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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (27/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 172562 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de abril de 1999 Que, por informe de la vista se aprecia, que el Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja cuenta con 2100 Expedientes en Trámite y 2,325 Expedientes en estado de Ejecución; y el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, tiene como carga procesal 2022 Expedientes en Trámite y 2,855 en estado de Ejecución; Que, dada a la fecha la carga existente en cada Juzgado, se hace inmanejable, no posibilitando el cumplimiento de los plazos legales en la tramitación de los procesos judiciales; Que, tan importante como es la tramitación de los proce- sos judiciales civiles a cargo del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, también lo son los expedientes judiciales que se encuentran en estado de ejecu- ción, porque a través de éstos se otorgan a los justiciables el reconocimiento efectivo del derecho invocado; en consecuen- cia, en aras de seguir brindando una pronta, eficiente y efectiva Administración de Justicia, en beneficio de los justiciables y del público en general, resulta pertinente constituir un Despacho Colectivo conformado por 2 Juzgados de Apoyo del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, quienes asumirán la carga procesal en estado de Ejecución de cada uno de los Juzgados; Que, el Juzgado Colectivo de Apoyo del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, según el informe de la vista, tiene como carga procesal : 1350 procesos en materia civil (Procesos Contenciosos), 900 procesos en materia civil (Procesos No Contenciosos), 21 procesos en materia laboral y 520 en materia penal; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organización y funcionamiento de los órganos que conforman su Distrito Judicial, conforme lo señala el Artículo 2º de la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR el Despacho Colecti- vo de Apoyo de los Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja, constituido por DOS MAGISTRADOS, quienes a par- tir del 3 de mayo al 3 de julio del año en curso, asumirán la carga procesal de los expedientes en estado de ejecución. Artículo Segundo.- ROTAR al doctor MARIANO DÍAZ DE LA ROSA, quien se venía desempeñando como Juez Suplente del Primer Juzgado de San Juan de Miraflores, disponiendo su DESIGNACION como Juez Suplente a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo encargado de los Procesos en estado de Ejecución del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, por el término dispuesto en el artículo que antecede. Artículo Tercero.- ROTAR a la doctora GLORIA ELIZABE- TH CALDERON PAREDES, quien se venía desempeñando como Juez Suplente a cargo del Juzgado Colectivo de Apoyo del 1º y 2º Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, disponiendo su DESIGNACION como Juez Suplente a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo encargado de los Procesos en estado de Ejecución del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, por el término dispuesto en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- DISPONER a partir del 3 de mayo del año en curso, la disolución del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, procediéndose a distribuir la carga procesal de la siguiente manera: a) los 1350 Procesos Contenciosos pasarán a cargo del Despacho Colectivo de Apoyo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja; y b) los 900 procesos civiles (No Contencio- sos), 520 expedientes en materia penal y 21 procesos en materia laboral, pasarán a conocimiento del Despacho Colectivo de Apoyo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, procediéndose a la distribución de las nuevas demandas y denuncias, conforme a la especialización detallada. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, mantendrán la carga 2100 y 2022 expedientes respectivamente, conforme a lo detallado en el Segundo considerando, y atendiendo a que las indicadas cargas procesales han venido siendo conocidas por los magistrados, resulta conveniente que se encarguen del trámi- te, sentencia y ejecución de los mismos, y estando a que no se les asignarán el conocimiento de nuevas demandas o denuncias, deberán de reprogramar más audiencias diarias, dando la celeridad procesal, con el objetivo de llegar a carga ideal de cero, buscando de esta forma brindar la pronta, eficiente y efectiva Administración de Justicia en beneficio de los justiciables y del público en general. Artículo Quinto.- DISPONER que la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, supervise la instalación del Despacho Colectivo, la distribución de la carga procesal asignada a cada uno de los juzgados, dando cuenta a la presidencia de la indicada gestión. Artículo Sexto.- DISPONER que la Jefatura de la Ofici- na de Personal asigne a los Juzgados que conforman el Despacho Colectivo, el personal necesario, así como asignaráa una persona de apoyo para la Mesa de Partes Unica, para el mejor logro de las labores jurisdiccionales encomendadas. Artículo Sétimo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los cuatro magistrados, quienes darán cuenta de la producción jurisdic- cional, bajo inventario con carácter de declaración jurada; así como deberá de supervisar la DEPURACION de los expe- dientes que se encuentran en estado de archivo, remitiendo los mismos al Archivo Transitorio de los Juzgados Civiles. Artículo Octavo.- DISPONER que la Jefatura de la Oficina de la Administración Distrital y el departamento de logística de la Corte Superior de Lima, bajo responsabilidad funcional, presten el apoyo necesario para el éxito de las funciones encomendadas en la presente resolución, elevando a la presidencia los informe paulatinos de ayuda brindada a los Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja. Artículo Noveno.- DISPONER que la Presidencia del Equipo Especial de la ODICMA-LIMA, con fecha 8 de mayo del año en curso, deberá de presentar un informe, conforme a lo dispuesto por el Artículo Octavo de la Resolución Admi- nistrativa Nº 0154-99-P-CSJL. Artículo Décimo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, el 3 de junio y 2 de julio del año en curso, deberá presentar a la presidencia los correspondientes informes de evaluación, precisando los avances, logros y resultados de las medidas dispuestas en la presente resolución. Artículo Décimo Primero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina de Supervisión de Personal, de la Gerencia General, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia del Equipo Especial, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 5469 Autorizan la participación de magistra- dos en Taller de Trabajo en Técnicas de Conciliación RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 214-99-P-CSJL-PJ Lima, 26 de abril de 1999 VISTOS: Los informes presentados por la Comisión de Concilia- ción designada en Gabinete de Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima con fecha 19 de abril del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, en Reunión de Gabinete de Consulta para la Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima, se conformó la Comisión de Conciliación integrada por magistrados de diferentes instan- cias a fin de desarrollar un programa con el objeto de establecer los lineamientos generales para la observancia y aplicación de la Ley de Conciliación Extrajudicial; Que, como resultado del trabajo y coordinación interinstitu- cional realizado por dicha comisión, la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia y la Secretaría de Proyectos Jurisdiccionales del Poder Judicial, se ha programado la realiza- ción del: "TALLER DE TRABAJO EN TECNICAS DE CONCI- LIACION PARA JUECES DE PAZ LETRADOS" a cargo del Ministerio de Justicia, el mismo que se realizará en dos grupos entre los meses de abril y mayo del presente año; Que, la participación de los magistrados en estos Talleres de Trabajo son de vital importancia a fin de contar con las técnicas especiales adicionales para brindar el servicio de conciliación extrajudicial, que a partir del año 2000, será requisito de procedibilidad para iniciar una acción judicial; Que, por tales razones, en uso de las facultades previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de los magistrados que se detallan en la lista uno y dos que obran como anexo a la presente resolución en las siguientes fechas: PRIMERO GRUPO :Del 27 al 29 de abril de 1999, de 16.00 a 20.00 horas SEGUNDO GRUPO :Del 25 al 27 de mayo de 1999, de 16.00 a 20.00 horas