Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

Visto, el Informe Nº 050-99-INPE/ORH de fecha 21 de MORDAZA de 1999, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorandum Nº 528-98-INPE/ CR.SE de fecha 2.JUL.98, se remite a esta Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, el Oficio Nº 403-98-INPE-AG, el cual tiene como recaudo la Hoja Informativa Nº 038-98-INPE/AG, por la cual Auditoria General del INPE, hace de conocimiento el resultado de la investigacion en torno a la exodoncia molar practicada al interno MORDAZA MORDAZA TASAYCO MORDAZA, del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA, estableciendose responsabilidad administrativa contra la servidora Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, odontologa del citado Establecimiento Penitenciario; Que, revisados los actuados que son parte del documento de la referencia, se aprecia que el interno TASAYCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue atendido por la odontologa, Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el dia 7.ABR.98, en el topico del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA, donde se le practico una exodoncia de la molar superior derecha, posteriormente a dicha intervencion medica, el citado interno presento un cuadro de paralisis facial periferica derecha de probable Etiologia Postraumatica, segun evaluacion medica realizada por el medico neurologo, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZIRENA, la misma que fue informada mediante carta de fecha 5.JUN.98, al Director de Servicios Penitenciarios del INPE, recomendando se de terapia fisica y rehabilitacion en el Instituto Nacional de Rehabilitacion; Que, de la lesion MORDAZA senalada la precitada servidora tuvo conocimiento con fecha 13.ABR.98, ya que el mismo interno se presento al consultorio de Odontologia a fin de presentar su queja por las dolencias presentadas, sin embargo la citada servidora no dio cuenta de dicho MORDAZA a su Jefe inmediato superior en forma oportuna, haciendolo recien con fecha 23.ABR.98, en forma verbal ante el Medico Jefe del Topico del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA, Dr. MORDAZA ISHIKAWA MORDAZA, motivo por el cual la citada servidora ha transgredido lo normado por los incisos a) y d) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta administrativa tipificada en los incisos a) y d) del Articulo 28º de la MORDAZA MORDAZA senalada; Estando el informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario contra la servidora del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, odontologa del Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 5506

Sancionan con cese temporal a ex Jefe de seguridad del Establecimiento Transitorio de Procesados de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 219-99-INPE-P MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Informe Nº048-99-INPE-CPPAD de fecha 20 de MORDAZA de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº464-98-INPE-CR-P de fecha 14 de octubre de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 22.OCT.98, se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Seguridad del Establecimiento Transitorio de Procesados de MORDAZA, toda vez que de autos fluye que el dia 5.NOV.97, al promediar las 17.00 horas, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se apersono al referido Establecimiento Penitenciario a fin de indagar respecto a la situacion de su familiar el (i) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo atendido por el Jefe de Seguridad, a quien le solicito el permiso respectivo indicandosele que se encontraban prohibidas las entrevistas. Posteriormente se apersona nuevamente el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acompanado de su MORDAZA el servidor INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que fue autorizado por la Directora del Establecimiento Transitorio Procesados de MORDAZA, Sra. Narda Moyano MORDAZA, encontrandose en el ambiente de recepcion, se hizo presente el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien sin mediar motivo alguno y en una actitud descortez increpo directamente al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su presencia y familiares agrediendolo verbalmente con palabras subidas de tono y procediendo a desalojar bruscamente al familiar MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, accionar que fue presenciado por el agente de servicio asignado a MORDAZA principal, por lo que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se dirija nuevamente ante la citada Directora, la cual autoriza por MORDAZA vez su ingreso en presencia del ex Jefe de Seguridad, sin embargo este ultimo, al tener conocimiento del permiso, procede a dar cuenta de los hechos en forma tergiversada, no respetando los MORDAZA administrativos jerarquicos de comunicacion al superior, desconociendo por tanto el nivel de Autoridad de la Directora y resistiendose a cumplir las ordenes impartidas. Que asimismo, se le atribuye como cargo el no haber dado buen trato a la Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Secretario Ejecutivo de la Comision Reorganizadora INPE, quien por orden de este ultimo hizo las coordinaciones para que se le brinden las facilidades de ingreso al E.T.P de MORDAZA a la representante de la AFP PROFUTURO, tal como senala la Hoja Informativa Nº 002-98-INPE/AG de fecha 6.ENE.98; Que, merituado el descargo efectuado por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Seguridad del E.T.P de MORDAZA, refiere que la Directora, Sra. Narda Moyano MORDAZA, en ningun momento hizo de su conocimiento la orden de ingreso del Sr. MORDAZA MORDAZA y familiares; niega haberse opuesto a la orden verbal de la citada Directora, que por el contrario la referida funcionaria le resto autoridad, desconociendo el cargo de Jefe de Seguridad; agrega que al ver ingresar al servidor MORDAZA MORDAZA y entrevistarse personalmente con el (i) MORDAZA MORDAZA, luego procede a preguntarle si el visitante era algun familiar, manifestando no conocerlo; aduce haberse retirado de su Centro Laboral a las 17.45 horas, momento en que observo a los visitantes en el exterior en actitud sospechosa, por lo que retorno al interior y los encontro en la MORDAZA de Prevencion, donde procede a solicitarles identificacion y preguntar quien habia ordenado el ingreso, para que la Sra. Directora, presente en aquel momento, ordene la permanencia de la visita y proceder luego a retirarse; que no ha faltado el respeto al publico y que se

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