículo 6”.- El titular de la autorización está obligado a instalaryoperar el servicio acorde con la presente resolución, no pudiendo modificar las características técnicas a que se contrae el Artículo l”, sin autorización previa de este Ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 13353 Autorizan a empresas y asociación para que operen estaciones de servi- cio de radiodifusión sonora comercialy educativa RESOLUCIONVICEMINISTERIAL N”319-98-MTCY15.03 Lima. 14 de noviembre de 1998 Vista las solicitudes presentadas por la empresa RADIO DIFUSORA COMERCIAL AUSTRAL S.R.LTDA., sobre au- torización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión SonoraComercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el dis- trito, provincia y departamento de Tacna, así como el aumen-to de potencia; CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N” 549-91-T(X5.17, del 31.JUL.91, se concedió a la empresa RADIO DIFUSORA CO-MERCIAL AUSTRAL S.R.LTDA., el plazo de un (1) año, para que proceda a instalar y operar en período de prueba, unaestación del Servicio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departa-mento de Tacna; Que la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términosdel Informe N” 040-98-MTC/15.19.03.02 expresaque habiéndo- se efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación en FM, las pruebas de funcionamiento hanresultado satisfactorias y asimismo, es factible el aumento depotencia de operación, emitiendo su conformidad técnica; Que la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe N” 336-9%MTC/ 15.19.01, considera procedente autorizar la operación de la referida estación, por el plazo de diez (10) años, comprendiendoel aumento de potencia solicitado; De conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013-93- TCC y 06-94-TCC y 005-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomu- nicaciones; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa RADIO DIFUSORA COMERCIAL AUSTRAL S.R.LTDA., la operación de unaestación Transmisora del Servi-cio de Radiodifusión Sonora Comercial en Frecuencia Modulada ( FM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tacna, así como el aumento de potencia, de acuerdo a las siguientes características técnicas:Estación : BC-FM Frecuencia : 105.1MHz Indicativo : OBW-GA-FM Potencia : 1ooow. Emisión : 256F8E Horario : H24 Ubicación de Estudios y Planta Transmisora : Calle Progreso N” 43, PP.JJ. Vigil, LaVictoria, Dist., Prov. y Dpto. Tac- na. Coordenadas:L.O. 70” 14’ 08.00” L.S. 17” 59’ 49.00” Artículo 2”.- El plazo de diez (10) años, de la autorización comprende el plazo del período de prueba otorgado por R.M. N” 549-91-TCl15.17, por tanto la autorización precedente tendrá vigencia hasta el 31 de julio del año 2001. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender a la empresa RA- DIO DIFUSORA COMERCaL AUSTRAL S.R.LTDA., la co- rrespondiente Licencia de Operación, con plazo de vigencia al de la autorización otorgada. Artículo 3”.- La presente resolución dejará de surtir efectos en el caso que la empresa RADIO DIFUSORA COMERCIAL AUSTRAL S.R.LTDA. incumpla con lo establecido en el Artículo 150” del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,0 incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151” del Reglamento General acotado. Artículo 4”.- De conformidad con el Artículo 118” del Regla- mento General en mención, la empresa RADIO DIFUSORACOMERCIAL AUSTRALS.R.LTDA. no podrá introducir modi- ficaciones en las características técnicas establecidas en el Artículo 1” de la presente resolución, sin la autorización previade este Ministerio. Artículo 5”.- Los derechos otorgados en la presente.resolu- ción son intransferibles, salvo previa autorización del Ministe- rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción,caso contrario y en aplicación del Artículo 51” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo N” 013-93-TCC, la presente resolución quedará automáticamente anulada. Artículo 6”.- La empresa RADIO DIFUSORA COMERCIAL AUSTRAL S.R.LTDA. para solicitar la renovación de la autori-zación otorgada, observará el plazo previsto en el Artículo 178” del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 13362 RESOLUCIONVICEMINISTERIAL IV 320-98-MTCl15.03 Lima, 14 de noviembre de 1998