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Pág. 176458 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de agosto de 1999 Visto en la Sesión Extraordinaria de la fecha el punto de Agenda: DECLARATORIA DE URGENCIA DEL CEMEN- TERIO MUNICIPAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 027-99-DSS/MDL su fecha 30.3.99, la Dirección de Servicios Sociales hace de conoci- miento de la Dirección Municipal el Informe de la Unidad de Registros Civiles con respecto a la situación de los nichos en el Cementerio Municipal; así mismo se pone en conocimien- to que se viene construyendo sólo dos cuarteles con aproximadamente 180 nichos para adultos en la Segunda Etapa, y ello no cubre las necesidades de inhumación de restos de los pobladores del distrito, por lo cual solicita se declare en Urgencia el Servicio de Cementerio Municipal, proponiendo la adquisición de un área de terreno para la construcción de nuevos cuarteles a fin de atender esta necesidad; Que, la Comisión de Deportes, Espectáculos, Recreación y Servicio Social en su dictamen de fecha 23.6.99 considera de suma urgencia la construcción de un nuevo cementerio municipal dado el agotamiento de nichos y espacios del actual cementerio; Que, así mismo dicho documento considera que el estu- dio de factibilidad para la construcción del cementerio municipal sea en terreno propio, con una proyección como mínimo a 10 años; dentro de la jurisdicción del distrito, caso "La Ronda" entre otros aspectos; Que, conforme al Artículo 21º de la Ley Nº 26850, los Gobiernos Locales están facultados a declarar la situación de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas; Que, del debate correspondiente conforme consta en actas; y, Estando a lo expuesto, con lo estipulado en la Ley Nº 26850 y a las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDO: 1º.- Declarar en SITUACION DE URGENCIA la aten- ción de los servicios básicos que presta el CEMENTERIO MUNICIPAL de la Municipalidad Distrital de Lurigancho- Chosica. 2º.- Encargar a la Administración Municipal a fin que adopte las medidas necesarias tendientes a superar la situación de URGENCIA descrita en el numeral prece- dente. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 9086 Suspenden otorgamiento de licencias de funcionamiento para discotecas, venta de licores y afines ACUERDO DE CONCEJO Nº 43-99/CDL Chosica, 9 de julio de 1999 Visto en la Sesión Ordinaria de la fecha el pedido del Regidor, señor Alberto Ramos Flores solicitando la suspen- sión a partir de la fecha y por el término de 30 días, el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para los giros: discoteca, salones de baile, video pub, venta de licores y afines; y se encargue a la comisión respectiva la prepara- ción del reglamento que regule el otorgamiento de este tipo de licencias en la jurisdicción de Lurigancho-Chosica; Que, del debate correspondiente conforme consta en acta; y, Sometido a votación en la forma reglamentaria, por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del acta;ACORDO: 1.- Suspender, a partir de la fecha y por el término de 30 días, el otorgamiento de la licencia de funcionamiento para los giros: discoteca, salones de baile, video pub, venta de licores y afines. 2.- Encargar a la Comisión de Espectáculos la prepa- ración del reglamento que regule el otorgamiento de este tipo de licencia en la jurisdicción de Lurigancho-Chosica, otorgándosele un plazo de 20 días para su presentación. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 9229 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Amplían plazo para el pago de cuota correspondiente a la Tasa de Licencia de Funcionamiento ORDENANZA Nº 026-MDMM Magdalena del Mar, 28 de julio de 1999 EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 19 de la fecha, adoptó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura del Acta; CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 020-MDMM de fecha 29 de mayo de 1999, se modificó el cronograma de pago de las obligaciones tributarias para los contribuyentes del distrito de Magdalena del Mar; Que la Dirección de Rentas mediante Informe Nº 084- 99-OR-MDMM solicita ampliar el plazo de vencimiento de pago del 2do. Trimestre de la Tasa de Licencia de Funciona- miento, correspondiente al presente ejercicio fiscal, con la finalidad de brindar mayores facilidades a los contribuyen- tes del distrito de Magdalena del Mar; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 776 en uso de las facultades, que le confiere el inciso 3) del Artículo 36º, Artículo 109º e inciso 2) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLIA LA PRORROGA PARA EL PAGO DE LA SEGUNDA CUOTA DE LA TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Ampliar la prórroga del venci- miento de la segunda cuota de la Tasa de Licencia de Funcionamiento, correspondiente al presente ejercicio, hasta el 15 de agosto de 1999. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Dirección de Rentas. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JUAN DOMINGO NUÑEZ STOLAR Alcalde 9982