Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 1999 (15/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 1999

Nº 015-95 P/CTE y sus modificatorias, en tanto no se oponga a lo establecido en la presente resolucion. Articulo Decimo Segundo.- Cuando se incorporen nuevas lineas de transmision que originen cambios en los Peajes por Conexion de los sistemas principales de transmision, dichos cambios entraran en vigencia el MORDAZA dia del mes siguiente de la entrada en operacion comercial de la respectiva instalacion. Los concesionarios de generacion o transmision, comunicaran a la Comision de Tarifas Electricas la fecha de entrada en operacion comercial de las respectivas instalaciones de transmision o generacion con un minimo de 10 dias calendario de anticipacion, bajo responsabilidad. Para la actualizacion de los valores base de los peajes de transmision (PCSPT, CPSEE), los interesados podran recabar de la Comision de Tarifas Electricas la informacion mencionada en el parrafo anterior. La Comision de Tarifas Electricas publicara resoluciones complementarias para considerar modificaciones en el Sistema Principal de Transmision, no contempladas al momento de emitir la presente resolucion. Articulo Decimo Tercero.- Las tarifas a clientes finales que aplicaran las empresas Electro Norte, Electro Nor Oeste, Electro Norte Medio y Electro Centro consideraran los cargos de transmision secundaria de lineas y subestaciones, factores de perdidas marginales y formulas de actualizacion correspondientes a los sistemas de dichas empresas, establecidos en la Resolucion Nº 008-98 P/CTE, conforme a lo estipulado en sus respectivos contratos de compraventa de acciones de fecha 22 de diciembre de 1998. Para este fin, estas empresas determinaran el margen por transmision secundaria correspondiente a su sistema, calculado conforme al procedimiento MORDAZA indicado, el cual se adicionara al Precio en MORDAZA de Potencia de Punta PPB1 definido en la ecuacion (9) del Articulo Primero de la presente resolucion. Lo dispuesto en el numeral 1.2 del Articulo Primero de la presente resolucion sera aplicable a dichas empresas para constituir los cargos por las ventas de generador a distribuidor. Articulo Decimo Cuarto.- El calculo del precio en MORDAZA equivalente de media tension para los sistemas electricos MORDAZA Norte y MORDAZA Sur de las empresas Edelnor y Luz del Sur, respectivamente, se efectuara conforme se senala en el literal D) del inciso 1.2 del numeral 1 y numeral 2 del Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo Decimo Quinto.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 1999. Articulo Decimo Sexto.- Derogase o dejase en suspenso las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZOLEZZI MORDAZA Presidente Comision de Tarifas Electricas 4935

dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuya a la adopcion de medidas de politica economica de ese sector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, sobre el planeamiento de la encuesta asi como la definicion y contenido de los formularios a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecucion de la citada encuesta, dirigida a las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades referidas a la Extraccion y/o Transformacion y Acuicultura de recursos hidrobiologicos, la misma que sera ejecutada por la Oficina de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, asi como aprobar los respectivos formularios en observancia de las Directivas Tecnicas del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del D.S. Nº 018-91-PCM; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la encuesta "Estadistica Pesquera Anual 1998", que sera ejecutada por la Oficina de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, dirigida a todas las personas naturales y juridicas que desarrollan actividades referidas a la Extraccion y/o Transformacion y Acuicultura de recursos hidrobiologicos que se encuentran ubicadas bajo el ambito administrativo de su sector. Articulo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada encuesta el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion y cuya distribucion se efectuara a partir del 3 de MORDAZA de 1999. Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion solicitaran los formularios de la Encuesta a la Oficina de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, sito en MORDAZA 1 Oeste Nº 60 piso 6º Urb. Corpac, San MORDAZA y en provincias a las Direcciones Regionales de Pesqueria. Las empresas deberan presentar una carta indicando nombre o razon social de la empresa, direccion fiscal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), actividad economica a la que se dedica, numero total de personas ocupadas, total de ventas netas en el ano 1998, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA hasta el 18 de junio de 1999, a nivel nacional, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Estadistica Pesquera Anual 1998". Articulo 5º.- La informacion economico - financiera que proporcionara la empresa a traves de la encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese.

INEI

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 4923

Autorizan la realizacion de la Encuesta Estadistica Pesquera Anual 1998 Autorizan la realizacion de la Encuesta RESOLUCION JEFATURAL Economica Anual - Estadistica de los Nº 127-99-INEI Servicios Electricos del Peru 1997-1998
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1999 Visto, el Oficio Nº 236-99-PE/OGEP de la Oficina de Economia Pesquera del Ministerio de Pesqueria, solicitando la autorizacion para realizar la encuesta "Estadistica Pesquera Anual 1998"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, con la finalidad de medir la actividad economica del Sector Pesquero en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la encuesta Estadistica Pesquera Anual 1998" que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas RESOLUCION JEFATURAL Nº 128-99-INEI MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1999 Visto, el Oficio Nº 038-EM/OGS de la Oficina General de Sistemas del Ministerio de Energia y Minas, solicitando autorizacion para realizar la "Encuesta Economica Anual - Estadistica de los Servicios Electricos del Peru 1997 - 1998"; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI, entre rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales;

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