TEXTO PAGINA: 3
Pág. 172553 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de abril de 1999 Sustituyen artículos del Reglamento Operativo del Programa de Seguro de Crédito para la Pequeña Empresa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 073-99-EF/15 Lima, 31 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 879 se constituyó el Fondo de Respaldo a la Pequeña Empresa (FONREPE), destinado al establecimiento de un Programa de Seguro de Crédito a favor de la Pequeña Empresa para facilitar su acceso al financia- miento bancario, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 038-97-EF/15; Que, el mencionado Reglamento Operativo establece que para efectos del Programa se define como Pequeña Empresa a aquélla que cuente con activos fijos entre US$ 20 000,00 y US$ 300 000,00, realizando ventas anuales entre US$ 40 000,00 y US$ 750 000,00 y cuyos créditos varían entre US$ 5 000,00 y US$ 50 000,00. Sin embargo, resulta necesario modificar estos criterios de identificación con la finalidad de hacer menos restrictivo el Programa y facilitar su implementación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 879; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Sustitúyase los Artículos 2º y 4º del Reglamento Operativo del Programa de Seguro de Crédito para la Pequeña Empresa, aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 038-97-EF/15 por los siguientes textos: Artículo 2º.- "El Programa asegurará las operaciones crediticias de las IFIs a favor de personas naturales o jurídicas elegibles del sector privado, calificadas como pequeñas empresas. Para los efectos del presente reglamento, se define como pequeña empresa a aquella que realice ventas anuales entre US$ 40 000,00 y US$ 750 000,00 y cuyos créditos no superen la suma de US$ 50 000,00. No estarán incluidas en el Programa las pequeñas empresas vinculadas patrimonialmente con un grupo económico que sobrepase los límites mencionados en el presente artículo, así como aquellas que registren vincu- laciones con dichos grupos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 203º de la Ley Nº 26702." Artículo 4º.- "Los préstamos asegurables no podrán ser superiores al límite máximo de US$ 50 000,00 por deudor. El límite asegurable máximo por deudor es de carácter revolvente e incluye la suma del total de los créditos desembolsados." Regístrese y comuníquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 5474 EDUCACION Aceptan renuncia y designan Director del Museo de la Nación RESOLUCION SUPREMA Nº 063-99-ED Lima, 24 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 073-97-ED, de fecha 25 de julio de 1997, se nombró a don Luis Kazuo Watanabe Matzukura, como Director del Museo de la Nación del Instituto Nacional de Cultura; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 050-94-ED; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo Unico.- ACEPTAR, a partir de la fecha de la presente resolución, la renuncia formulada por don Luis Kazuo WATANABE MATZUKURA, al cargo de Director del Museo de la Nación del Instituto Nacional de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 5485 RESOLUCION SUPREMA Nº 064-99-ED Lima, 24 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director del Museo de la Nación del Instituto Nacional de Cultura; Que, es necesario proceder a designar al funcionario que ocupará el referido cargo de confianza; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decreto Ley Nº 25515, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y Decreto Supremo Nº 050-94- ED; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente resolución, al arquitecto Luis Javier LUNA ELIAS, como Director del Museo de la Nación, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 5486 JUSTICIA Aceptan renuncia de Procuradora Pública a cargo de los asuntos judicia- les del Ministerio de Pesquería RESOLUCION SUPREMA Nº 141-99-JUS Lima, 26 de abril de 1999 Visto el Oficio Nº 174-99/PE-DM, de fecha 22 de abril de 1999, del señor Ministro de Pesquería; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-96-JUS, de fecha 9 de febrero de 1996, se designó a la doctora Luisa Ivone García Gatty de Arellano, como Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Pesquería; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 26 de abril del año en curso, la renuncia formulada por la doctora LUISA IVONE GARCIA GATTY DE ARELLANO, al cargo de Procu- radora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministe- rio de Pesquería, dándosele las gracias por los servicios prestados.