Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 1999 (27/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
CONTENIDO:

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Articulo 11º.- La orden de publicacion del aviso respectivo, debera contener los siguientes datos entre otros: a) Dia en que debera salir la publicacion b) Hora en que es remitido al diario c) Precio del anuncio d) Tamano del aviso e) Caracteristicas del aviso f) Las demas que MORDAZA necesarias DISPOSICION COMPLEMENTARIA UNICA Articulo 12º.- La Oficina de Imagen de cada Distrito Judicial, debe ser el medio de enlace entre el diario y la Corte Superior de Justicia. 5466

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Directiva que establece medidas a seguir por los Juzgados y MORDAZA Penales en el tratamiento de procesados y expedientes que se remitan a Juzgados Penales para Procesos en Reserva
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 212-99-P-CSJL-PJ MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, se ha tomado conocimiento que en los archivos de los Juzgados Penales para Procesos en Reserva ingresan diariamente gran cantidad de expedientes que contienen mandatos de captura emanados de los diversos Organos Jurisdiccionales especializados y de MORDAZA instancia, sin anexarse los oficios que den fe del cumplimiento de dichas ordenes de aprehension; Que, a fin de remediar la problematica enunciada precedentemente, corresponde disponer que cada uno de los Organos Jurisdiccionales que emitan las ordenes de captura velen porque sus mandatos MORDAZA ejecutados y que se agreguen a los autos los cargos de los oficios debidamente diligenciados; Que, con las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial, y la Resolucion Administrativa Nº 074-96-CME-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Directiva numero 010-99-P-CSJL-PJ, la misma que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de su Secretaria Ejecutiva, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Gerencia General del Poder Judicial y de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Lima. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA DIRECTIVA Nº 010-99-P-CSJL OBJETIVO: Adoptar medidas necesarias que permitan optimizar la funcion jurisdiccional en los Juzgados y MORDAZA Penales, acorde con las normas vigentes. ALCANCE: A los senores Presidentes de MORDAZA Penales y Jueces Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Primero.- Los Presidentes de MORDAZA Penales y Jueces Penales dispondran lo pertinente a efecto de que los expedientes que se remitan a los Juzgados Penales permanentes para Procesos en Reserva, contengan los cargos de los oficios de ubicacion y captura de los reos ausentes o contumaces, segun sea el caso; asimismo si se hubiera resuelto la situacion juridica de uno o mas procesados, debera inscribirse la sentencia donde corresponda, anularse los antecedentes que se hubieren generado y ordenar el levantamiento de las ordenes de captura que se hubieren impartido, segun sea el caso, agregandose a los autos los cargos de los oficios debidamente diligenciados. Segundo.- Los Presidentes de MORDAZA Penales y Jueces Penales supervisaran que los oficios que contengan mandato de levantamiento de captura, MORDAZA remitidos en el dia a la Policia Nacional del Peru; debiendo indicarse necesariamente en el referido oficio todos los Organos Jurisdiccionales que han conocido dicho MORDAZA, con la finalidad de evitar detenciones indebidas a consecuencia de la falta de informacion. Tercero.- Los Presidentes de MORDAZA Penales y Jueces Penales, deberan verificar que los procesados MORDAZA debidamente notificados, tanto al domicilio real como al domicilio procesal, agregandose cargo de haberse efectuado dicho acto procesal, MORDAZA de emitir pronunciamiento sobre su situacion juridica, es decir, declararseles Ausentes o Contumaces; notificacion que debera efectuarse graduandose los apercibimientos que consagra la Ley Adjetiva Penal, teniendose en cuenta la situacion particular. Cuarto.- Los Presidentes de MORDAZA Penales y Jueces Penales, deberan recepcionar inmediatamente los detenidos que MORDAZA puestos a disposicion por los Juzgados Penales para Procesos en Reserva, a fin de que el personal auxiliar o en su defecto personal policial del Pool de Capturas, no MORDAZA retenidos por lapsos prolongados, perjudicando el normal desarrollo de las labores de las referidas judicaturas para Procesos en Reserva, mas aun, si se tiene en cuenta que la funcion de traslado de detenidos no es responsabilidad de los auxiliares de justicia, ni tampoco del personal policial del Pool de Capturas, quienes realizan dicha labor de manera excepcional. Quinto.- Las MORDAZA Penales y los Juzgados Penales recepcionaran los detenidos que MORDAZA puestos a disposicion por los Juzgados Penales para Procesos en Reserva, hasta las 15.00 horas; por su parte las judicaturas para Procesos en Reserva recibiran detenidos hasta las 14:00 horas debido a que estos deben ser remitidos a los diferentes Organos Jurisdiccionales que resulten competentes. Sexto.- Las MORDAZA Penales al recepcionar los detenidos que son puestos a disposicion, deberan realizarles la audiencia correspondiente en el dia y resolver su situacion juridica de manera definitiva, a fin de evitar el alto porcentaje de procesos que son devueltos a los Juzgados Penales para Procesos en Reserva, para que estos nuevamente capturen al mismo procesado, congestionando de esta manera la administracion de justicia. MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 5468

Constituyen el Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 213-99-P-CSJL MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 VISTO: El informe presentado por la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 154-99-P-CSJL de fecha 5 de marzo del ano en curso, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dispuso la constitucion del Juzgado Colectivo de Apoyo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, asumiendo la carga procesal conforme lo disponia el MORDAZA considerando de la citada resolucion, a partir del 8 de marzo del ano en curso;

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