Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999
= 20 m3 x S/. 0.6700 por m3 = S/. 13.40 = S/. 13.40 x 0.30 = S/. 4.02 = = = = = S/. 13.40 S/. 4.02 S/. 17.42 S/. 3.14 S/. 20.56

dencia estara dada por la inexistencia de acceso directo entre las unidades que constituyen el predio. Anexo Nº 4 EPS MORDAZA CENTRAL S.A. Ejemplos de aplicacion para el calculo del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Tarma 1. Usuarios con medidor Caso 1: Cuando el Consumo Medido es menor al Consumo Minimo: Domestico B
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 25 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 15 m3 = 20 m3 = S/. 0.5500 por m3 = 20 m3 x S/. 0.5500 por m3 = S/. 11.00 = S/. 11.00 x 0.30 = S/. 3.30 = = = = = S/. 11.00 S/. 3.30 S/. 14.30 S/. 2.57 S/. 16.87

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RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 408-99-SUNASS MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 30-99-SUNASS-IT-T que evalua la aplicacion de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS MORDAZA S.A; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, se aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario que sera aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturacion que se ha venido empleando y poner en practica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluacion emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda la eliminacion de algunas subcategorias de clasificacion de usuarios, la reduccion de los Consumos Minimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicacion de un MORDAZA procedimiento para el calculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del MORDAZA de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion no modifica las tarifas por metro cubico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumos por Categorias de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nº 1.A, 1.B, 1.C, 2.A, 2.B y 2.C. que forman parte de la presente resolucion, las mismas que seran aplicadas por la EPS MORDAZA S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º de la presente resolucion. Articulo 2º.- La EPS MORDAZA S.A. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolucion. Articulo 3o.- Aprobar el Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicara la EPS SEDALORETO S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolucion. Articulo 4º.- La aplicacion por la EPS MORDAZA S.A. de lo dispuesto en los Articulos 1º y 3º de la presente resolucion debera reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999. Articulo 5 o.- La EPS MORDAZA S.A. presentara mensualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturacion aplicada en los meses de junio, MORDAZA y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el numero de usuarios por Categoria, subcategoria y nivel, sus volumenes de consumo (leidos, asignados y facturados), asi como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de facturacion establecido. Articulo 6º.- Derogase las disposiciones que se opongan a la presente resolucion.

Caso 2: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero dentro del Primer Rango de Consumos: Comercial I B
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 50 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 45 m3 = 40 m3 = S/. 1.1500 por m3 = 45 m3 x S/. 1.1500 por m3 = S/. 51.75 = S/. 51.75 x 0.35 = S/. 18.11 = = = = = S/. 51.75 S/. 18.11 S/. 69.86 S/. 12.57 S/. 82.43

Caso 3: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero esta en el MORDAZA Rango de Consumos: Comercial I B
Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 50 m3) Tarifa MORDAZA Rango (51 a mas) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = = = = 60 m3 40 m3 S/. 1.1500 por m3 S/. 1.0000 por m3

= 50 m3 x S/. 1.1500 por m3 + 10 m3 x S/. 1.0000 por m3 = S/. 67.50 = S/. 67.50 x 0.35 = S/. 23.63 = = = = = S/. 67.50 S/. 23.63 S/. 91.13 S/. 16.40 S/. 107.53

2. Usuarios sin medidor (Asignacion de Consumos) Consumo Asignado en el Primer Rango de Consumo Comercial II A
Consumo Asignado Tarifa Primer Rango (0 a 20 m3) = 20 m3 mensuales = S/. 0.6700 por m3

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