Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 1999 (08/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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cas, literal B) de la Directiva Nº 002-97-IN-030105 del 20 de febrero de 1997; usar la funcion publica con fines de lucro y al estar incurso presuntamente en los Articulos 376º y 387º del Codigo Penal; De conformidad a lo establecido en los Articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo MORDAZA administrativo al mencionado ex funcionario, debiendo expedirse la resolucion correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Libreta Electoral Nº 02523079, ex Subprefecto de la provincia de MORDAZA - Prefectura del departamento de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El ex funcionario procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior o al Prefecto del departamento de MORDAZA dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que dentro del plazo de ley concluya las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 4106

MORDAZA administrativo al mencionado ex funcionario, debiendo expedirse la resolucion correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA Eudaldo MORDAZA NEGRINI con Libreta Electoral Nº 02642781, ex Subprefecto de la provincia de Talara - Prefectura del departamento de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior (DGGI). Articulo 2º.- El ex funcionario procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior o al Prefecto del departamento de MORDAZA dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que dentro del plazo de ley concluya las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 4107

Autorizan a Procurador interponer denuncia contra presuntos responsables de delitos contra la seguridad y tranquilidad publica, los poderes del Estado y el Orden Constitucional y otros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0308-99-IN-0103 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 Visto, el Atestado Nº 038-99-PNP-C-CHA-SEINCRI de fecha 24.MAR.99, instruido por el Comisario de la PNP de Chaclacayo, con el que denuncia ante la Primera Fiscalia Provincial en lo Penal del MORDAZA Este Chosica, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros. CONSIDERANDO: Que, los denunciados MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA RAVELLO, MORDAZA MORDAZA ESCARZA MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA GIRIBALDI MORDAZA, por los delitos contra la paz publica, violencia y resistencia a la autoridad y contra la seguridad publica, el dia 20.MAR.99, a horas 11.30 aproximadamente, efectuaron una marcha de protesta contra el alza de tarifas por SEDAPAL, contra la Municipalidad de Chaclacayo y solicitando la construccion de defensa del rio MORDAZA, se reunieron a la altura del kilometro 22.50 de la Carretera Central, altura de la Urb. Los Girasoles, liderando a mas o menos 120 personas, obstaculizando las dos vias de circulacion vehicular colocando piedras en las pistas e impidiendo el libre MORDAZA de vehiculos y peatones; Que, ante tales acontecimientos, personal de la PNP del sector se constituyo al lugar de los hechos para recuperar el orden, siendo repelidos por los dirigentes denunciados y su turba, en presencia del representante del Ministerio Publico e impidiendo el MORDAZA por espacio de tres horas; Que, los hechos descritos constituyen delitos contra la paz publica, contra los medios de transportes, delitos de violencia y resistencia a la autoridad, y contra la seguridad publica en agravio del Estado, previstos y sancionados en los Articulos 315º, 280º, 282º, 283º y 365º del Codigo Penal respectivamente; Que, son deberes primordiales del Estado, entre otros, proteger a la poblacion de las amenazas contra la seguridad, y que todo ciudadano tiene derecho a la MORDAZA de trabajo y al libre MORDAZA sin restriccion alguna (Art. 2º incisos 2), 11) y 15)) y Art. 44º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme lo preve el Art. 47º de

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Subprefecto de la provincia de Talara
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0276-99-IN-1300 MORDAZA, 25 de marzo de 1999 Vista el Acta Nº 005-99-IN-1300 del 15 de marzo de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a MORDAZA Eudaldo MORDAZA NEGRINI con Libreta Electoral Nº 02642781, ex Subprefecto de la provincia de Talara - Prefectura del departamento de MORDAZA de la Direccion General de Gobierno Interior. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Control Interno en el Informe Nº 0799-IN/OCI.O.INV. del 26 de febrero de 1999, ha probado que el mencionado ex funcionario ha solicitado diversas sumas de dinero a los candidatos municipales por la asignacion de fechas proximas al cierre de MORDAZA electoral municipal; Que, el mencionado ex funcionario habria incurrido en faltas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos a), h) y l) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, al incumplir las obligaciones de los servidores publicos establecidos en el inciso a) del Articulo 21º de la MORDAZA legal acotada; al usar la funcion publica con fines de lucro por haber solicitado presuntamente retribucion economica para favorecer a grupos politicos en la fecha de cierre de mitin en las ultimas elecciones municipales y al estar incurso presuntamente en los Articulos 376º y 393º del Codigo Penal; De conformidad a lo establecido en los Articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo

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