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1 .ima, miércoles 7 dc txctuhrc dc 199X e(pérwutl, Pág. 164733 Peruano, para cl funcionamiento y operación como Taller deMantenimiento Aeronáutico, con las siguientes habilitaciones: - I$$i$xiones para Aeronaves, Limitada Clase II - Habilitación para Motores. Limitada Clase II - Habilitación oara Hélices, Limitada Clase II . - Habilitación para Radio, Limitada Clase 1 Clase II - Habilitación para Accesorios, Limitada Clase 1 - Habilitación para Instrumentos, Limitada Clase 1 ArtículoSegundo.- Las habilitaciones, alasque se reiierc el Artículo Primero de la presente resolución, se encuentran descritas en el “Certificado de Taller de Mantenimiento Aero- náutico” número TMA-013, y estén limitadas a lo señalado en las “Especificaciones de Operación”; la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Articulo Tercero.- Las actividades autorizadas al ARSE- NALAERONAVAL, deben efectuarse cumpliendo estrictamen- te lo estipuladoen su Manual de Procedimientos de Inspección, cuya copia se archiva en la Dirección General de Transporte Aéreo. En el caso que se tenga que efectuar algún cambio en dichomanual deberán solicitarse la aprobación correspondiente a la Dirección General de Transporte Aéreo. Aqtículo Cuarto.- La birección General de Transporte Aéreo,efectuaráinspeccionesalTallerdeMantenimientoAero- náutico del ARSENAL AERONAVAL, a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones rstahlecidas en la presente resolución. Artículo Quinto.- La autorización que se otorga por la uresente resolución al Taller de MantenimientoAeronáuti- co del ARSENAL AERONAVAL, queda sujeta a la Le y de Aeronáutica Civil, a su reglamento, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, a la:s directivas que dicte la Direc- ción General de Transporte Aéreo y a las demás normas aplicables a la materia. Regístrese, comuníquescy publíquese ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcci6n 11510 Autorizan a procurador iniciar accio- nes a fin de hacer efectivo el cobro de multa impuesta a empresa RESOLUCIONMINISTERIAL N”420-98-MTC115.03 Lima. 1 de octubre de 1998CONSIDERANDO:Que, por Resolución Directoral N” 004~9%MTW5.20 del ljulio.98, se sancionó a la empresa ALB COURIER S.A., con multade diez (10) UIT por trans&Tedir el Reglamento dc Servi- cios y Concesiones Postales, al prestar el Servicio Postal sin autorización del Ministerio, conforme lo establece el inciso a) del Artículo 38”. concordado con el Artículo 43” del realamento acotado ;MI Que, la Dirección de Normas y Supervisión Postal de la Dirección General de Correos, segiín los términos del Infirme N” 1359%MTC/15.20.03 senala que la empresa ALB COURIER S.A.noimouenólacitadaResolución Directoral.vauealafecha no ha cumplido con el pago de la multa impuesta, por lo que resultanecesarioautorizaralProcuradorPúblicodcest(!Minis- terio a iniciar las acciones legales correspondientes; De conformidad con los Decretos Leyes N’s. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio, a iniciar las acciones legales correspondientes con- tra la empresa ALB COURIER S.A., tendientes al cobro dc lamulta impuesta por la Resolución Directoral N” 004~9%MTCY 15.20, remitiéndosele los antecedentes del caso.Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO PAUCAR CARBA<JAL Ministro de Transportes. Comunicaciones,Vivienda y Construcción ll499 Autorizan transferencias de derechos y obligaciones en favor de empresa para establecimiento del servicio de distribución de telecomunicaciones XESOLUCIONVICEMINISTERIAL W269-98-MTtY15.03 Lima, 2 de octubre de 1998 Visto, la solicitud de EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. por la cual solicita la transferencia de las concesiones, auwrizaciones, permisos y licencias a favor de TELE CABLE CONSIDERANDO: Que, por ResoluciónMinisterial N”0025-82-‘IWIE del 22.no- viembre.82 se otorgó a EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. (antes Empresa Difusora Radio Tele Sociedad AnónimaRadio Panamericana) la autorización para el establecimientodel Servicio Público de Distribución de Telecomunicaciones porCircuito Cerrado en la provincia de Lima y en la ProvinciaConstitucional del Callao, firmándose el contrato de concesión,el cual fuera elevado a Escritura Pública con fecha 3.enero.83; Que, mediante Resolución Directoral N° 0244-83-TC/TCL.11, del 22.abril.83, se autorizó a EMPRESA DIFUSORA RADIOTELE S.A. para instalar y operarunaestación radioeléctrica en el Servicio Público de Telecomunicaciones autorizado por Reso- lución Ministerial N°0025-82-TC/TEL; Que, mediante Resolución Directoral N°452-89-TC/15.17.li, del 29.noviembre.89, se autorizti a EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. para instalar y operar un Sistema de Radio- enlace Portador de Señales del servicio autorizado po r Resolu- ción Ministerial N° 0025-82-TC/TEL; Que, con fecha4.abril.90 la Dirección General deTelecomu- nicaciones expidió Ia Licencia de Operación para el Servicio Público dc Distribución de Telecomunicaciones por Circuito Cerrado en la Modalidad de Sistema de Antena Comunitaria para la Recepción de Programas de Radiodifusión por los Abo- nados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 394-90-TC/15.17, del 28.marzo.90. se autorizó a EMPRESA DIFUSORA RADIO TELES.A., a asociarse con empresa TELE CABLE S.A.yTELE MOVIL S.A., para laoperación de los servicios que tiene conce- dida de acuerdo a las condiciones y limitaciones establecidas en las autorizaciones y el contrato aprobado por Resolución Minis-terial N” 0025-82-TC/TEL; Que, en el contratocelebrado entre EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. y TELE CABLE S.A. se estipuló que la última deberá prestar y afectar a favor de la primera, los servicios para explotar el Sistema de Antena Comunitaria para la Recepción de Programas de Radiodifusión por los Abonados: Que, la Primera Disposición Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De- creto Supremo N” 013-93-TCC, establece que las concesiones, autorizaciones, permisos y licencias otorgadas antes de la vigen- ciadeestaleydeberánadecuarsealrégimenestablecidoenella, en unplazo que no excedera de seis mesesapdrtirdelavigencia desu reglamento, por lo que envirtud de lo dispuesto, oportuna- mente, EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A., solicitó laadecuación de su concesión, autorización, permisos y licencias al Servicio de Distribución de Radiodifusión por cable, de acuerdo a la normatividad vigente; Que,mediante cartas de fechas 4.setiembre.98 y 23.setiem- bre.98 EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. solicitó la autorización para la transferencia de susconcesiones, autoriza- ciones, permisos y licencias, detallados en los considerandosprecedentes. a favor de TELE CABLE S.A.: Que, mediante Declaración Jurada de fecha 23.setiembre.98 TELE CABLE S.A. se ha comprometido a continuar con el proceso de adecuación al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones , de las autorizaciones, concesiones, permi- sos y licencias solicitado por EMPRESA DIFUSORA RADIO TELE S.A. mediante carta de fecha 2ö.julio.94; Que.el Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones, aprobado por D.S. N” 06-94-TCC y modificado por los Decretos Supremos N’s. 005-98-MTC y 022-98-MTC, dispone en su Ar-