Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1998 (07/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

418-98-MTC/15.19.Ol.,considera n procedente lasolicit.uddela empresa RADIO MAR S.A., al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Le y de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N"s . 013-9:JTCC, 06-94-TC C y 005-98-MTC; y. Con la opinion favorable del Director General de Telccomunicacioncs; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a la empresa RADIO MAR S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses. para opera r una estacion Retransmisorade l ServiciodeRadiodifusionSonoraComercial enOndaCortaTropical(OCT),ubicadaeneldistritoypr(>vincia deBagua,deparLamentodeAmazonas,deacuerdo lassiguiena te s caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : : : : : : BC-OCT 4905 KHZ OAZ-9D 1OKw. lOA3E H24

distrito de Pueblo MORDAZA , provincia de Chincha, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 013-93-TCC, en sus Articulos 22°, 48° y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 06-94-TCC. v modificado por D.S. N° 005-980-MTC, en sus Articulos 161° y 162" indica la i n f o r m a n persona a solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones segun los imformes n°s309-98-MTC/15.19.03.02 y 428-98-MTC/15.19.01., ,consideran procedente la solicitud de la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A. al habercumplidoconlainformacionydocumentacionexigidapor el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N°s 013-93`I-CC , Oo-94.TCC ,005 y 022-98-MTC; y, Con laopinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGROS.A.,autorizacion y permisode instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM) , ubicada en el distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica , de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : BC-FM : 99.3 MHz : (XT-513 : 500 w. : 256F8E : H24 : .Jr . Chavin N°314, Dist. Pueblo Nue. VO, Prov.Chincha Dpto . Ica. , Coordenadas: L.O. 76" 08' 04" 1 .S. 13" 24' 19" AL . El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2". - Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion deberacumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3". - La empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A.. en su condicitin de titular de la presente autorieacion,cstaobligadaasolici~ar1;~inspeccionLec~icaasus instalaciones hast a MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162 del Reglamento General mencionado, debiendo , asumirlosgastosdeviaje.yviatic~>squcdemandedichadiligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fech afijada para la inspeccion. Articulo 4". - La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento Gcncral ,si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el ArLicul o 3". 2" Si vencido cl periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizad opor causas que le MORDAZA imputables. . 3"S i las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencidocl periododcpruehanohubieracumplidoconrealizarla instalacion do los equipos. Articulo 5". - Si la inspeccion Lknic a a la estacion autorixada es satisfxtoria , concedera autorizacion a la empresa SC RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL AGRO S.A., hasta por el plax o de die z (101 anos, comprendiendose en este el periodo de instalacio n prueba autorizado. y

: Cerro Brujo Pata N" 743, Dist y Prov. Bagua , Dpto. Amazonas Coordenadas: 11 .o . 78" 70' 25" , < LS . 05" 37' 58"

Elplazodelaautorizacionye permisoconcedidose compul MORDAZA a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 29- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3". - La empresa RADIO MAR S.A., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de lo s 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4". - La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su se Reglamento General, si el titular de la autorizacio n encuentra incurso en los siguientes casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo X'. 2° Sivencido el lperiodode prueba, la inspeccionnose hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3"S i las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias ,o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5°.- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizaciun a la empresa RADIOMARSA., hastaporel plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6". - El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y o p e r ano r pudiendomodificarlascaract~risticastecnicasaquesc~contrae el Articulo l" , sin autorizacion n previa de este Ministerio. Registresc ,comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 11531 RESOLUCIONVICEMINISTJZRIAL N°273-98-MTC/15.03 MORDAZA, 2 de octubre de 1998 VISTO el Expediente organizado por la empresa RADIO HORIZONTE LA VOZ DEL, AGRO S.A.. para establecer r una estacion Transmisora del Servicio de Radiodifusion Sonora Comercial en Frecuencia Modulada (FM) , ubicada en el

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