Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 1999 (24/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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estipuladas en el contrato, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 4 ha. 6,700 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12749, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, otorgados a favor de don MORDAZA MORDAZA Paz MORDAZA, mediante Contrato de Compraventa Nº 002-93-DRA LA LIB, de 26 de MORDAZA de 1993, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Articulo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional de Agricultura de La MORDAZA gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de La MORDAZA la inscripcion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese.

del predio con Unidad Catastral Nº 12746, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, otorgados a favor de don MORDAZA Ausberto Pretell MORDAZA, mediante Contrato de Compraventa Nº 004-93-DRA LA LIB, de 26 de MORDAZA de 1993, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria. Articulo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional de Agricultura de La MORDAZA gestione ante el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Publicos de La MORDAZA la inscripcion de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 5315 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0298-99-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999

MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 5314 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0297-99-AG MORDAZA, 16 de MORDAZA de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12746, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4218-98-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 76, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, remite el expediente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 4 ha. 3,400 m2 de terrenos eriazos, ubicados en el distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, seguido por don MORDAZA Ausberto Pretell Castillo; Que por Contrato de Compraventa Nº 004-93-DRA LA LIB, de 26 de MORDAZA de 1993, obrante a fojas 12, la Direccion Regional de Agricultura de la Region La MORDAZA, adjudico en venta, a favor de don MORDAZA Ausberto Pretell MORDAZA, la superficie de 4 ha. 3,400 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 12746 del distrito de MORDAZA, provincia de Pacasmayo, departamento de La MORDAZA, fijandose el plazo de un (1) ano para ejecutar el avance del 50% de las obras y un (1) ano adicional para su culminacion para destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas; Que el Articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislacion anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitaran a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondra mediante Resolucion Ministerial previa constatacion de la ejecucion de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Tecnico Nº 111-98-AG-PETTCAH/EC-435, de 11 de agosto de 1998, de fojas 51 a 53, elaborado por la Comision Ad Hoc del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, encargada de la evaluacion de los contratos de otorgamiento de terrenos eriazos, suscritos con anterioridad a la Ley Nº 26505, senala que el adjudicatario ha cumplido con las condiciones del contrato suscrito, al haber habilitado la parcela con las condiciones de riego y sembrio, asi como instalaciones, estando conducida por su propietario, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 4 ha. 3,400 m2 de terrenos eriazos

VISTO: El expediente administrativo sobre levantamiento de reserva de dominio a favor del Estado sobre denuncio de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11526, ubicado en el distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chepen, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 4218-98-AG-PETT-DE/CAH, de fojas 40, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, remite el expediente sobre levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado en el expediente sobre denuncio de 4 ha. 2,100 m2 de terrenos eriazos, ubicados en el distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, seguido por don MORDAZA MORDAZA Tello; Que por Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Fines de Irrigacion y/o Drenaje Nº 2073-AG-PETT, de 10 de enero de 1995, de fojas 8 y 9, la ex Direccion Regional Agraria de la Region La MORDAZA, adjudico en venta a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA la superficie de 4 ha. 2,100 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11526 del distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, fijandose el plazo de dos (2) anos para ejecutar el avance del 50% de las obras y dos (2) anos para la conclusion de las obras para destinar esas tierras al uso agrario para el que fueron adquiridas; Que el Articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, prescribe que los adjudicatarios de tierras eriazas obtenidas con arreglo a la legislacion anterior a la mencionada ley para desarrollar proyectos de naturaleza agraria, que hayan cumplido con ejecutar las obras dentro del plazo contractual, solicitaran a la respectiva dependencia del Ministerio de Agricultura el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado, que se dispondra mediante Resolucion Ministerial previa constatacion de la ejecucion de las obras de acuerdo al proyecto de factibilidad respectivo; Que mediante el Informe Tecnico Nº 109-98-AG-PETTCAH/EC, de 11 de agosto de 1998, de fojas 35 a 37, elaborado por la Comision Ad Hoc del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, encargada de la evaluacion de los contratos de otorgamiento de terrenos eriazos, suscritos con anterioridad a la Ley Nº 26505, senala que el terreno adjudicado se encuentra incorporado a la agricultura, contando con infraestructura de riego, a traves del MORDAZA Tahuantinsuyo, MORDAZA de tierra, a tajo abierto, formacion de pozas, con rastrojo de alfalfa, laterales con cortinas de viento de cipres y casuarina y bocatoma de tierra, concluyendo que el recurrente ha cumplido con lo estipulado en el contrato, por lo que es procedente el levantamiento de la reserva de dominio a favor del Estado; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la reserva de dominio a favor del Estado sobre la superficie de 4 ha. 2,100 m2 de terrenos eriazos del predio con Unidad Catastral Nº 11526, ubicado en el distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, otorgados a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Fines de Irrigacion y/o Drenaje Nº 2073-AG-PETT, de 10 de enero de 1995, al haber sido habilitado e incorporado a la actividad agraria.

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