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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 1998 (17/10/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

-. --- El término Depositante(s) no comprende a las entidades de desarrollo de la pequeña y microempresa 1 EDPYMEs) no auto- rizadas a captar recursos del público mediante depósitos u otra modalidadcontractual. 2. De los depósitos ouernigh t en el Banco Central de Reserva del Perú a. Los depósitos se efectúan en dólares de los Estados Unidos de América ene1 Banco Central de Reserva del Perú y no forman parte de los fondos de encaje. b. El plazo de los depósitos es de un dla hábil. c. El monto mínimo de los depósitos es de US$ 10 millones. d. Los depósitos devengan intereses a una tasa equivalente a la que el Banco Central obtiene en promedio por sus depósitos overnigh t en el exterior más 0,05 punto:< porcentuales. 3. Del procedimiento para la constitución y devolu- ción de los depósitos ouernight La constitución de los depósitos ouernigh t se efectúa a partir de transferencias de fondos de la cuenta corriente en moneda extranjera que el Depositante mantiene en este BancoCentral. La conformidad del depósito se sujeta a la validez de la transferencia, realizada según el procedimiento correspondien-te, y ala disponibilidad de recursos suficientes en dicha cuentacorriente. Se autoriza una sola cuenta do deposit o overnight por Depositante. Las instrucciones para la constitucisín de depósitosouer- night por parte de los 1)epositantcs -y la+ consiguientes instrucciones de cargo en las correspondientes cuentas co- rrientes- son emitidas a más tardara las 15 :K) horas del día en que se establecen dichos deprkito< de acuerdo con !os procedimientos para efectuar transferencias de fondos en cuenta corriente. La devolución de los fondos depositados se efectúa al venci- miento mediante abono en la cuenta corriente del Depositante. La presente circular rige a partir del ‘r 9 de octubre de 1998. JAVIER DE LA ROCHA MARIEGerente General 12025 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban la recepción de obras para uso de gran industria de parcela ubica- da en la jurisdicción del distrito RESOLUCION DE ALCALDIA N” 0515 I Ate, 10 de setiembre de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPAL DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N” 8571-98 del 10.8.98 y su acumulativo del 2.9.98, seguidos por el Sr. *Jorge Luis Mario Carbajal Gorvenia y otros, por los cuales solicitan la aprobación de la Habilitación Urbana y la recepción de obras para Uso de Gran Industria I-3 de la parcela A-l-A, que cuenta con un área de terreno de 8,105.63 m2 ubicado en el distrito de Ate, provmcia y departa- mento de Lima; así como la precisión de los linderos y medidas perimétricas de las unidades inmobiliarias independizadas con Resolución N” 22%9X-MMIJDMDU; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución N” lOO-97.MLM-DMDU de fecha 14 de mayo de 1997, la Municipalidad Metropolitana de Lima autorizó la independización del terreno matriz de 21,820.OO m2, en dos sublotes: A- 1 con 14,042.66 m2 y A-2 con 7,785.34 m2; así como aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Gran Industna I-3 del sublote A-7 de 14,042.67 m2 que forma parte del área matriz de 21,828.OO rn2 antes descrito ubicado en el valle de Ate, distrito de Ate, provincia y departa- mcnto dt> Lima, en base al anteproyecto que fikwra en el Plano N”055-9?-MML-DGO-DHU y sujetándose la calificación de los Proyectos Definitivos al Tipo H;Que, con fecha 14 de julio de 1998, la Comuna Metropolitana emite la Resolución No 223-98-MMUDMDU por la cual autoriza la independización de la parcela A-l de 14,042.66 m2 en dos parcelas: A-1-A con 8,105.63 m2 y A-l-B con $93’7.03 m2, así como aprueba los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana para Uso de Gran Industria I-3 y la recepción de obras de laparcela A-l-A de 8,105.65 m2, conforme aparecen de los planos signados con los Ws. 105-98 y 119-98-MMLDGO-DHU-DCO, respectivamente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3” y Segunda Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N” 26878, a partir de la fecha de su vigencia, esto es, del 21 de noviembre de 1997, es competencia de las Municipalidades Distritales, en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial, conocer y aprobar las solicitudes dehabilitación urbana, incluyendo los casos de regularización dehabilitaciones pendientes o en trámite; Que, en tal sentido, la Municipalidad Metropolitana de Lima carecía de competencia para emitir el 14 de julio de 1998 la Resolución No 223-98-MLIWDMDU, en cuanto a la aproba- ción de los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana yrecepción de obras se refiere, por cuanto a esa fecha ya se encontraba vigente la Ley No 26878 que confiere esta atribu- ción a la Municipalidad Distrital de Ate al tratarse de un terreno ubicado dentro de su jurisdicción, deviniendo en nuloslos Artículos tercero y cuarto de la citada resolución, tal como lo prevé el inciso a) del Artículo 43” del D.S. N” 02-94-JUS, quedando subsistente en ella únicamente el Artículo Primero relacionado a la aprobación de la independización de la parcela A-l de 14,042.66 m2 en dos parcelas: A-l-A y A-l-B, de 8,105.6 3 m2 y 5,937.0 3 m2, respectivamente; Que, el inciso b) del Artículo 9” del Decreto Supremo No Oll-98”MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Re- glamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, per- mite dar por cumplida la Etapa de Aprobación de la Habilita-ción Urbana cuando se cuente con resolución consentida de la autoridad competente que apruebe los Estudios Prelimina-res y/o Estudios Definitivos del Proyecto de Habilitación Urbana; Que, en el caso de autos los recurrentes cuentan con la Resolución No lOO-97-MLM-DMDU emitida por autoridad competente y con la cual se aprobó los Estudios Preliminares del sublote A-l de 14,042.67 m2, así como con la independi- zación autorizada con el Artículo 1” de la Resolución No 223- 98-MMUDMDU de este sublote A-l en dos parcelas: A-l-A con 8,105.63 m2 y A-l-B con 5,937.03 m2, por lo que es procedente dar por cumplida la Etapa de Aprobación de la Habilitación Urbana del sublote A-l-A del cual son propieta- rios, en mérito al dispositivo legal referido en el considerandoprecedente y al haberse cumplido con presentar los requisitosespecificados en el Artículo 5” de la Ley No 26878 y redimido en dinero los déficit de aportes reglamentarios con Compro-bante de Pago No 24227 del 4.9.98, tal como se da cuenta con Informes N” 010-98-OGO, N° 090-98-AL y n° 204-98-DCU- y N-DAT-MDA; Que, por otro lado y estando al escrito acumulativo a este expediente presentado el 2.9.98, así como a la Esquela de Observación emitida el 3.9.98 por la Oficina Registra1 de Limay Callao, corresponde aclarar el Artículo 1” de la Resolución N 223-98-MML/DMDU en cuanto al detalle de los linderos y medidas perimétricas de las unidades inmobiliarias a indepen- dizar, en los términos consignados en el Informe No 020-98- OGO-DCUyN-DAT-MDA; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 6) DEL ARTICULO 47” DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES No 23853 Y LA LEY GENERAL DE HABILITACIONES URBANAS N” 26878; RESUELVE: Artículo Primero.- Aclarar el Artículo 1” de la Resolución No 223-98-MML/DMDU del 14 de julio de 1998, precisándose que los linderos y medidas perimét&as de la unidád inmobilia- ria a independizar conforme al Plano signado con el N” 015-98- DCUyN-DAT/MDA, es como sigue: Parcela A-l-A: Por el Norte : Con propiedad de terceros con 110.56 ml. Por el Este : Con la parcela A-l-B con 71.96 ml(33.99+3.00+35.97) en línea quebrada. Por el Oeste : Con la avenida La Molina con 78.406 ml. Por el Sur : Con el sublote A-2 con 103.539 ml y la parcela A-l con 6.561 ml. Haciendo un perímetro total de 371.026 metros lineales. b. Parcela A-l-6: Por el Norte : Con propiedad de terceros con una Iíneade cuatro tramos con 37.14 ml.