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Pág. 172570 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de abril de 1999 . Publicación de Edicto Matrimonial y su respectivo pago. . Pago por Derecho de matrimonio. Artículo Tercero.- La Unidad de Registro Civil queda encargada del cumplimiento del presente decreto. Artículo Cuarto.- La trabajadora social de la Zona Nores- te "E", y las personas que competan deben de brindar el apoyo que el caso reviste, para el adecuado cumplimiento de la presen- te disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 5462 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-MPH-99/A Huaral, 10 de febrero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 "Ley de Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada" se establece la obligación para todas las entidades de la Administración Pública, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se aprue- ba el reglamento de las disposiciones sobre seguridad jurídica en materia administrativa, para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el considerando anterior; Que, en el marco del proceso de simplificación administrati- va establecido por D.S. Nº 037-98-PCM y en concordancia con los lineamientos expuestos por el Programa de Modernización de la Administración Pública, la Municipalidad Provincial de Huaral, ha procedido a elaborar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, estando a lo acordado en sesión de Concejo y de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 094-92-PCM, y a las atribuciones conferidas en el Art. 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza municipal. Artículo 2º.- Encargar a todas las Direcciones de la Muni- cipalidad, el fiel cumplimiento de la presente ordenanza muni- cipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MELCHOR CARDENAS VASQUEZ Alcalde Provincial 5420 Condonan reajustes, intereses morato- rios y multas tributarias a los contribu- yentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-MPH-99/A Huaral, 9 de febrero de 1999EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión extraordinaria de Concejo, su fecha 9 de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Perú señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delega- das conforme a ley, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, los Artículos 74º y 192º numeral 3) de la Constitución Política del Perú, establecen que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de ellas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, de conformidad con la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbi- trios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 41º del mismo dispositivo legal; Que, con el objeto de favorecer a la mayor cantidad de vecinos y contribuyentes de nuestra jurisdicción, que no se hubieran acogido a los beneficios tributarios otorgados con anterioridad, es necesario conceder adicionalmente y por única vez el máximo de facilidades, beneficiándolos con la liberación del 100% de las multas, recargos e intereses que correspondan a las obligaciones tributarias pendientes; Que, estando a lo opinado por la Comisión de Economía y de conformidad con lo previsto en los Artículos 36º inciso 3), 47º incisos 2) y 3), 110º y 112º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por mayoría y con dispensa de comisiones se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO DE AMNISTIA TRIBUTARIA A LOS CONTRIBUYENTES, DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO CAPITAL DE HUARAL Artículo Primero.- Otorgar, a partir de la fecha y hasta el 26 de febrero del presente año el beneficio de AMNISTIA TRIBUTARIA, CONDONANDOSE LOS REAJUSTES, INTE- RESES MORATORIOS Y MULTAS TRIBUTARIAS, a los con- tribuyentes de la jurisdicción del distrito capital de Huaral para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias pendientes de pago al 31 de diciembre de 1998. Artículo Segundo.- Vencido el término del plazo señalado en el Artículo Primero, los contribuyentes que no se acogieran a la presente AMNISTIA TRIBUTARIA; se sujetarán al siguien- te Régimen de Gradualidad: PERIODO CONDONACION (% Y MULTA) PLAZO Año 98 100 31.3.99 Año 97 80 31.3.99 Año 96 60 31.3.99 Año 95 50 31.3.99 Año 94 30 31.3.99 Año 93 20 31.3.99 Artículo Tercero.- Vencido el plazo de la AMNISTIA TRIBUTARIA, la municipalidad ejecutará la cobranza por la totalidad de la deuda pendiente, más la mora e interés que generen de acuerdo a la ley, utilizando de ser necesario el procedimiento de Cobranza Coactiva, para todos aquellos con- tribuyentes que no se hayan acogido oportunamente al beneficio contemplado en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Compréndase dentro de este beneficio a los contribuyentes que efectuaron el pago de tributos, desde el 4 de enero al 8 de febrero de 1999; sin abonar los intereses, moras correspondientes. Artículo Quinto.- Facúltese al señor Alcalde para dictar las normas complementarias y reglamentarias para la aplica- ción de la AMNISTIA TRIBUTARIA dentro de los beneficios tributarios que concede la presente ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MELCHOR CARDENAS VASQUEZ Alcalde Provincial de Huaral 5419