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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (09/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

Lima, miércoles 4, de sctiemhrc de 1998 cl- Pág. 163767 Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. SS. SALAS VILLALOBOS; RODRIGUEZ ZEBALLOS; JAICO MARTINEZ 10166 Declaran infundada tacha formulada contra candidato a la Alcaldía Distrital de Ancón JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION W 15-98-JEEL Lima, 8 de setiembre de mil novecientos noventiocho. VISTOS; la solicitud de tacha interpuesta por la ciudadana Jessica Patricia Caldas Córdova, contra el candidato a la Alcaldía Distrital de Ancón por el Movimiento Independiente Vamos Vecino MIGUEL ALBERTO ORTECHO ROMERO, uien fundamen- ta su tacha, en que el referido candi ato a la Alcaldía 3 fue condenado a 1 año de pena privativa de la libertad, por el Sexto Juzgado Penal de Lima, mediante sen- tencia recaída en el Proceso N” 40-91, de fecha 10 de agosto de 1992, la misma que fuera confirmada por la Décima Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Lima, mediante ejecutoria del 12 de abril de mil novecientos noventitrés; así como por la sentencia de fecha 4 de diciembre del año de 1995, recaída en el proceso penal N” 113-94, tramitado ante el Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima, en la que se le condena a un (1) año de pena privativa de la libertad, suspendida condicionalmente, la que también fuese confirmada mediante ejecutoria del día 10 de mayo del ano de 1996; ampara su pedido además, en el proceso penal tramitado ante el 6to. Juzgado Penal del Cono Norte de Lima, el mismo que se encontraría con Dictamen Final del señor Fiscal Provincial; por la Denuncia N” 125-98 presentada ante la Décima Fis- calía Provisional del Callao, por la comisión del delito de Peculado; por el proceso Civil N” 98019-0112-JC02 sobre nulidad de escritura pública de compraventa de terreno de la Municipalidad de Ancón, el mismo que gira ante el Segundo Juzgado Especializado Civil del Cono Norte; y por último por el Proceso Penal N” 695, gor delito de abuso de autoridad, tramitado ante el egundo Juzgado Penal del Cono Norte; CONSIDE- RANDO: Primero: Que, el Artículo 23” de la Ley Orgánica de Municipalidades establece cuáles son los impedimentos para desempeñar el cargo de Alcalde y Regidores, indicando el inciso 8~0. (. .) los que tengan proceso judicial pendiente con las respectivas muni- cipalidades (... j, y el inciso 9no. Los que hayan sido condenados por delito doloso; Segundo: Que, si bien es cierto que el candidato a la Alcaldía Distrital de Ancón, Miguel Ortecho Romero, ha sido sujeto de dos condenas, éstas quedaron consentidas, como es de verse de las copias simples de las sentencias y ejecu- torias que se acompañan; Tercero.- Al haber sido condenado por el Sexto Juzgado Penal de Lima el 10 de agosto del año de 1992, a 1 año de pena privativa de la libertad, suspendida condicionalmente. ésta ha quedado confirmada por ejecutoria del 12 de abril de 1993; y en cuanto a la sentencia emitida por el Vigésimo Sétimo Juzgado Penal de Lima de fecha 4 de diciembre de 1995 a 1 año de pena privativa de la libertad, ésta quedó confirmada por Ejecutoria del 10 de mayo del año de 1996; Cuarto.- Al haber trans- currido a la fecha los plazos de la pena privativa de la libertad que se le impusieran, éste ha quedado rehabilitado sin más trámite, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 69” del Código penal; Quinto.- Y, en cuanto a que este candidato a la Municipalidad de Ancón se encuentra sometido a diversos procesos judiciales penales, debe de tenerse en cuenta lo establecido en el Artículo 2”, inciso 24), apartado “e” de nuestra Carta Magna, que reconoce la Presunción de Inocencia, por la que se tiene como/ : -mocente a toda persona mientras no se haya decla- rado judicialmente su responsabilidad; Sexto.- Que, si bien es cierto que se encuentra también inhabilita- do para postular al cargo de Alcalde aquella persona que tenga proceso judicial pendiente con las res ec- tivas municipalidades, de los acompañados a la so P.ici- tud de tacha se aprecia que el proceso civil sobre nulidad de Escritura Pública de compraventa trami- tado ante el Segundo Juzgado Especializado Civil del Cono Norte, es entre personas distintas al candidato tachado, por lo tanto no tiene proceso judicial pen- diente con la Municipalidad a la que postula; por estas consideraciones el Jurado Electoral Especial de Lima, RESUELVE POR UNANIMIDAD: Artículo Uni- co: Declarar INFUNDADAla tacha formulada por la ciudadana Jessica Patricia Caldas Córdova contra el candidato a la Alcaldía Distrital de Ancón por el Movimiento Independiente Vamos Vecino MIGUEL ALBERTO ORTECHO ROMERO; Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS VILLALOBOS; RODRIGUEZ ZEBALLOS; JAICO MARTINEZ 10169 Listas de candidatos para Alcaldes y Regidores de los Concejos Distrita- les de Lince, Ate Marte, Chaclacayo, Cieneguilla y Lurigancho JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA RESOLUCION W 015.98-JEEL Lima, 8 de setiembre de 1998 VISTO, las solicitudes de inscripción de candidatos a Alcaldes y Regidores para los Concejos Municipales Distritales de Lince, Ate-Vitarte, Chaclacayo, Cienegui- lla y Lurigancho, remitidos por la Oficina Descentrahza- da de Procesos Electorales de Lima para su inscripción ante este órgano electoral, y publicación conforme a lo que dispone en su arte pertinente el Artículo 10” de la Ley de Elecciones kunicipales N” 26864. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15” de la Ley de Elecciones Muni- cipales N” 26864, dispone que cerrada la inscripción de candidatos, los Jurados Electorales Especiales man- dan publicar por medio de avisos o carteles, las listas de candidatos inscritos en la capital de la provincia y en la del distrito correspondiente a través de las oficinas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, estando a la verificación realizada or la Oficina Descentralizada de Procesos Electora es Pde Lima, se establece que las referidas listas cumplen con los requisitos formales exigidos por la ley y a la revisión realizada por este Jurado Electoral, confor- me lo dispone el inciso d) del Artículo 36” de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones N” 26486, concordante con el Artículo 10” en su parte pertinente y el Artículo 15” de la Ley de Elecciones Municipales N” 26864; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el registro de Lis- tas de Candidatos para Alcaldes y Regidores del Jurado Electoral Especial de Lima, las listas a que se refieren los oficios en la parte de vistos, y que en anexo forman parte integrante de esta resolución, remitidos por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Lima, que participarán en el proceso electoral del 11 de octubre del año en curso.