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Pág. 172197 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de abril de 1999 POR TRANSFORMACION: Relación de Transformación FPPT De MAT a AT 1,0063 De MAT a MT 1,0175 De AT a MT 1,0111 POR TRANSPORTE: Nivel de Tensión PPL %/km. 220 kV 0,0529 110 a 138 kV 0,0596 Menor a 100 kV 0,1145 Donde: FPPT :Factor de Pérdidas marginales de Potencia por Transformación. En caso de no existir la trans- formación el valor de FPPT es igual a 1,0. PPL :Pérdidas marginales de Potencia por Transmi- sión, en %/km. L :Longitud de la línea de transmisión, en km. MAT :Muy Alta Tensión, mayor a 100 kV. AT :Alta Tensión, igual o mayor que 30 kV y menor o igual a 100kV. MT :Media Tensión, mayor que 1 kV y menor a 30 kV. Nota: En caso de existir transformación de 220kV a 138 kV, el factor de pérdidas marginales de potencia será: 1,0040. 2.2.2 Para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Pérdidas Marginales de Energía FPMP será el siguiente: FPMP Puntos de Venta de Energía Luz del Sur Edelnor a) En AT (acumulado) 1,0088 1,0088 b) En MT (acumulado) 1,0352 1,0336 Para el cálculo de los precios en la barra equivalente de media tensión (MT) se aplicará el cargo CBPSE en MT antes indicado en b). 3 GRAVAMENES E IMPUESTOS Las tarifas del presente pliego, o sus reajustes de acuerdo a las fórmulas de actualización del Artículo Segundo, no incluyen impuestos o tributos que sean de cargo de los clientes. Artículo Segundo.- Fíjase las Fórmulas de Actualización de las Tarifas en Barra para los suministros a que se refiere el Artículo 43º, inciso c) de la Ley de Concesiones Eléctricas, según lo siguiente: 1 FORMULAS DE ACTUALIZACION TARIFARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Eléctricas, las tarifas obtenidas según los proce- dimientos definidos en el Artículo Primero de la presente reso- lución, serán actualizadas utilizando las siguientes fórmulas de actualización: 1.1 ACTUALIZACION DEL PRECIO DE POTENCIA DE PUNTA A NIVEL GENERACION (PPM) PPM1 =PPM0 * FAPPM (1) FAPPM =a * FTC * FTA + b * FPM (2) FTC =TC / TCo (3) FTA =(1,0 + TA) / (1,0 + TAo) (4) FPM =IPM / IPMo (5) Sistema a b S.I.C.N. 0,728 0,272 S.I.S. 0,785 0,215 Aislados 0,213 0,787 Donde: PPM0 =Precio de Potencia de Punta, publicada en la presente resolución, en S/./kW-mes. PPM1 =Precio de Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM =Factor de Actualización del Precio de Potencia de Punta FTC =Factor del Tipo de Cambio. FTA =Factor de la Tasa Arancelaria. FPM =Factor del Precio al Por Mayor.D) Precios de Transmisión Secundaria para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Cargo Base por Peaje Secundario de Transmisión en Energía CBPSE que consideran los cargos de la transmisión y transformación hasta el nivel correspondiente será igual a los valores que se indican a continuación: CBPSE ( ctm. S/./ kW.h) Puntos de Venta de Energía Luz del Sur Edelnor a) En AT (acumulado) 0,1650 0,1822 b) En MT (acumulado) 0,9560 0,8148 Los cargos antes indicados contienen los cargos por transfor- mación y transporte correspondientes a la transmisión secun- daria. Para el cálculo de los precios en la barra equivalente de media tensión (MT) se aplicará el cargo CBPSE en MT antes indicado en b). 2 FACTORES DE PERDIDAS MARGINALES POR TRANSMISION 2.1 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE ENERGIA (FPME) Se define: 2.1.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) FPME = FPET * (1 + PEL/100 * L) (11) POR TRANSFORMACION: Relación de Transformación FPET De MAT a AT 1,0052 De MAT a MT 1,0141 De AT a MT 1,0088 POR TRANSPORTE: Nivel de Tensión PEL %/km. 220 kV 0,0426 110 a 138 kV 0,0481 Menor a 100 kV 0,0920 Donde: FPET :Factor de Pérdidas marginales de Energía por Transformación. En caso de no existir la trans- formación el valor de FPET es igual a 1,0. PEL :Pérdidas marginales de Energía por Transmi- sión, en %/km. L :Longitud de la línea de transmisión, en km. MAT :Muy Alta Tensión, mayor a 100 kV. AT :Alta Tensión, igual o mayor que 30 kV y menor o igual a 100kV. MT :Media Tensión, mayor que 1 kV y menor a 30 kV. Nota: En caso de existir transformación de 220kV a 138 kV, el factor de pérdidas marginales de energía será: 1,0025. 2.1.2 Para la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Pérdidas Marginales de Energía FPME será el siguiente: FPME Puntos de Venta de Energía Luz del Sur Edelnor a) En AT (acumulado) 1,0052 1,0052 b) En MT (acumulado) 1,0233 1,0220 Para el cálculo de los precios en la barra equivalente de media tensión (MT) se aplicará el cargo CBPSE en MT antes indicado en b). 2.2 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE POTENCIA (FPMP) Se define: 2.2.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. Lima (Luz del Sur y Edelnor) FPMP = FPPT * (1 + PPL/100 * L) (12)