Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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CIA MORDAZA PALZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adolecen de requisito esencial de forma, es decir no registran la firma de letrado que autorice el Recurso de Reconsideracion, incumpliendo lo previsto en el inciso e) del Articulo 101º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", que textualmente indica: "El escrito de interposicion del Recurso de Reconsideracion debera expresar la firma del letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva"; Que, la impugnante YONI MORDAZA MORDAZA ISMOIDES, alega en su Recurso de Reconsideracion, haber sido calificado por su jefe inmediato con una nota de 19.375, apareciendo la nota de 18.750; indica asimismo que en la evaluacion de su legajo personal se le considera 15 puntos debiendo ser 19 puntos, por lo que le corresponderia 59.375 y no 54.750 puntos; lo argumentado por la impugnante en este extremo resulta impertinente pues segun Informe Nº 05-99-INPE-ORH-DLE, de fecha 18 de enero de 1999, de la Subcomision de Evaluacion de legajo se tiene, que la calificacion del legajo de la servidora impugnante fue realizada correctamente, y debido a los demeritos la servidora obtuvo la calificacion de 15 puntos; Que, el impugnante MORDAZA FARRONAN MORDAZA, argumenta a su favor, que el dia de la Evaluacion de Conocimientos se encontraba sufriendo una depresion psicologica por problemas de salud no pudiendo desarrollar sus conocimientos y experiencias; sin embargo el recurrente no anexa prueba instrumental que corrobore lo manifestado en su Recurso Impugnatorio; Que, el impugnante MORDAZA MORDAZA BEREGARAY, alega en su Recurso de Reconsideracion que la nota de 15 puntos de la calificacion de su legajo personal no le corresponde, toda vez que no se le ha considerado el Certificado otorgado por la Direccion Regional Sur sobre "Ciclo de Capacitacion y Actualizacion del Personal Penitenciario de la D.R.S.O" de 11 horas lectivas, correspondiendole 02 puntos; indica tambien que no se ha considerado la Resolucion Nº 050-96-INPE-DRSO-CUS, de felicitacion, tampoco el Memorandum Multiple Nº 004-96INPE-DRSO-DS.CUS, de felicitacion, la Resolucion Nº 028-97-INPE/DRSO-D.C y Resolucion Nº 92-98-INPE/ DRSO. CUS de felicitacion; en cuanto a lo argumentado por el impugnante se tiene que segun Informe Nº 0001-99CEEP/LEG-JAG, de fecha 18 de enero de 1999, de la Subcomision de Evaluacion de legajos, la calificacion realizada se ajusta a la documentacion encontrada al tiempo de su evaluacion, habiendose considerado el ciclo de capacitacion y actualizacion, en cuanto a los documentos de felicitacion que indica, se comprobo que estos no se encontraban en su legajo personal, recientemente fue adjuntado a su escrito de Reconsideracion; Que, el impugnante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alega en su Recurso de Reconsideracion, que se le ha otorgado en la evaluacion total de 56.875 puntos, considerandole 1 punto en su legajo y en conocimiento 36.500 puntos, constituyendo medida arbitraria el considerar 1 punto en su legajo, vulnerando sus derechos de Servidor Publico, de lo alegado por el impugnante cabe senalar que del Informe Nº 001-99-CEEP/LEG-JCP de la Subcomision de Evaluacion de Legajos se infiere, que en la calificacion realizada por Capacitacion, no ha sido considerado el Certificado de Capacitacion para Auxiliar de Readaptacion Social y Curso de Capacitacion, Readaptacion del Interno, la misma que debera consignar como total calificacion por capacitacion de 4 puntos; Que, el servidor RONAL MORDAZA ORNAY MORDAZA, alega en su Recurso de Reconsideracion, que pese haber rendido un examen favorable donde alcanzo 38.50 puntos y desempeno laboral 15 puntos, no se le ha considerado la evaluacion de legajo personal siendo erroneo y extrano que en ese item califique con 00; de lo argumentado por el impugnante cabe senalar, que de acuerdo al Informe Nº 003-99-PSCEL, se advierte que el impugnante registra en calificacion de legajo personal 9 puntos y por demerito 9 puntos, haciendo un total de 00 puntos, no habiendose considerado (1) punto por capacitacion de 10 horas en el MORDAZA realizado por la Federacion de Empleados Bancarios; Que, las disposiciones contenidas en el Articulo 98º del Ordenamiento Procesal Administrativo - Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, son de caracter obligatorio al preceptuar que: "El Recurso de Reconsideracion se interpondra ante el mismo organo que dicto la primera resolucion

impugnada, debiendo necesariamente sustentarse con nueva prueba instrumental"; Que, estando al Dictamen Nº 078-99-INPE-OGAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 1999, de la Oficina General de Asesoria Juridica y con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en los Articulos 67º, 68º, 98º y 101º inciso c), del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario" y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tramitar como Recursos Impugnatorios de Reconsideracion las peticiones de los servidores MORDAZA A. LUPA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PROSERFINA MORDAZA MORDAZA CHARATONA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA AVILES. Articulo 2º.- Acumular los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los Servidores MORDAZA MORDAZA GUILLER MORDAZA, YONI MORDAZA MORDAZA ISMOIDES, MORDAZA A. LUPA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FARRONAN MORDAZA, MORDAZA ARAUCAYA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BEREGARAY, KLEDY MORDAZA MORDAZA GIRON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PROSERFINA MORDAZA MORDAZA CHARATONA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHERO; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA COTOS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAPATA; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PALZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA y RONAL MORDAZA ORNAY MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 497-98-INPE-CR-P. Articulo 3º.- Declarar inadmisibles, los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los servidores MORDAZA MORDAZA GUILLER MORDAZA, MORDAZA A. LUPA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARACAYO MORDAZA, KLEDY MORDAZA GIRON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PROSERFINA MORDAZA MORDAZA CHARATONA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA COTOS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PALZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 49798-INPE-CR-P. Articulo 4º.- Declarar improcedente, los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los servidores JONY MORDAZA MORDAZA ISMOIDES y MORDAZA FARRONAN MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 497-98-INPE-CR-P. Articulo 5º.- Declarar Fundado en parte, los Recursos de Reconsideracion interpuestos contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 497-98INPE-CR-P, por los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en cuanto se indica no haber sido considerado en la evaluacion de su legajo, el Certificado de Capacitacion para Auxiliar de Readaptacion Social y Curso de Capacitacion de Readaptacion del Interno debiendo considerarse 4 puntos como calificacion y RONAL MORDAZA ORNAY MORDAZA, en la parte que indica no haber sido considerado en la evaluacion de su legajo personal el Certificado de Capacitacion de 10 horas en el MORDAZA realizado por la Federacion de Empleados Bancarios

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