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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (11/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 163838 ~tpétr#uu,~;iY:~W:~ Lima. viernes l l de setiembre de 1998 m) Valores Nacionales: aquellos emitidos por emisores cons- tituidos en el país; y, nlValoresRepresenlativos:V,ilorc~squert~l>resentanderechos sobre otros valores. Salvo mención en contra, la referencia a artículos determina- dos deben entenderse efectuadas a las correspondientes al presen- te reglamento. Artículo J’.- Cualquier valor mohihario puede ser objeto de listado, Y deslistado a iniciativa de las entidades emisoras, tenedore~devaloresmobiliarios~~las~oc~edadesagentesdebolsa, según corresponda. en el RBVL. Artículo 4”.- La solicitud de bstado o deshstado en el RBVL de todo valor genera para el emisor y las sociedades agentes de bolsa, la obligación de presentar oportunamente la información que se le requiera, conliirme a este reglamento y demas normas pertinentes. La Bolsa podra solicitar informacion adicional relativa a la empresa o a los valores objeto de la sohcitud. cuya div,Lilgación pueda influir en la cotiza&n de los valows o en las deci4onc.s de inversion. TITULO ll DEL LISTADO DE VALORES EN EL RBVL CAPITULO 1 DE LOS REQUISITOS PARA LISTAR VALORES NACIONALES Artículo 5”.- A efectos d<> obtener cl listado de valores nacionales en la Bolsa, se acompañará ala solicitud respectiva: ai Estados Financieros Audrtados y Memoria dei emisor, correspondientes a los dos ultimos ejercicios económicos, y sus estados financieros no auditados al trimestre anterior a la fecha de la solicitud, así corno los Estados Firuincieras Consolidados Auditadoh de los dos últimos aB<~s, de ser el caso. Cuando la emisora tuviese menos de dos años de ronstitui- da. oresentará el Balance General de Aoertura v los Estados Fin&ieros No Auditados del elercicio’en cu&, cerrado al trimestre anterior a la fecha de presentación de la solicitud y, si fuera el caso. la Memoria. su Estado Financiero Anual Auditado así como los Estados Frnancieroì; Consolidados Audirados co- rrespondientes. bl Copia simple actualizada de la ficha registra1 crnrrespon diente a la emisora, expedid.r por el Registro de Personas Juridicas de la Ohcina Registr.11 respectiva o instrumento legal equivaicnte. c) <:opia simple del acuerd~i ndoptado por el <irgano compe- tente de la entidad emisora para incorporar a la ne<ociacion bursátil los valores, o wnia del contrato de emisión o nxtrumen- to legal equwalente, c&do corresponda En case que los tenedores <Ira valores promuevan eI listado, la solicitud deber,i contener los datos relativos a 1o.s t*nedores. los valores que posee cada unr\. la designación de un represrn- tantr y un domicilio c<,mún Scgiin crirresponda. se sustentará en acuerdo suscrito por: -Accionistas que representen por lo menos el veint cmco por ciento I 25’1 r del capital social del emisor o. - Tenedores de acciones dr*l trabajo que reprexnten el veinticinco por cientc (2.5’: ) de la Cuenta de PWI icipación Patrimonial del Trabajo, o -Tenedores de valores reprwentatrvnr de deuda, que repre- senten la mayoría absoluta del monto de emisión en circulación, salvo estipulacirin distinta en el contrato de emwirin o instru- mento legal equivalente. dj t:opia simple de la Escritura I’úhhca de Constitucion y un ejemplar actualizado del estatuto de la emisora debidamente suscrito por su representante legal Si hubiere algun aumento de capital o modificación estatutaria en proceso de inxripción, deberá presentarse copia del arurrdo rertificada por notario. e) Copia simple de la Exritura Pública. el contrato de emision e instrumento legal equivalente. donde consten las condiciones o caracteristicas de los valores, siempre que no aparezcan en el estatuto social Entre las características deberá incluirse necesariamente la Lxntrdad de valores, el importe total, la fecha de emwon, el valor nominal, derechos y ohligacio- nes que estos representan. su plazo de vigencia. mode de trans- misión y. cuando corresponda, la fecha de vencimiemo. fl t%natancia de haber cehtrrado el contrato para la Repre- sentacion de Valores por Anotaciones en Cuenta. expedida por una lnstitucion de Compcnsawm v Liquidación de Valores del país. En et caso de valores mantenidos en instituciones del exte- rior encargadas de la custodia. compensación y liquidacion de valores, deberá acreditarse la suscripcion del convenio respecti- vo entre las instituciones del twerwr mencionadas y ‘ma Insti- tución de Compensacion y Liquidar ion de Valorw del pars, o un informe detallando tos medio5 y fxihdades para la custodia, compensaci»n, y Iiquidacron dt, ex).\ wlorcs. g, De conformidad con la norma correspondente. la clasifi- cacion del riesgo del valor mohibat-io. hl Datos del representante qw 1 ramita el list tido, iisi como el poder que lo autornr para realizarla.il Designación de la persona, domiciliada en el Perú, ue será la representante ante la Bolsa durante la vigencia del 9.istado. jiRelación de accionistas que representenuna participación sunerior al cinco nor ciento (5%~ del capital social, directores Y plana gerencia1 de la empresa emisora de los valores; así corno dé las personas jurídicas integrantes del grupo económico al que pertenece la emisora. k) Copia simple del acuerdo de la Junta General de Accionis- tas en la que conste la política de dividendos aprobada cuando los valores a listar tengan derecho a dividendos. 1) Informe indicando los principales negocios de la sociedad, proyectos y aquellos aspectos que su Directorio considere oportu- nos por su relevancia para los inversionistas. Deberá precisarse los dividendos y derechos o beneficios pendientes de entrega. ml Modelo del título, cuando fuere el caso. nl Copia simple del acuerdo adoptado por el órgano compe- tente de la emisora sometiendose a las normas y disposiciones de la Bolsa. La documentación se presentará en tres ejemplares. Las personas jurídicas constituidas en el extranjero la presentarán en original o copias autenticadas en su idioma original, y en espanol. Los documentos equivalentes a los señalados en este artículo. que correspondan: deberán estar autenticados por las autoridades nacionales. Artículo 6”.- Sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 5”: para el listado de acciones parcialmente pagadas se debera presentar copia del acuerdo de la Junta General de Accionistas en el que conste que: ar Todas las acciones se encuentran pagadas en el mismo porcentaje en relación a su valor nominal; b, Los pagos hasta su cancelación se efectuarán en fechas fijas; ci La sociedad se encuentra obligada a comunicara la Bolsa v a la Institución de Comoensación v Liauidación de Valores donde estuvieren listadas ias acciones, el incumplimiento en el pago de éstas. Para tal efecto, presentará la relación de acciones imoasas antes del inicio de la Rueda corresoondiente al dfasi&& al de la fecha de pago, a los efectos-de su difusión y anotación en el registro de anotaciones en cuenta, respectiva- mente; y, d) La sociedad se responsabiliza por las consecuencias deri- vadas del incumplimiento o retardo en efectuar la comunicación a que se refiere el inciso cl de este artículo. Artículo r.- Cuando el listado se sustente en solicitud de accionistas que representen por lo menos el veinticinco por ciento (254) del capital social del emisor, el listado se limitará a las acciones representativas de capital pertenecientes a los peticionarios. Esta solicitud deberá venir acompañada del requerimiento al emisor para la conformación de una nueva clase accionaria. Para el listado de estas acciones la emisora presentará copia de la Escritura Pública en la que conste la modificación estatu- taria referida a la creación de esta nueva clase accionaria. Artículo S”.- A efectos de listar cuotas representadas por certificados de participación de Fondos Mutuos, adicionalmente ala información prevista en el Artículo 5” incisos al, bl, c), d), hl. i,, j 1 y- ni respecto de las sociedades administradoras, se presen- tará copia de la ficha de inscripción de la sociedad administra- dora en el Registro e información respecto de las garantías otorgadas ante CONASEV. Respecto de los Fondos Mutuos se presentara ia siguiente información: al Copia del certificado de inscripción del Fondo Mutuo en el Registro; b) Estados Financieros y Memorias conforme alo previsto en el inciso al del Artículo 5”: ci Copia del prospecto de colocación y su información actua- lizada, cuando corresponda; dl Copia actualizada del modelo de contrato que se suscribe entre la sociedad administradora y los partícipes; ej Cooia actualizada del Reslamento Interno del Fondo Mutuo; . fl Modelo del valor, cuando corresponda, de acuerdo a los requisitos establecidos por las normas pertinentes: ge Constancia de inscripción del custodio en el Registro; asf corno un ejemplar del contrato suscrito por la sociedad admmis- tradora y dicho custodio; y, he Constancia o informe a que hace referencia el inciso f3 del Artículo 5”. En los supuestos de los incisos c), dl y el anteriores se presentará. cuando corresponda, copia de las comunicaciones escritas expedidas por CONASEV autorizando las moditicacio- nes a dichos documentos. Artículo W.- A efectos de listar cuotas representadas por certificados de participación de Fondos de Inversión, adicional- mente a la información prevista en el Articulo 5” incisos a), b), cl, d 1. h ), i 1, j 1, y n) respecto de las sociedades administradoras, se presentará copia de la ficha de inscripción de la sociedad adminis- tradora en el Registro. Respecto de los Fondos de Inversion se presentará la si- guiente información: