Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 1999 (08/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo destinada a financiar proyecto sobre manejo de recursos naturales para el alivio de la pobreza en la MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 046-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1999, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con The Overseas Economic Cooperation Fund -OECF-, hasta por un monto de ¥ 7 259 000 000,00 (SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinado a financiar, parcialmente, el "Proyecto Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la MORDAZA (II)", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 16º de la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y The Overseas Economic Cooperation Fund -OECF-, hasta por un monto de ¥ 7 259 000 000,00 (SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar, parcialmente, el "Proyecto Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la MORDAZA (II)". El prestamo sera cancelado en un plazo total de 25 anos, que incluye un periodo de MORDAZA de 7 anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 1,7% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago; excepto por la parte del prestamo que se destine al pago de gastos de consultoria, que sera cancelada en un plazo total de 40 anos, incluyendo un periodo de MORDAZA de 10 anos, y devengara una tasa de interes del 0.75% anual. Ademas se pagara una comision del 0,1% sobre los montos desembolsados, que sera financiada con los recursos del prestamo. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora del "Proyecto Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la MORDAZA (II)" sera el Ministerio de Agricultura, a traves del Proyecto Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Articulo 1º de este Decreto Supremo, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los demas documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos que ocasione la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en este Decreto Supremo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del sector, le corres-

pondan en cada Ejercicio Presupuestal para el Servicio de la Deuda Publica. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 4590

Aprueban operacion de endeudamiento externo destinada a financiar proyecto de mejoramiento de sistemas de agua y alcantarillado en Piura-Castilla y Chimbote
DECRETO SUPREMO Nº 047-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1999, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con The Overseas Economic Cooperation Fund -OECF- hasta por un monto de ¥ 13 901 000 000,00 (TRECE MIL NOVECIENTOS UN MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES) destinado a financiar, parcialmente, el "Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua y Alcantarillado de las ciudades de Piura-Castilla y Chimbote", a cargo del Ministerio de la Presidencia, a traves del Programa Nacional de Agua Potable y Alcantarillado - PRONAP; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 16º de la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y The Overseas Economic Cooperation Fund -OECF- hasta por un monto de ¥ 13 901 000 000,00 (TRECE MIL NOVECIENTOS UN MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES) destinada a financiar, parcialmente, el "Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua y Alcantarillado de las ciudades de Piura-Castilla y Chimbote". El prestamo sera cancelado en un plazo total de 25 anos, que incluye un periodo de MORDAZA de 7 anos, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, devengando una tasa de interes del 1,7% anual sobre el monto desembolsado y pendiente de pago; excepto por la parte del prestamo que se destine al pago de gastos de alcantarillado y consultoria, que sera cancelada en un plazo total de 40 anos, incluyendo un periodo de MORDAZA de 10 anos, y devengara una tasa de interes del 0.75% anual. Ademas se pagara una comision del 0,1% sobre los montos desembolsados, que sera financiada con los recursos del prestamo.

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