Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 1998 (18/09/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 18 de seticmhre de I 99X VISTO, la solicitud de Tacha formulada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Espichan MORDAZA, contra los candidatos a MORDAZA y Regidores al Concejo Municipal Distrital de San MORDAZA, por el Movimiento Independiente Somos Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien postula al cargo de MORDAZA, MORDAZA Parodi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Gagliuffi MORDAZA y MORDAZA Colchado MORDAZA quienes postulan como Regidores; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, el recurrente fundamente la cacha interpuesta, en que el primero de los nombrados, candidato al cargo de MORDAZA por la Agrupacmn Pohtica Somos Peru don MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue militante hasta el 18 de agosto del presente ano del Partido Politico Accion Popular, fecha en que ha presentado su renuncia irrevocable. Segundo.- Que. los candidatos a Regidores MORDAZA Colchado MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gagliuffi MORDAZA, continuan a la fecha inscritos como militantes del Partido Politico Accion Popular, habiendo renunciando solamente al cargo que ocupaban en el Comite Organizador de la Base de San Luis. Tercero.- Que, el candidato a Regidor MORDAZA Parodi MORDAZA a la fecha sigue perteneciendo al Partido Polftico Accion Popular, e integrando el Comite Organizador de la Base de San Luis. Cuarto.- Que, todos estos candldatos contravier en el mandato expreso contenido en el Artfculo 14O de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864, ya que para participar como candidatos de Listas Independientes, los afiliados a Partidos Politicos o Alianzas de Partidos inscritos deben contar con autorizacion expresa de la agrupacion politica a la que pertenecen, la cual debe evidente el impedimento que tienen los ya citados candidatos a postular por listas independientes, situacion que podrta darse si la referida agrupacion no hiciera uso del derecho de presentar listas en dicho distrito; por estas consideraciones, el MORDAZA Eiectoral Especial de MORDAZA, por unanimidad RESI'ELVE: Primero.- Declarar FUNDADA la Tacha interpuesta contra los candidatos a MORDAZA y Regidores respectivamente al Concejo Municipal Distrital de San MORDAZA por la Agrupacion Polftica Somos Peru, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Parodi MORDAZA, MORDAZA Veromca Gagliuft? MORDAZA y MORDAZA Colchado Rivera. Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion N" 010-98JEEL de fecha 4 de setiembre de 1998 y publicada con arreglo a ley en el Diario Oficial El Peruano, solo en la parte pertinente que se refiere a la inscripcion de los citados candidatos. Registrese, comuniquese, pUbliquese y archivese SS. MORDAZA VILLALOBOS; RODRIGUE2 ZEBALLOS; MORDAZA MORDAZA distrito de La MORDAZA, por el Movimiento Independiente La MORDAZA al 2000, senor MORDAZA G. MORDAZA Gala! sustentandola en el hecho de que no tiene fijado su domicilio en dicha localidad; Segundo.- Que acompana como recaudos a su impugnacion. el Informe N" 30-98OIE/MDLV del 10 de setiembre d! 1998, exgdidor r la Jefatura de la Oficina de Informatica y Esta strca e la Municipalidad de La MORDAZA, en el mal se da cuenta que el candidato tachado no figura como contribuyente en dicho distrito; que asi mismo, obra el Informe W 085-9%DR/MDLV de la misma fecha expedido por la Direccion de Rentas de la misma Municipalidad Distrital, en la que se da cuenta que este candidato no registra propiedad alguna a su nombre; Tercero.- Que aunado a todo ello? se aprecia una publicacion del listado telefonico alfabetico, en donde aparecen otras direcciones registradas a nombre del ciudadano MORDAZA MORDAZA, la que si bien es de caracter referencia1 no obstante se aprecia compatible con los efectos de los informes mencionados en el anterior considerando: Cuarto.- Que de la instrumental recaudada, se colige que Sta constituye la prueba en contrario, que en todo caso lemuestra ue el ciudadano MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, no puede xogerseallxznefiuo que concede el Art. 35" del C6digo Civil, al haberse acreditado que el candidato en referencia, no ejerce domicilio alternativo o realiza ocupacion habitual ene1 distrito ie La MORDAZA para el cual MORDAZA Quinto.- Que siendo e o asf, no se cumple el reqmsito aasico a que se refiere el inciso 2" del Art. 8" de la Ley de Elecciones Municipales - Ley N" 26864, para que el ciudaiano MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, ptule como Regidor en el primer lugar del distrito de La ictona; debiendose amparar la tacha propuesta; por cuyas consideraciones el MORDAZA Electoral Especial de Lima; RESUELVE POR UNANIMIDAD Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la tacha inZr-puesta por la Federaci6n Civico Distrital Victoriana, :ontra el candidato a Regidor con el N" 01 para el Concejo Distrital de La MORDAZA, por la Lista Independiente La MORDAZA al 2000, MORDAZA G. MORDAZA GALA. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto alguno la Resolu:ion W OlO-98JEEL de fecha 4 de setiembre de 1998, y ~610 ?n la parte pertinente que se refiere a la inscripcion del zandidato a Re `dor al Concejo de La MORDAZA or la Lista a Vmt.ona al 2000 don MORDAZA 8. ESPINOIndependiente f. ZA MORDAZA, quedando subsistente todo lo demas. Registrese, comuniquese y publlquese. SS. MORDAZA VILLALOBOS; MORDAZA ZEBALLOS; MORDAZA MORDAZA 10693 MORDAZA ELECTORAL ESPECLAL DE MORDAZA

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Declaran fundada, improcedente e infundadatachasformuladascontracandidatos a regidores de los Concejos Distritales de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Lince
JUFb%DO ELECTORAL ESPECIAL DE LEVA REXOLUCION N-' 042.98JEEL EXP. N" 140-98 MORDAZA, catorce de setiembre de nul novecientos noventtccho. VISTO: La solicitud de tacha interpuesta por la Federacion Civico DistritalVictoriana, contra MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA, candidato a Regidor con el N" 01, de la Mnnicipalidad de La MORDAZA, por 1.1 Lista Independiente La MORDAZA al 2000; CONSIDERANDO: Primero.- Que los recurrentes formulan tacha contra el candidato a Regidor con el N' 1 por la Municipalidad del

FUBOLUCION W 047~DS-JEEL EXP. N" 198-98

VISTO; la solicitud de tacha interpuesta por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,. contra el candidato al cargo de primer Regidor de la Mumcipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA or el Movimiento SOMOS PERU senor MORDAZA DOMIN&O MORDAZA STOLAR, quien funda: menta su tacha, en que este ciudadano se encuentra ejerciendo el cargo de MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA por el movimiento Somos Peru, resultando extrano que se encuentre postulando a un distrito diferente al que actualmente representa; amparando su pretension en el inciso 2" del Articulo 6" y Articulo 18" de la Ley de Elecciones Municipales; CONSIDERANDO: Primero.- Que, el inciso 2" del Articulo 6" de la Ley de Elecciones Municipales establece como uno de los requisitos para postular al cargo de MORDAZA o Regidor el de domiciliar en la provincia o distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos, y encaso de domicilio multiple rigen las disposiciones del Articulo 35" del Codigo Civil;

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