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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (27/04/1999)

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TEXTO PAGINA: 4

Pág. 172554 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de abril de 1999 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por los señores Ministros de Justicia y de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 5483 Designan Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesquería RESOLUCION SUPREMA Nº 142-99-JUS Lima, 26 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 174-99/PE-DM, de fecha 22 de abril de 1999, del señor Ministro de Pesquería. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesquería; Que, es necesario designar al funcionario que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, con efectividad al 26 de abril del año en curso, al doctor JUAN HOMAR LUJAN VARGAS, como Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesquería. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación efectuada por Resolución Suprema Nº 298-92-JUS, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 3º.- El citado funcionario tendrá derecho a retor- nar a la plaza de la que es titular y reasumir las funciones del grupo ocupacional y nivel de carrera alcanzados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por los señores Ministros de Justicia y de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería 5484 P R E S Otorgan facilidades a prestatarios del Banco de Materiales para regularizar el pago de cuotas atrasadas DECRETO SUPREMO Nº 006-99-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco de Materiales, acorde con su finalidad, atiende a los sectores de menores recursos económicos desa- rrollando programas de apoyo social, realizando actividades de promoción, ejecución y/o aprovisionamiento de recursos,bienes y servicios para la edificación y mejoramiento de la vivienda básica mínima, de las habilitaciones urbanas, de la infraestructura productiva y de servicios, así como el equipa- miento de la microempresa de todos los sectores productivos, generando empleo y promoviendo la actividad económica a través de la autogestión; Que, es política del Gobierno conceder facilidades a aquellos prestatarios del Banco de Materiales con obligacio- nes pendientes de pago, que se han visto afectados por el fenómeno "El Niño" y la recesión económica, para que cum- plan con pagar sus deudas pendientes, así como puedan refinanciar sus deudas acumuladas; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Los prestatarios del Banco de Materiales con cuotas atrasadas, podrán regularizar el pago de su deuda, de acuerdo a lo siguiente: a) Eliminación de moras y gastos de las cuotas vencidas y no pagadas hasta el 30.4.99. b) Solicitud de Refinanciación hasta el 30 de junio de 1999. c) Suscripción de Addendum al Contrato de Préstamo, en el que se establezca el nuevo calendario de pagos, incluyendo el pago de la primera cuota; el mismo que se fijará de acuerdo a la real capacidad de pago. Artículo 2º.- Otorgar un descuento máximo de hasta el 2% mensual para aquellos prestatarios que paguen en forma adelantada sus cuotas. Artículo 3º.- Los prestatarios al día en sus pagos durante los doce (12) últimos meses, podrán solicitar préstamos complementarios en efectivo hasta S/. 500.00, a ser cancela- dos hasta en doce mensualidades. Artículo 4º.- Los prestatarios que cancelen su préstamo, podrán solicitar un nuevo préstamo a ser aplicado para la terminación de su vivienda básica, vivienda-taller y áreas productivas. Artículo 5º.- Facultar al Banco de Materiales a destinar hasta el 5% de su recuperación para fines de desarrollo, promoción y operación de su gestión de recuperación de recursos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 5477 SALUD Autorizan la participación de funciona- rio del Ministerio en reunión del Comité del Codex sobre el Etiquetado de los Alimentos, a realizarse en Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 042-99-SA Lima, 26 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 0727-99/DIGESA/DG cursado por el Director General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; De conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM de 26.OCT.90 y disposiciones conexas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar la participación del doctor CARLOS PASTOR TALLEDO, Director Ejecutivo de Higiene Alimentaria y Con- trol de la Zoonosis de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, en la 27ª Reunión del Comité del Codex sobre el Etiquetado de los Alimentos, evento programado en la ciudad de Ottawa, del 27 al 30.ABR.99. 2º.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos directamente recau-