Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 1999 (27/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999

Que, por informe de la vista se aprecia, que el Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA cuenta con 2100 Expedientes en Tramite y 2,325 Expedientes en estado de Ejecucion; y el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, tiene como carga procesal 2022 Expedientes en Tramite y 2,855 en estado de Ejecucion; Que, dada a la fecha la carga existente en cada Juzgado, se hace inmanejable, no posibilitando el cumplimiento de los plazos legales en la tramitacion de los procesos judiciales; Que, tan importante como es la tramitacion de los procesos judiciales civiles a cargo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, tambien lo son los expedientes judiciales que se encuentran en estado de ejecucion, porque a traves de estos se otorgan a los justiciables el reconocimiento efectivo del derecho invocado; en consecuencia, en aras de seguir brindando una pronta, eficiente y efectiva Administracion de Justicia, en beneficio de los justiciables y del publico en general, resulta pertinente constituir un Despacho Colectivo conformado por 2 Juzgados de Apoyo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, quienes asumiran la carga procesal en estado de Ejecucion de cada uno de los Juzgados; Que, el Juzgado Colectivo de Apoyo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, segun el informe de la vista, tiene como carga procesal : 1350 procesos en materia civil (Procesos Contenciosos), 900 procesos en materia civil (Procesos No Contenciosos), 21 procesos en materia laboral y 520 en materia penal; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organizacion y funcionamiento de los organos que conforman su Distrito Judicial, conforme lo senala el Articulo 2º de la Resolucion Administrativa Nº 074-CME-PJ; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONSTITUIR el Despacho Colectivo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, constituido por DOS MAGISTRADOS, quienes a partir del 3 de MORDAZA al 3 de MORDAZA del ano en curso, asumiran la carga procesal de los expedientes en estado de ejecucion. Articulo Segundo.- ROTAR al doctor MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, quien se venia desempenando como Juez Suplente del Primer Juzgado de San MORDAZA de Miraflores, disponiendo su DESIGNACION como Juez Suplente a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo encargado de los Procesos en estado de Ejecucion del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, por el termino dispuesto en el articulo que antecede. Articulo Tercero.- ROTAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se venia desempenando como Juez Suplente a cargo del Juzgado Colectivo de Apoyo del 1º y 2º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, disponiendo su DESIGNACION como Juez Suplente a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo encargado de los Procesos en estado de Ejecucion del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, por el termino dispuesto en el Articulo Primero. Articulo Cuarto.- DISPONER a partir del 3 de MORDAZA del ano en curso, la disolucion del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, procediendose a distribuir la carga procesal de la siguiente manera: a) los 1350 Procesos Contenciosos pasaran a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San Borja; y b) los 900 procesos civiles (No Contenciosos), 520 expedientes en materia penal y 21 procesos en materia laboral, pasaran a conocimiento del Despacho Colectivo de Apoyo del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, procediendose a la distribucion de las nuevas demandas y denuncias, conforme a la especializacion detallada. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, mantendran la carga 2100 y 2022 expedientes respectivamente, conforme a lo detallado en el MORDAZA considerando, y atendiendo a que las indicadas cargas procesales han venido siendo conocidas por los magistrados, resulta conveniente que se encarguen del tramite, sentencia y ejecucion de los mismos, y estando a que no se les asignaran el conocimiento de nuevas demandas o denuncias, deberan de reprogramar mas audiencias diarias, dando la celeridad procesal, con el objetivo de llegar a carga ideal de cero, buscando de esta forma brindar la pronta, eficiente y efectiva Administracion de Justicia en beneficio de los justiciables y del publico en general. Articulo Quinto.- DISPONER que la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, supervise la instalacion del Despacho Colectivo, la distribucion de la carga procesal asignada a cada uno de los juzgados, dando cuenta a la presidencia de la indicada gestion. Articulo Sexto.- DISPONER que la Jefatura de la Oficina de Personal asigne a los Juzgados que conforman el Despacho Colectivo, el personal necesario, asi como asignara

a una persona de apoyo para la Mesa de Partes Unica, para el mejor logro de las labores jurisdiccionales encomendadas. Articulo Setimo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los cuatro magistrados, quienes daran cuenta de la produccion jurisdiccional, bajo inventario con caracter de declaracion jurada; asi como debera de supervisar la DEPURACION de los expedientes que se encuentran en estado de archivo, remitiendo los mismos al Archivo Transitorio de los Juzgados Civiles. Articulo Octavo.- DISPONER que la Jefatura de la Oficina de la Administracion Distrital y el departamento de logistica de la Corte Superior de MORDAZA, bajo responsabilidad funcional, presten el apoyo necesario para el exito de las funciones encomendadas en la presente resolucion, elevando a la presidencia los informe paulatinos de ayuda brindada a los Juzgados de Paz Letrado de MORDAZA y San Borja. Articulo Noveno.- DISPONER que la Presidencia del Equipo Especial de la ODICMA-LIMA, con fecha 8 de MORDAZA del ano en curso, debera de presentar un informe, conforme a lo dispuesto por el Articulo Octavo de la Resolucion Administrativa Nº 0154-99-P-CSJL. Articulo Decimo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, el 3 de junio y 2 de MORDAZA del ano en curso, debera presentar a la presidencia los correspondientes informes de evaluacion, precisando los avances, logros y resultados de las medidas dispuestas en la presente resolucion. Articulo Decimo Primero.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina de Supervision de Personal, de la Gerencia General, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de la Presidencia del Equipo Especial, de la Presidencia de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 5469

Autorizan la participacion de magistrados en Taller de Trabajo en Tecnicas de Conciliacion
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 214-99-P-CSJL-PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 VISTOS: Los informes presentados por la Comision de Conciliacion designada en Gabinete de Gestion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA con fecha 19 de MORDAZA del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, en Reunion de Gabinete de Consulta para la Gestion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se conformo la Comision de Conciliacion integrada por magistrados de diferentes instancias a fin de desarrollar un programa con el objeto de establecer los lineamientos generales para la observancia y aplicacion de la Ley de Conciliacion Extrajudicial; Que, como resultado del trabajo y coordinacion interinstitucional realizado por dicha comision, la Direccion Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia y la Secretaria de Proyectos Jurisdiccionales del Poder Judicial, se ha programado la realizacion del: "TALLER DE TRABAJO EN TECNICAS DE CONCILIACION PARA JUECES DE PAZ LETRADOS" a cargo del Ministerio de Justicia, el mismo que se realizara en dos grupos entre los meses de MORDAZA y MORDAZA del presente ano; Que, la participacion de los magistrados en estos Talleres de Trabajo son de MORDAZA importancia a fin de contar con las tecnicas especiales adicionales para brindar el servicio de conciliacion extrajudicial, que a partir del ano 2000, sera requisito de procedibilidad para iniciar una accion judicial; Que, por tales razones, en uso de las facultades previstas en la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la participacion de los magistrados que se detallan en la lista uno y dos que obran como anexo a la presente resolucion en las siguientes fechas: : Del 27 al 29 de MORDAZA de 1999, de 16.00 a 20.00 horas MORDAZA GRUPO : Del 25 al 27 de MORDAZA de 1999, de 16.00 a 20.00 horas PRIMERO GRUPO

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