Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 1999 (09/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
- Nacional.

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 1999

ponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

AMBITO DEL SERVICIO:

MATERIAL AERONAUTICO: MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 4624 - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA - CESSNA 172H BASE DE OPERACIONES:

Otorgan a empresa permiso de operacion para prestar servicio aereo especial remunerado comercial - publicidad aerea
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 047-99-MTC/15.16 MORDAZA, 11 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 00999005 mediante el cual la compania ALAS DE MORDAZA S.A., solicita Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Publicidad Aerea. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 000599-MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0005-99-MTC/ 15.16.06, Memorandum Nº 021-99-MTC/15.16.01, Memorandum Nº 065-99-MTC/15.16.05.3, Memorandum Nº 065-99-MTC/15.16.05.2 y la MORDAZA de Inscripcion, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Direccion Tecnica, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, respectivamente, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC, Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertos y/o aerodromos privados, respecto de los cuales debe celebrar convenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismos, a fin de poder utilizar sus instalaciones; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, la autoridad aeronautica considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC, Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania ALAS DE MORDAZA S.A., Permiso de Operacion para prestar el Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Publicidad Aerea, por el plazo de cinco (5) anos, contado a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- El Permiso de Operacion otorgado se sujetara a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial Publicidad Aerea.

ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS DEPARTAMENTO DE: MORDAZA - Chimbote DEPARTAMENTOS DE: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - Las Dunas (privado), Nasca y MORDAZA DEPARTAMENTO DE: LA MORDAZA - MORDAZA DEPARTAMENTOS DE: MORDAZA, TACNA Y MORDAZA - MORDAZA, Tacna, Ilo DEPARTAMENTOS DE: TUMBES Y MORDAZA - MORDAZA, Talara y Tumbes DEPARTAMENTOS DE: MORDAZA, AMAZONAS Y MORDAZA - Chiclayo/Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Quinones Articulo 3º.- La aeronave autorizada a la compania ALAS DE MORDAZA S.A., debe estar provista del correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; del Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Transporte Aereo; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- La compania ALAS DE MORDAZA S.A. solo empleara en su servicio personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 5º.- La compania ALAS DE MORDAZA S.A. presentara mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 6º.- La compania ALAS DE MORDAZA S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/ o aerodromos privados consignados en la presente resolucion, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- La compania ALAS DE MORDAZA S.A., debera cada ano presentar el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 8º.- La aeronave de la compania ALAS DE MORDAZA S.A., podra operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 054-88-TC y demas disposiciones legales vigentes.

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