Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 1998 (22/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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tado por la concesionaria LUZ DEL SUR S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N"s. 8425, 8426 y 8427, ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, LUZ DEL SUR S.A., concesionaria de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema N" 031-94EM de fecha 8 de MORDAZA de 1994 y Resolucion Suprema N" 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la regularizacion de las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica Ns. 8425, 8426 y 8427; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N" 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley N 25844 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-FM. J Que, la Direccion General de Electricidad luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 0%95PCM, ha emitido el Informe favorable N" 147-98-EMDGE; De conformidad a lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 1lO"yArticulo 111"del Decreto Ley N"25844, Articulo 1"del Decreto Supremo N" 03-95-PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l".- IMPONGASE, a favor de LUZ DEL SUR S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, las Servidumbres de Ocupacion de bienes para Subestaciones de Distribucion Electrica N"s. 8425, 8426 y 8427. ubicadas en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; de acuerdo a la documentacion tecnica y a los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano, los dias 14 y 15 de setiembre de 1998. Articulo 29. Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 39- LUZ DEL SUR S.A. debera adoptar las medidas necesarias a tin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- LUZ DEL SUR S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 11595 CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 22 de

octubre de 1998

Que, el 30.11.94? previa Licitacion Publica N" 04894-EMDEP, el Mimsterio de Energia y Minas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, suscribio con el contratista SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A. (SERVICON) - MORDAZA Y ASOCIADOS CONTRATISTAS GENERALES S.A., ASOCIADOS, el Contrato N" 140-94-EM/DEP, para la ejecucion de la obra: "Lineas y Redes Primarias del Pequeno Sistema Electrico de Chumbivilcas", en la provincia de Chumbivilcas, departamento de MORDAZA, por un monto de S/. 1 972 817.79. incluido IGV. Y un nlazo de eiecucion de 150 dias calendario; Que. nor Resolucion Directoral N" llO-98-EMDEP. del 17.3.98;se aprobo la Liquidacion Final del Contrato W i409CEM/DEP, determinandose un monto lina1 de ejecucion de S/. 2 312 483,10, incluido IGV, y un saldo en contra a cargo del contratista de S/. 203 616,72, por concepto de mayores pagos efectuados y multa por atraso en el termino de la obra; Que, por Resolucion Directoral N" 190-98-EM/DEP, del 5.598, se declaro improcedente por extemporaneo el Recurso de Reconsideracion formulado por el contratista contra la Resolucion Directoral No llO-98-EMDEP, al haber sido presentado, estando vencido en exceso el plazo establecido para interponerlo validamente; Que, por Resolucion Ministerial N" 280-98-EMAME, del 12.6.98, se declaro improcedente el Recurso de Apelacion formulado por el contratista contra la Resolucion Directoral N" 190-98-EMDEP, al haber hecho uso previo del Recurso de Reconsideracion, siendo ambos recursos de caracter excluyente, de conformidad con el Articulo 5.8.8. del Reglamento Unico de Licitaciones y Contratos de Obras i'-bli;as RULCOP, aprobado por Decreto Supremo N" 034I" _

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial destinado al cobro de saldo deudor resultante en liquidacion final de contrato de obra
RESOLUCION MINISTERIAL W 503-SS-EMBG MORDAZA, 19 de octubre de 1998 Visto, el Memorandum N" 0498-98-EMDEP, de fecha 1.10.98, de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas;

Que, por Resolucion Ministerial N" 313-98-EMNME, del 1.7.98, se declaro infundada la queja formulada por el contratista, con fecha 25.6.98, por supuesto defecto de tramitacion del documento denominado "Recurso de Revision" de fecha 18.6.98, el mismo que fue devuelto mediante Oficio N" 804-EM/DEP, del 19.6.98; Que, no habiendo el contratista formulado Recurso de Revision ante el Tribunal Superior de Licitaciones y Contratos de Obras Publicas, la Liquidacion Final del Contrato, aprobada por Resolucion Directoral N" 1 lo-98EM/DEP del 17.3.98, ha quedado consentida administrativamente; Que, mediante el Recibo de Ingresos N" 0000782, de fecha 13.7.98, el contratista efectuo un pago parcial de S/. 55 86569, quedando reducido el saldo en su contra a S/. 147 751,03, comprometiendose, mediante Carta N SVCISAN-065 98 del 7.7.98, a cancelar el saldo restante MORDAZA del 29.7.98, lo cual no ocurrio, pese a los requerimientos administrativos efectuados; posteriormente, con fecha 30.9.98, se procedio a ejecutar la Carta Fianza N 001124, del Banco Interbank, por S/. 86 OOO,OO, otorgada por el contratista como sustitucion del Fondo de Garantia, emitiendose el Recibo de Ingresos N" 0001086 de fecha 1.10.98, por dicho monto, quedando reducido el saldo en contra a S/. 61 751,03; Que, estando a los hechos expuestos y, luego de agotadas las gestiones directas, es necesario se autorice al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, a efecto de que inicie las acciones legales pertinentes contra el contratista SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A. (SERVICON) - MORDAZA Y ASOCIADOS CONTRATISTAS GENERALES S.A., ASOCIADOS, e individualmente a cada una de las empresas que conforman dicha asociacion, a fin de resarcir al Estado con la suma de S/. 61 751,03, importe del saldo deudor del contratista resultante de la Liquidacion del Contrato N" 140-94-EMDEP, aprobada por Resolucion Directoral N" llO-98-EMDEP, deducidas las cancelaciones parciales MORDAZA indicadas, mas los intereses legales, costas y costos respectivos; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47" de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley N" 17537, modificado por el Decreto Ley N" 17667, Decreto Ley No 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas, y Articulos 20" y 21" de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo W 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Minis-

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