Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (12/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 171999 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de abril de 1999 cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 4772 EDUCACION Designan Director Subregional de Educación de Sullana RESOLUCION SUPREMA Nº 051-99-ED Lima, 10 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Subre- gional de Educación de Sullana, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a la designación corres- pondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente resolución, a don Arturo SERRA CASANOVA, como Director Subregional de Educación de Sullana, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 4774 Designan Director Subregional de Educación de El Pacífico - Región Ancash RESOLUCION SUPREMA Nº 052-99-ED Lima, 10 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Subre- gional de Educación de El Pacífico - Región Ancash, cargo considerado de confianza; Que, es necesario proceder a la designación corres- pondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente resolución, a don Lucio Zacarías PINEDO MO-RENO, como Director Subregional de Educación de El Pacífico - Región Ancash, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 4775 ENERGIA Y MINAS Autorizan la comercialización de GLP en cilindros de tres kilogramos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-99-EM/VME Lima, 7 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 01-94-EM, de fecha 10 de enero de 1994, se aprobó el Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo; Que, el Artículo 2º del precitado reglamento, establece que Cilindros Rotulados en Kilogramos son aquellos de 5, 10, 15 y 45 k. de capacidad rotulados en alto relieve en el cuerpo y fabricados según norma técnica vigente, los mis- mos que son de propiedad de una empresa envasadora; Que, el Artículo 46º del referido reglamento, regula que a partir de su vigencia, la comercialización de GLP en cilindros sólo podrá efectuarse en Cilindros Rotulados en Kilogramos, los cuales deberán cumplir con las normas técnicas vigentes, agregando que será responsable de su cumplimiento la empresa envasadora propietaria del ci- lindro; Que, la Quinta Disposición Complementaria del men- cionado reglamento, dispone que cuando sea necesario, el Ministerio de Energía y Minas, mediante Resolución Ministerial, dictará las normas complementarias para la adecuada aplicación del mencionado reglamento; Que, es conveniente la comercialización de GLP en cilindros de tres kilogramos de capacidad, a fin de facilitar su consumo a la población con menores recursos económicos; Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la comercialización de GLP en cilindros de tres (3) kilogramos, los mismos que deberán cumplir con la norma técnica aplicable. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 4687 Establecen plazo para que Distribuido- res Mayoristas se adecuen a requisi- tos que establece el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de Hidrocarburos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-99-EM/VME Lima, 7 de abril de 1999