Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 1999 (29/04/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 1999

cion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 502-97-INPE-CR-P, de fecha 3 de octubre de 1997, se resuelve dejar sin efecto la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario Nº 1027-93INPE-CR-P, de fecha 29 de diciembre de 1995, a partir del 3 de octubre de 1997, que dispone la Reposicion Provisional y continuar en plena vigencia la Resolucion Presidencial del Consejo Nacional Penitenciario Nº 45093-INPE-CNP-P, de fecha 10 de diciembre de 1993, que dispone MORDAZA por causal de excedencia, ademas declarara vacante la plaza de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nivel STB, por otro lado con Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 595-97-INPE-CR-P, de fecha 26 de noviembre de 1997, se declara fundado el Recurso de Reconsideracion, interpuesto contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 502-97-INPE-CR-P, de fecha 3 de octubre de 1997 y resuelve en su Articulo 4º dejar sin efecto el Articulo 4º de la indicada resolucion, en el extremo que declara vacante la plaza de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ademas mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 168-98-INPE/CR-P, del 13 de MORDAZA de 1998, se le impone sancion disciplinaria de destitucion por los motivos formulados en la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 59397-INPE/CR-P, de fecha 26 de noviembre de 1997, finalmente mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 074-99-INPE-P, de fecha 17 de febrero de 1999, se resuelve reincorporar al ex servidor comprendido en la Ejecutoria Suprema de fecha 28 de MORDAZA de 1998, en el cargo que venia desempenando al momento de su cese, y continuar en situacion de destituido el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 168-98-INPE-CR-P, del 13 de MORDAZA de 1998, al haber sido declarado solo inaplicable al referido servidor la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario Nº 450-93-INPE-CNPP, del 10 de diciembre de 1993; Que, las disposiciones contenidas en el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", son de caracter imperativas al preceptuar que "El Recurso de Reconsideracion, se interpondra ante el mismo organo que dicto la primera resolucion impugnada, debiendo necesariamente sustentarse con nueva prueba instrumental" que en el caso submateria, el Recurso Impugnatorio de Reconsideracion no ha sido recaudado con nueva prueba instrumental, que desvirtue o enerve los alcances de la resolucion impugnada; Que, estando al Dictamen Nº 076-99-INPE/OGAJ de fecha 20 de MORDAZA de 1999, de la Oficina General de Asesoria Juridica y con las visaciones de la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 98º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS "Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos", Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS "Reglamento de Organizacion y Funciones de Instituto Nacional Penitenciario", Resolucion Suprema Nº 022-99-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE, el Recurso de Reconsideracion, interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 07499-INPE-P, de fecha 17 de febrero de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion, a traves del Diario Oficial El Peruano para los efectos legales pertinentes. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 5491

Declaran inadmisibles, improcedentes, fundada en parte e infundada reconsideraciones contra resolucion que aprobo informe final de comision especial de evaluacion del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 205-99-INPE-P MORDAZA, 22 de MORDAZA de 1999 Visto, los Recursos de Reconsideracion interpuestos por los servidores MORDAZA MORDAZA GUILLER MORDAZA, YONI MORDAZA MORDAZA ISMOIDES, MORDAZA A. LUPA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA FARRONAN MORDAZA, MORDAZA ARACAYO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BEREGARAY, KLEDY MORDAZA MORDAZA GIRON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PROSERFINA MORDAZA MORDAZA CHARATONA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA COTOS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PALZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA y RONAL MORDAZA ORNAY MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 497-98-INPE/CR-P, de fecha 12 de noviembre de 1998 y Dictamen Nº 078-99INPE-OGAJ, de fecha 20 de MORDAZA de 1999, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 497-98-INPE-CR-P, de fecha 12 de noviembre de 1998, se resuelve aprobar el Informe Final de la Comision Especial de Evaluacion del Personal del Instituto Nacional Penitenciario, el cual tenia el siguiente resultado: 2745 servidores que calificaron favorablemente, 7 servidores fueron exonerados de la evaluacion por causas justificadas, 10 servidores presentaron justificacion de licencia valida que impidieron su participacion en la evaluacion de prueba escrita de conocimiento y psicotecnico, 88 servidores no calificaron favorablemente y 36 Servidores no se presentaron a los examenes por encontrarse en abandono de cargo; disponiendo en el Art. 2º, que el resultado del programa de evaluacion del personal se remita al Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios, para que se planifiquen los cursos de capacitacion dirigidos al personal que no MORDAZA calificado, quienes alcanzaron puntajes bajos y aquellos que no han sido capacitados; Contra la precitada resolucion, los mencionados servidores han interpuesto Recurso Impugnatorio de Reconsideracion; Que, de oficio en todos sus tramites, el funcionario competente sin necesidad de peticion de parte, impulsara el procedimiento determinando la MORDAZA aplicable al reclamo, aun cuando no MORDAZA sido invocada o la cita legal fuese erronea; Que, los Recursos de Reconsideracion, interpuestos por los impugnantes por identidad de materia, de accion y plazo de interposicion es conveniente acumular; Que, los Recursos Impugnatorios de Reconsideracion, interpuesto por los servidores MORDAZA MORDAZA GUILLER MORDAZA, MORDAZA A. LUPA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ARACAYO MORDAZA, KLEDY MORDAZA MORDAZA GIRON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, PROSERFINA MORDAZA MORDAZA CHARATONA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA COTOS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PATRI-

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