Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 1X de setiembre de 1 YYX RESUELVE: Declarar FUNDADA la tacha mterpuesta. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. SS. MORDAZA VILLALOBOS; RODRIGUE2 ZEBALLOS; MORDAZA MORDAZA 10594 MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA RESOLUCION N" 046-984EEL EXP. N" 197-98 MORDAZA, catorce de setiembre de mil novecientos noventiocho. VISTO; la solicitud de tacha interpuesta por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el candidato al cargo de MORDAZA por la Municipalidad Distrital de .Magdalena MORDAZA por el Movimiento SOMOS PERU, senor MORDAZA MORDAZA GARREES MORDAZA, quien fundamenta su tacha, en que este ciudadano se encuentra ejerciendo el cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA por el movimiento Somos Peru; y que tiene registrado como su domicilio ante el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil el ubicado en la MORDAZA Navarra N 490 en la urbanizacion Higuereta en el distrito de MORDAZA de Surco; ademas, que este recientemente se ha mudado al inmueble ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA Oeste ;2i 955, departamento N" 201- MORDAZA del Mar; CONSIDERANDO: Primero.- Que, el inciso 2) del Articulo 6" de la Ley de Elecciones Municipales establece como uno de los requisitos para postular al cargo de MORDAZA o Regidor el de domiciliar en la provincia o distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos, v en caso de domicilio multiple rigen las disposiciones del Articulo 35" del Codigo Civil. Segundo.- Que, el inciso 4) del Articulo 26" dt2 la Ley Organica de Municipalidades est.ablece que vaca el cargo de MORDAZA o regidor por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad. Tercero.- Que, el ciudadano recurrente, a su exrito de tacha adjunta como prueba instrumental MORDAZA simple de la ficha de inscripcion del candidato tachado, de la que se establece que este al inscribirse ante el Registro Nacional de Identificacion indico como su domicilio el ubicado en la MORDAZA Navarra N" 490 Higuereta - MORDAZA de MORDAZA, domicilio distinto al ubicado en la avenidaJavier PradoOeste N 955, departamento N" 201 - MORDAZA MORDAZA, que este senalo en su ficha de inscripcion como candidato y que obra ante este Jurado; Cuarto.- Se adjunta ademas a esta solicitud de tacha MORDAZA de la constatacion policial, efectuada el 10 de setiembre ultimo por un efectivo policial de la Comisaria de MORDAZA, en la que seconstataqueelcandidatotachadoseencuentraresidiendoen el inmueble ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA Oeste W 955, departamento N" 201 - MORDAZA MORDAZA un mes y medio MORDAZA de dicha verificacion. Quinto.- Que, de lo expuesto anteriormente SC llega a la conclusion que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Garrues MORDAZA, no cumple con el requisito formal establecido en el inciso 2) del Articulo 6" de la Ley de Elecciones Mumcipales, en donde se establece como un requisito el de domiciliar en la circunscripcion municipal donde se postula. con una anterioridad no menor de dos anos, y que en el presente caso se ha demostrado que este se encuentra residiendo en la avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N" 955 departamento N" 201, menos de dos meses, como 6's de verse de la constatacion policial MORDAZA glosada, la misma que es corroborada con la ficha de inscripcion ante el Registro Nacional de Identificacion Civil, en la que se indica domxilio diferente al registrado ante este MORDAZA Electoral. Sexto.- Que resulta irrelevante que este candidato tachado, en la actualidad se desempene como Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, ya que en caso de tener domicilios alternos, se le podria considerar d,)miciliado en cualquiera de ellos, a tenor del Articulo 35" del Codigo Civil, hipotesis que no se da en el presente caso, puesto que este candidato ante este MORDAZA ha senalado como domicilio el ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N" 955 departamento N" 201 - MORDAZA del Mar. Setimo.- Por las consideraciones MORDAZA expuestas, la tacha propuesta debe ampararse, en atencion a las consideraciones expuestas, por lo que el MORDAZA Electoral Especial de Lima; RESUELVE POR UNANIMIDAD: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la tacha formulada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el candidato ala Alcaldia del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA por el movimiento SOMOS PERU senor MORDAZA MORDAZA GARRUES DURAND. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto alguno la Resolucion N" 013-9%JEEL, de fecha 7 de setiembre de 1998 y 5610 en la parte pertinente que se refiere a la inscripcion del candidato a la Alcaldia al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA por el Movimiento SOMOS PERU senor MORDAZA MORDAZA Garrues Durand. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA VILLALOBOS; MORDAZA ZEBALLOS; MORDAZA MORDAZA 10597 MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL DE MORDAZA RESOLUCION N" 054-98-JEEL EXP. N" 130-98 MORDAZA, catarce de setiembre de mil novecientos noventiocho. VISTO, la solicitud de tacha formulada por el Sindicato de Obreros Municipales de MORDAZA MORDAZA contra la candidatura a la Alcaldia al Concejo Municipal Distrital de MORDAZA MORDAZA por la Agrupacion Politica Somos Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negron; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, las causales de tachas contra los candidatos a Alcaldes y Regidores, estan referidas por incompatibilidades normativas con la Ley Organica de Municipalidades y por lo preceptuado en los Arts. 6". 8" y 9" de la Ley de Elecciones Municipales - W 26864; asi como de la aplicacion supletoria de las normas de orden publico pertinentes; Segundo.- Que, en el caso tratado, se tiene que, el Sindicato de Obreros Municipales de MORDAZA MORDAZA, formula tacha contra la candidata a la Alcaldia de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA por el Movimiento Somos Peru, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Negron, fundamentando su impugnacion en los siguientes puntos: a) Negativa de acatar Sentencia de la Corte Suprema de Justicia; b) Cobro coactivo indebido al Instituto Peruano de Seguridad Social, c) Despido injustificado de trabajadores municipales; d) Apropiacion de beneficios sociales de trabajadores; e) Por existir una denuncia penal en merito a la Resolucion de Contraloria W 091-98CG del 8 de agosto de 1998; D Cambio de domicilio; g) Incumplimiento de pactos y convenios colectivos; por afrontar denuncias penales; h) Ilegal designacion de funcionarios; e ii Falta de aprobacion por parte de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de
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