Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 1999 (27/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 1999
VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Oficio Nº 344-99-MP-F.SUPR.C.I. que adjunta el Expediente Nº 087-99-C.I.LIMA, con el recurso de apelacion presentado por el doctor MORDAZA Milthon MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesimo Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 334 de fecha 25 de marzo de 1999, emitida por la Fiscalia Suprema de Control Interno que resuelve suspenderlo temporalmente de la Funcion Fiscal, hasta la expedicion de la resolucion respectiva en la investigacion iniciada en su contra; y, CONSIDERANDO: Que del analisis del recurso presentado, de los actuados y sus recaudos se advierte que la resolucion materia de la apelacion fue expedida evaluando lo expuesto en autos y los argumentos que expone el recurrente en su Recurso de Apelacion no hacen variar lo sustentado en la resolucion apelada, la misma que fue expedida de acuerdo a las facultades de la Fiscalia Suprema de Control Interno; y, De conformidad con lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 52 - Ley Organica del Ministerio Publico, y lo establecido en la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 337-98MP-CEMP, modificada por la Resolucion Nº 726-98-MP-CEMP; la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, estando al Acuerdo Nº 2514 adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra, Fiscal Supremo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico se encuentra con licencia por motivo de salud; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº 26738 y Nº 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion presentado por el doctor MORDAZA Milthon MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesimo Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 334 de fecha 25 de marzo de 1999, emitida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, que resuelve suspenderlo temporalmente de la Funcion Fiscal, hasta la expedicion de la resolucion respectiva en la investigacion iniciada en su contra. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Secretario Ejecutivo del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno del Distrito Judicial de MORDAZA, la Oficina de Registro de Fiscales y el interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 5460

589-98-ADUANAS/0112, se tomo conocimiento de la comision del ilicito aduanero presuntamente realizado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA utilizando la modalidad de internar mercancia extranjera de una MORDAZA Geografica Nacional sujeta a un Regimen Especial Arancelario hacia otra de Tributacion Normal sin el previo pago de los derechos diferenciales; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Procuraduria Publica, para su indagacion tecnico-policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por dicha unidad con conocimiento y participacion de la Fiscalia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el atestado de vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, apoderado de la empresa MORDAZA INDUSTRIA S.A., por extraer de MORDAZA de MORDAZA (Tarapoto), sin el previo pago de los derechos diferenciales, la mercancia consistente en una camioneta MORDAZA Toyota Hi Lux, doble cabina, Motor Nº 3Y-0051971 y Chasis Nº YN650002702, a pesar de que la misma, por haberse acogido a los beneficios del Convenio de Cooperacion Aduanera Peruano Colombiano, se encontraba destinada para consumo en los departamentos de MORDAZA y San MORDAZA, entre otros; siendo el monto de la evasion de MIL DIECISEIS DOLARES AMERICANOS Y OCHENTITRES CENTAVOS (USD $ 1,016.83); Que, a pesar de haberse notificado a la empresa MORDAZA INDUSTRIA S.A. con la Resolucion de Intendencia de la Aduana Maritima del Callao Nº 00060, por la cual se decreta el COMISO ADMINISTRATIVO del vehiculo referido, la misma no ha procedido a impugnar la sancion administrativa impuesta; Que, los hechos MORDAZA descritos, por la forma en que se produjeron, revisten la condicion de un ilicito aduanero, lo cual sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 809; En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendo para tal efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Ejecutivo 5449 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 000844 Callao, 21 de MORDAZA de 1999 Vistos, el Atestado Nº 013-99-ADUANAS-PP/UIE del 14.ABR.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion remitida por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera con el Memorandum Nº 1289-98-ADUANAS-INFA.12.01.03 del 9.DIC.98, se tomo conocimiento de la presunta comision de ilicitos tributarios aduaneros detectada como resultado de las acciones de fiscalizacion realizadas en la Intendencia de Aduana de Tumbes, respecto a las mercancias consignadas a nombre de MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA y amparadas en las Declaraciones Unicas de Importacion para el MORDAZA de Mercancias (DUIs) Nº 172-98-80-00073-98 y Nº 172-98-80-00074-98 numeradas en la Intendencia de Aduana de Tacna con destino al Ecuador; habiendose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS), para su indagacion tecnico policial correspondiente; Que, practicadas las investigaciones por la referida unidad con intervencion de la Fiscalia Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, se ha formulado el atestado de vistos, en el cual se evidencia la presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE RIOFRIO, ciudadana ecuatoriana, asi como de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PASMINO, MORDAZA

ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de ilicitos aduaneros
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 000843 Callao, 21 de MORDAZA de 1999 Vistos, el Atestado Nº 011-99-ADUANAS-PP/UIE del 8.ABR.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion remitida por la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao con Memorandum Nº

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